


Acusado de secuestro y violación, fue condenado por lesiones leves
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El juez Carlos Ordas, en un juicio abreviado, condenó a un hombre de 37 años a un año y seis meses de prisión en suspenso por el delito de lesiones leves calificadas contra su pareja. Fue sobreseído de delitos más graves como secuestro, violación y amenaza con armas contra la víctima.
La condena fue producto de un acuerdo de juicio abreviado al que arribaron la fiscal Verónica Ferrero, la defensora Natalia Campo, la patrocinante, Vanesa Ortíz, la querellante y el imputado.
Los hechos, descriptos en el fallo, fueron los siguientes: "haber agredido físicamente a su pareja (...), de 24 años de edad, oriunda de la provincia de Mendoza, desde el día sábado 2 de marzo hasta las 20 horas del día domingo 3 de marzo del año 2024, en el interior del domicilio en el que convivían, cito en calle (...) de esta ciudad capital, oportunidad en la que se hizo presente personal policial a raíz de que la femenina se hallaba inconsciente, habiendo (...) propinando golpes en diferentes partes del cuerpo de su pareja, incluyendo golpes en la cabeza contra la pared, mesa y piso, puñetazo en la costilla, empujones, apretones, como así la arrastró de una habitación a la otra dentro del domicilio, también lo obligó a bañarse para evitar que se vieran los golpes. Como consecuencia del accionar desplegado por el encartado (...) hacia la señora (...), la misma presentó hematoma en región interna del brazo izquierdo, hematoma en la región interna y externa del brazo derecho, infra hematoma en región parietal izquierda, excoriación en dorso de la mano izquierda".


Por esos hechos, Ordas condenó al hombre "por resultar autor y materialmente responsable del delito de Lesiones Leves calificadas por la relación de pareja preexistente, a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional".
Le impusieron reglas de conducta por dos años: fijar residencia y someterse al control de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal; Prohibición de Contacto y Acercamiento a la persona de (...) y de su domicilio sito en calle (...) de esta ciudad; someterse a un tratamiento psicológico.
Falta de pruebas
En la audiencia de formalización, el acusado había sido imputado de "los delitos de amenazas agravadas por el uso de armas, abuso sexual cometido con violencia y con abuso captivo de poder, con penetración vía vaginal, ocurrido en dos oportunidades y privaciones ilegítimas de la libertad, todos en concurso real". Durante la investigación el Ministerio Público Fiscal no consiguió las pruebas para acreditar esas acusaciones.
"Atento la declaración efectuada por la propia damnificada en cámara gesell, la falta de pruebas para acreditar estos hechos y la explicación dada por el Ministerio Público Fiscal, explicación que adhiero en un todo, es que en este acto se dicta respecto de los mencionados delitos, el correspondiente Sobreseimiento", dijo el juez Ordas en el fallo.






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