


La Copagua convoca para hoy a su Asamblea Anual Ordinaria
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REALICÓ | CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
De acuerdo a lo establecido en el Art. 30 de nuestro Estatuto Social, convócase a los Señores Asociados a la Asamblea General Ordinaria a realizarse el día jueves 9 de mayo de 2024, a las 19:00 horas, en sede de esta Cooperativa, sito en calle Primera Junta Nº 1499 de Realicó para tratar el siguiente:
“ORDEN DEL DIA”
1) Designación de dos socios, para que en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 39 del Estatuto
Social, aprueben y firmen el acta en representación de la Asamblea.
2) Consideración de la Memoria, Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Cuadros
y Anexos, Informe del Síndico e Informe de Auditoría Anual correspondiente al 53º Ejercicio
Económico cerrado el 31 de diciembre de 2023.
3) Designación de una Comisión Escrutadora compuesta de tres asociados para que reciba los
votos y verifique el escrutinio del acto eleccionario.
4) Elección de:
a) Cuatro (4) Consejeros Titulares, en reemplazo de los señores: Carlos Alberto
CHIARAVIGLIO, Eduardo Rafael GATICA, Héctor Mario BLACKALL y Graciela Luján
DELTETTO que terminan sus mandatos.
b) Tres (3) Consejeros Suplentes, en reemplazo de los señores: Susana Elvira RINAUDI,
Silvina Inés LANGE y Dante Ezequiel CABEZA que terminan sus mandatos.
c) Un (1) Síndico Titular, en reemplazo de la Señorita Yohanna Mariel PEROTTI, que termina
su mandato.
d) Un (1) Síndico Suplente, en reemplazo del señor Ricardo Edelmiro ALVAREZ, que termina
su mandato.


Se recuerda a los señores asociados que la elección de los Consejeros y Síndicos se hará de acuerdo al Reglamento aprobado por Resolución del I.N.A.C. N°038. Las listas se podrán presentar hasta 8 días antes de la realización de la Asamblea.
Art. 32: Las Asambleas se realizarán válidamente sea cual fuere el número de asistentes una hora después de la fijada en la Convocatoria, si antes no se hubiere reunido la mitad más uno de los asociados.
Art. 34: Tendrán voz y voto los asociados que hayan integrado las cuotas sociales suscriptas o, en su caso, estén al día en el pago de sus posteriores capitalizaciones, y no registren deuda exigible alguna para con la cooperativa; a falta de alguno de tales requisitos solo tendrán derecho a voz.







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