
Integra el patrimonio histórico de la Nación Argentina y constituye uno de los símbolos más representativos de la soberanía nacional.


Los jubilados y pensionados que ganen más de $ 398.000 no recibirán más medicamentos gratuitos al 100% por medio del Pami. El gobierno de Javier Milei decidió que este beneficio quedará restringido a los beneficiarios del subsidio social.
Nacionales02/12/2024
InfoTec 4.0






Así lo comunicó el organismo nacional en un comunicado de prensa en el que afirmó que está se le mantendrá la entrega de medicamentos sin costo a “quienes realmente lo necesiten”.


“Adicionalmente a todas las coberturas que tenemos seguiremos garantizando el acceso total a medicamentos mediante el subsidio social para todos aquellos que realmente lo necesiten”, señaló el parte del organismo a cargo de Esteban Leguízamo.
Qué dijo el titular del Pami sobre los medicamentos gratuitos
El funcionario agregó: “Todo aquel afiliado que no pueda pagarlo, puede iniciar el trámite para obtener el subsidio social. Quien no está inscripto debe hacerlo. Es un trámite simple que se puede iniciar en la Web y luego presentarse en la agencia”.
“El trámite para obtener el subsidio puede demandar 30 días y los medicamentos de venta libre no tienen descuentos”, agregó en declaraciones periodísticas.
“Se mantienen vigentes los descuentos de 50 y 80% que ya estaban en medicamentos sobre precios que son menores en 30% a los de venta al público”, dijo
La comunicación no precisó desde cuando rige la medida pero por denuncias de jubilados ya habría entrado en vigencia.
Para mantener el beneficio los jubilados y pensionados deben calificar para acceder al “subsidio social”, tiene un tope de ingreso mensual de $ 388.500.
Aunque la confusa explicación oficial no lo aclara, los jubilados que deseen mantener este beneficio deberán realizar la inscripción correspondiente en la página del Pami.
Las condiciones para acceder al subsidio social son las siguientes:
-Tener ingresos menores a 1,5 haberes previsionales o hasta 3 haberes en caso de que el afiliado conviva con una persona que tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD).
-No estar afiliado a una prepaga.
-No tener más de un inmueble, un vehículo de menos de 10 años ni ser dueño de bienes de lujo.
-No ser titular de activos societarios que indiquen capacidad económica plena.
De no cumplir con los primeros dos puntos, si el costo de los medicamentos indicados para el tratamiento es igual o mayor al 15% de sus ingresos, el afiliado puede solicitar la cobertura al 100% a través de una vía de excepción.





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