Un juzgado anuló el DNU que declaró servicio público a las telecomunicaciones

La jueza Cecilia De Negre argumentó que la medida debería haberse dictado a través de una "ley formal", en lugar de un DNU. La sentencia es de primera instancia y puede ser apelada ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. La causa fue iniciada por la empresa Telecom.
Nacionales28/11/2023InfoTec 4.0InfoTec 4.0
telecomunicaciones arsat

NACIONALES | Un juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal declaró la "nulidad" del decreto de necesidad y urgencia (DNU) que declaró servicio público a las telecomunicaciones y concluyó que debería haberse dictado una "ley formal", al hacer lugar a una demanda de la empresa Telecom.

"Disponer que una actividad económica se declare como servicio público, también requiere del dictado de una ley formal emitida por el Congreso, quedando vedado al Poder Ejecutivo la utilización de un DNU a ese fin", sostuvo la jueza Cecilia De Negre, en el fallo.

Se trata de una sentencia de primera instancia que podría ser apelada ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

La magistrada dispuso la nulidad del decreto 690/2020 firmado por el presidente Alberto Fernández y de las resoluciones emitidas al respecto por el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) 1466-20 y 1467-2020, en medio de la pandemia de coronavirus en las que se declaró a las telecomunicaciones como un servicio público esencial.

La jueza sostuvo que el Estado nacional "cuenta con los medios y con la posibilidad jurídica y técnica de implementar sistemas de prestación básica y universal, a los fines de consecución de los objetivos propuestos, disponiendo de medios existentes como el Fondo Fiduciario del Servicio Universal aportado por los prestadores de servicios TIC; el sistema Arsat; programas de acceso a conectividad llevados a cabo por el Ministerio de Educación, Secretaría de Innovación y el Enacom, o implementando nuevos emprendimientos", para garantizar el acceso al servicio de toda la población.

"Es decir, frente a la existencia de medidas alternativas ya implementadas, el aumento de los costos para las licenciatarias que deriva de la implementación del PBU, conjuntamente con el congelamiento de precios que el DNU dispone, resultan medidas gravosas para las licenciatarias", agregó la sentencia.

También podrían ser "potencialmente dañinas para los usuarios que, a contrario del fin que la norma busca, se traduciría en menor inversión y menor calidad del servicio, vulnerando derechos constitucionalmente protegidos".

Al contestar y pedir el rechazo de la demanda, la Jefatura de Gabinete en representación del Estado Nacional argumentó que Telecom no demostró "daño patrimonial" ni "afectación a la obtención de créditos, a pesar de los efectos de la pandemia" y que en ese marco "la empresa tuvo un crecimiento considerable".

"La regulación de los TICS, no constituye un régimen inmutable y muchos países han variado el régimen jurídico de las concesiones, para garantizar el acceso universal y la razonabilidad de los precios", agregó la dependencia nacional.

También se remarcó que el DNU se dictó "en el marco de la emergencia sanitaria, producto de la pandemia y el congelamiento de precios que dispuso ya no está vigente".

Los "TICS son servicio público esencial y estratégico del siglo XXI, debiendo satisfacer las notas típicas de continuidad, regularidad, igualdad, generalidad, obligatoriedad, universalidad y accesibilidad", agregó la contestación de demanda.

Y en el contexto de una pandemia el Estado debía asegurar que "el servicio se preste obligatoriamente a todos los habitantes". La demanda fue promovida en abril de 2021 por Telecom para que se declare la nulidad del DNU 690/2020 y de las resoluciones Enacom 1466 y 1467, ambas de 2020

El DNU congeló precios hasta el 31 de diciembre de 2020 "sin prever compensación económica ni indemnización alguna". Hasta el dictado de la norma, la empresa era licenciataria de servicios TICS y podía fijar "libremente" sus tarifas.

La jueza De Negre entendió que el DNU 690/2020 "efectuó modificaciones jurídicas de carácter permanente" y si bien reconoció que el Poder Ejecutivo se encuentra constitucionalmente habilitado para dictar normas en determinadas materias, "disponer que una actividad económica se declare como servicio público, requiere además del dictado de una ley formal emitida por el Congreso".

De Negre argumentó -en un fallo de 14 hojas al que pudo acceder Télam- que la extensión de las medidas más allá de la pandemia, afectan “el principio de razonabilidad al establecer una discordancia entre el fin de la norma y los medios empleados".

"Fue la situación de emergencia sanitaria, en el marco de la pandemia del COVID-19, la que justificó otorgar medidas de protección y acceso a los servicios Tic y asegurar el derecho a la educación. Sin embargo, no se estableció que su duración sería hasta la finalización de la pandemia, sino que las medidas se establecieron con carácter permanente", sostuvo la jueza.

Te puede interesar
firma_SantaFe

Acuerdo clave: Nación destrabó fondos previsionales para Santa Fe y Corrientes

InfoTec 4.0
Nacionales07/04/2026
En una jornada marcada por el diálogo institucional y el ordenamiento de las cuentas públicas, el Ministerio de Capital Humano, a través de la ANSES, selló importantes convenios de financiamiento para las cajas previsionales de las provincias de Santa Fe y Corrientes. El encuentro contó con la presencia de la ministra Sandra Pettovello, los gobernadores Maximiliano Pullaro (Santa Fe) y Juan Pablo Valdez (Corrientes), junto al director ejecutivo de la ANSES, Guillermo Arancibia.
Lo más visto
camioneros en lucha córdoba

Crisis en el transporte: camioneros autoconvocados iniciaron protestas por el "desfase" de tarifas

InfoTec 4.0
05/04/2026
Este fin de semana, el panorama en las rutas argentinas y en los ingresos a las principales localidades productivas se mantiene en estado de alerta. A diferencia de crisis anteriores, el problema hoy no es la falta física de combustible o neumáticos —cuyo abastecimiento está normalizado—, sino la imposibilidad de afrontar sus altísimos costos con las tarifas actuales.
COLONIA BARON INGRESO

Brutal agresión al director del hospital de Colonia Barón: fue atacado en plena calle y debió ser trasladado a Santa Rosa

InfoTec 4.0
07/04/2026
Un grave episodio de violencia sacudió a la localidad de Colonia Barón este martes 7 de abril de 2026. El director del hospital local, el médico Guillermo Corigliani, fue víctima de una violenta agresión física en la vía pública que le provocó heridas de consideración, obligando su derivación de urgencia a un centro de mayor complejidad en la capital pampeana.
NECROLÓGICAS

NECROLÓGICA | Q.E.P.D. Marco Eduardo Chiosso

InfoTec 4.0
Necrológicas07/04/2026
La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada comunica el fallecimiento de su socio Marco Eduardo Chiosso a la edad de 89 años, Casa de duelo: calle 2 de Marzo 1489. Sus restos que son velados en casa velatoria Sala ”A” de calles avenida San Martín y calle Paraguay de Realicó, recibirán sepultura el 8 de Abril de 2026 a las 10:30 horas previo responso en la Iglesia. La sala permanecerá cerrada desde las 0.00hs hasta las 07.00hs. del miércoles.
comisaria realico

Violencia en la madrugada de Realicó: un joven fue noqueado en un evento y el agresor terminó detenido

InfoTec 4.0
Policiales07/04/2026
En diálogo con Infotec 4.0, el comisario inspector José María Córdoba, titular de la Departamental Realicó, brindó precisiones sobre una serie de disturbios ocurridos en el cierre de un evento, desarrollado en las instalaciones del Club Ferro Carril Oeste el pasado fin de semana. Lo que comenzó como una jornada de esparcimiento terminó con un joven hospitalizado tras perder el conocimiento y tres personas puestas a disposición de la Justicia.