


Dos madres fueron condenadas por pegarles a sus hijas
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La denuncia de la causa de Acha fue formulada por el padre de la niña de 11 años. Con las pruebas reunidas durante la investigación penal, se probó que la imputada, de 31 años, agredió físicamente a su hija “con una chancleta, pegándole en la pierna y la cola en reiteradas veces, y provocándole excoriaciones en el brazo, el antebrazo, el muslo y la pierna derecha”, según se detalló en el fallo.
Las lesiones fueron constatadas por un médico y, según lo especificó Asin, fue “la única vez que (la madre) agredió físicamente a la niña, y la violentó psicológicamente”.
Por ello la mujer recibió los seis meses de ejecución condicional como autora del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo, en el contexto de la ley 26061 de Protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Además, por tratarse de una pena en suspenso, se le fijó la obligación de cumplir con las siguientes pautas de conducta durante dos años: fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas y realizar un tratamiento psicológico.


El abreviado fue convenido y presentado, en forma conjunta, por la fiscala Paula Soledad Duscher, el defensor oficial Marco Mezzasalma y la propia acusada, quien reconoció la autoría del hecho. El progenitor también dio su conformidad. En esta forma alternativa de resolver un conflicto penal, el juez o jueza no puede imponer sanciones más severas que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.
Segundo caso.
En el caso de 25 de Mayo quedó acreditado que la madre agredió a su hija de 9 años y le ocasionó una “excoriación de dos centímetros en la cara interna del codo derecho”, de acuerdo al certificado médico.
Martínez condenó a la progenitora de 33 años a seis meses de prisión en suspenso por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo, en el marco de la ley 26061 y estipuló el cumplimiento de reglas de conducta por dos años (fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, abstenerse de realizar actos de perturbación o intimidación, que directa o indirectamente, contra la niña y realizar un tratamiento psicológico).
En este expediente el denunciante también fue el padre de la niña y, al ser informado sobre el alcance del juicio abreviado, brindó su consentimiento. Este fue presentado por la fiscal de 25 de Mayo, Eugenia Paola Bolzan; la defensora oficial Nydia Conde; y la imputada, quien aceptó su responsabilidad penal.
Finalmente, la jueza, atendiendo un pedido de la asesora de niñas, niños y adolescentes, Agostina Pensa, ordenó que se informe del fallo a la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia para que implemente las medidas de protección necesarias en favor de la víctima y sus hermanos, quienes vinieron siendo abordados por profesionales de ese organismo.






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