
La entidad advirtió sobre “defectos de todo tipo” detectados en las operaciones que realizaban clientes de la financiera, basados en perfiles de riesgo.


Un hombre de 27 años fue condenado ayer a una pena única de tres años de prisión de cumplimiento efectivo por un hecho de violencia de género. Tenía como antecedente una agresión similar contra la misma víctima.
Judiciales23/03/2024
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SANTA ROSA | El episodio por el que fue condenado ocurrió hace meses en una vivienda céntrica de Santa Rosa. Él llegó hasta la casa de una expareja y golpeó la puerta en “forma violenta”, dijo en el fallo Carlos Matías Chapalcaz, juez de control santarroseño.


“La damnificada, ante la desesperación y el miedo, decidió dejarlo entrar. Furriol se puso más agresivo, comenzó con escenas de celos al observar que la víctima se preparaba para ir al trabajo y, por ese motivo, le arrojó un mate, dañó el espejo del baño y le provocó lesiones por el desprendimiento de los cristales”, añadió. La mujer se fue, pero el imputado “continuó hostigándola” mediante mensajes, audios y fotos enviadas por celular, con insultos denigrantes e insistiéndole para que volviera a permitirle entrar a la vivienda.
Chapalcaz, al rubricar la sentencia, homologó un acuerdo de juicio abreviado que presentaron conjuntamente el fiscal Walter Martos, el defensor particular Gastón Gómez y el propio Furriol, quien aceptó la autoría de los hechos relatados. La víctima, al ser informada sobre sus alcances, brindó su consentimiento.
La condena fue a un año de prisión efectiva, más la declaración de reincidente, como autor de los delitos de daño, en concurso real con amenazas simples; valorados en el marco de la ley 26485 de Protección Integral contra la Mujer.
Pero como Furriol ya tenía otra condena firme a tres años de prisión de cumplimiento efectivo, el magistrado le revocó la libertad condicional y las partes convinieron unificar ambas condenas en una pena única de tres años efectivos.
El acusado había sido condenado, en mayo del año pasado, a un año de prisión por lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente y amenazas simples, todo en concurso real, por otro hecho de violencia de género contra la misma mujer. Pero como en ese momento ya tenía antecedentes, en ese fallo se le había dictado una pena unificada de tres años de prisión de cumplimiento efectivo.​





La entidad advirtió sobre “defectos de todo tipo” detectados en las operaciones que realizaban clientes de la financiera, basados en perfiles de riesgo.

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