Un juzgado anuló el DNU que declaró servicio público a las telecomunicaciones

La jueza Cecilia De Negre argumentó que la medida debería haberse dictado a través de una "ley formal", en lugar de un DNU. La sentencia es de primera instancia y puede ser apelada ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. La causa fue iniciada por la empresa Telecom.

Nacionales28/11/2023InfoTec 4.0InfoTec 4.0
telecomunicaciones arsat

NACIONALES | Un juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal declaró la "nulidad" del decreto de necesidad y urgencia (DNU) que declaró servicio público a las telecomunicaciones y concluyó que debería haberse dictado una "ley formal", al hacer lugar a una demanda de la empresa Telecom.

"Disponer que una actividad económica se declare como servicio público, también requiere del dictado de una ley formal emitida por el Congreso, quedando vedado al Poder Ejecutivo la utilización de un DNU a ese fin", sostuvo la jueza Cecilia De Negre, en el fallo.

Se trata de una sentencia de primera instancia que podría ser apelada ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

La magistrada dispuso la nulidad del decreto 690/2020 firmado por el presidente Alberto Fernández y de las resoluciones emitidas al respecto por el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) 1466-20 y 1467-2020, en medio de la pandemia de coronavirus en las que se declaró a las telecomunicaciones como un servicio público esencial.

La jueza sostuvo que el Estado nacional "cuenta con los medios y con la posibilidad jurídica y técnica de implementar sistemas de prestación básica y universal, a los fines de consecución de los objetivos propuestos, disponiendo de medios existentes como el Fondo Fiduciario del Servicio Universal aportado por los prestadores de servicios TIC; el sistema Arsat; programas de acceso a conectividad llevados a cabo por el Ministerio de Educación, Secretaría de Innovación y el Enacom, o implementando nuevos emprendimientos", para garantizar el acceso al servicio de toda la población.

"Es decir, frente a la existencia de medidas alternativas ya implementadas, el aumento de los costos para las licenciatarias que deriva de la implementación del PBU, conjuntamente con el congelamiento de precios que el DNU dispone, resultan medidas gravosas para las licenciatarias", agregó la sentencia.

También podrían ser "potencialmente dañinas para los usuarios que, a contrario del fin que la norma busca, se traduciría en menor inversión y menor calidad del servicio, vulnerando derechos constitucionalmente protegidos".

Al contestar y pedir el rechazo de la demanda, la Jefatura de Gabinete en representación del Estado Nacional argumentó que Telecom no demostró "daño patrimonial" ni "afectación a la obtención de créditos, a pesar de los efectos de la pandemia" y que en ese marco "la empresa tuvo un crecimiento considerable".

"La regulación de los TICS, no constituye un régimen inmutable y muchos países han variado el régimen jurídico de las concesiones, para garantizar el acceso universal y la razonabilidad de los precios", agregó la dependencia nacional.

También se remarcó que el DNU se dictó "en el marco de la emergencia sanitaria, producto de la pandemia y el congelamiento de precios que dispuso ya no está vigente".

Los "TICS son servicio público esencial y estratégico del siglo XXI, debiendo satisfacer las notas típicas de continuidad, regularidad, igualdad, generalidad, obligatoriedad, universalidad y accesibilidad", agregó la contestación de demanda.

Y en el contexto de una pandemia el Estado debía asegurar que "el servicio se preste obligatoriamente a todos los habitantes". La demanda fue promovida en abril de 2021 por Telecom para que se declare la nulidad del DNU 690/2020 y de las resoluciones Enacom 1466 y 1467, ambas de 2020

El DNU congeló precios hasta el 31 de diciembre de 2020 "sin prever compensación económica ni indemnización alguna". Hasta el dictado de la norma, la empresa era licenciataria de servicios TICS y podía fijar "libremente" sus tarifas.

La jueza De Negre entendió que el DNU 690/2020 "efectuó modificaciones jurídicas de carácter permanente" y si bien reconoció que el Poder Ejecutivo se encuentra constitucionalmente habilitado para dictar normas en determinadas materias, "disponer que una actividad económica se declare como servicio público, requiere además del dictado de una ley formal emitida por el Congreso".

De Negre argumentó -en un fallo de 14 hojas al que pudo acceder Télam- que la extensión de las medidas más allá de la pandemia, afectan “el principio de razonabilidad al establecer una discordancia entre el fin de la norma y los medios empleados".

"Fue la situación de emergencia sanitaria, en el marco de la pandemia del COVID-19, la que justificó otorgar medidas de protección y acceso a los servicios Tic y asegurar el derecho a la educación. Sin embargo, no se estableció que su duración sería hasta la finalización de la pandemia, sino que las medidas se establecieron con carácter permanente", sostuvo la jueza.

Te puede interesar
CONGRESO SESION

El Senado rechazó el veto de Milei a la coparticipación de los ATN con más votos que en la media sanción de julio

InfoTec 4.0
Nacionales18/09/2025

El Senado de la Nación asestó este jueves un nuevo golpe político al presidente Javier Milei al insistir con la ley que establece la coparticipación automática de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN). Con 59 votos afirmativos, 9 negativos y 3 abstenciones, la Cámara alta no solo rechazó el veto presidencial sino que además lo hizo con una mayoría aún más amplia que la registrada en la media sanción del pasado 10 de julio, cuando el proyecto había reunido 56 votos.

REVES PARA MILEI EN EL SENADO

La oposición inflige una dura derrota a Milei: Diputados revocan vetos de Emergencia en el Garrahan y Financiamiento Universitario

InfoTec 4.0
Nacionales17/09/2025

En una sesión histórica cargada de tensión, la Cámara de Diputados le propinó este miércoles una durísima derrota política al presidente Javier Milei al rechazar, con la mayoría especial de dos tercios, los vetos a las leyes de Emergencia Pediátrica en el Hospital Garrahan y de Financiamiento para las Universidades Nacionales. Ambas iniciativas ahora pasan al Senado, que deberá ratificar la decisión para su promulgación definitiva.

aerodromo tres arroyos

La ANAC clausuró el Aeródromo de Tres Arroyos y se suspende el festival aéreo

InfoTec 4.0
Nacionales17/09/2025

La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) decidió clausurar el Aeródromo de Tres Arroyos tras detectar irregularidades que, según el organismo, ponen en riesgo la seguridad operacional. Las mismas están referidas al mantenimiento de las instalaciones y sistemas necesarios para la aeronavegación. Como consecuencia directa, el Aeroclub local debió suspender el festival aéreo que estaba programado para los próximos días.

Lo más visto
Cosechadora-John-Deere-S7-1024x683

Realicó fue escenario de la presentación de la nueva línea de cosechadoras John Deere S7

InfoTec 4.0
Locales16/09/2025

En el marco de la 70ª Exposición de la Asociación Rural y de Fomento de Realicó, la firma local Diesel Lange, representante oficial de John Deere en toda la región central del país, presentó la nueva generación de cosechadoras S7, una línea que marca la evolución de la reconocida serie S700 e incorpora innovaciones en potencia, confort y capacidad de trabajo. MIRÁ LA NOTA EN VIDEO Y SEGUINOS EN NUESTRO CANAL DE YOUTUBE DONDE ENCONTRARÁS TODO EL MATERIAL.-

MANUEL PEREZ NASI 2 FILE

(Video) El libertario Pérez votó en contra del descuento directo de cuotas de viviendas sociales a empleados municipales

InfoTec 4.0
Locales18/09/2025

En la última sesión del Concejo Deliberante de Realicó, el bloque oficialista del FreJuPa y la bancada de Juntos por el Cambio acompañaron el despacho que autoriza al Ejecutivo municipal a adherir a la Ley Provincial 1557, que establece el descuento automático de las cuotas de viviendas sociales otorgadas por el IPAV a empleados públicos. La ordenanza fue aprobada por amplia mayoría, con la única oposición del concejal de La Libertad Avanza, Manuel Pérez.

NECROLÓGICAS

Q.E.P.D. José María González

InfoTec 4.0
Necrológicas18/09/2025

La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socio José María González a la edad de 74 años. Casa de duelo calle Gobernador González 1687. Sus restos que son  velados en casa velatoria, sala "A" de avenida San Martín y calle Paraguay,  recibirán sepultura el 18 de Septiembre de 2025 a las  17:00 horas, previo responso.