


La justicia pampeana ratificó el fallo contra Sancor Salud por negarle cobertura a un niño con autismo
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LA PAMPA | Una familia pampeana tuvo que iniciar tres juicios de amparo para obligar a Sancor Salud a cubrir las terapias y estudios que su hijo con Trastorno del Espectro Autista necesitaba. Al final, la justicia les dio la razón y el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa ratificó la condena contra la obra social al declarar inadmisibles los recursos extraordinarios presentados por ambas partes.
El niño, requería acompañante terapéutico, terapista ocupacional, psicopedagoga y una serie de estudios de evaluación del desarrollo y el comportamiento. En uno de los casos, Sancor Salud tardó un año en autorizar los test neurológicos, y solo lo hizo luego de la intervención judicial y su allanamiento total a la demanda.
En primera instancia, el juez condenó a la mutual a pagar diez millones de pesos por daño punitivo y dos millones por daño moral a los padres. La Cámara de Apelaciones de la Segunda Circunscripción redujo luego los montos a la mitad, incluyó al niño como beneficiario del daño punitivo y fijó el inicio del cómputo de intereses desde el 22 de febrero de 2022, fecha en que se generó el perjuicio.


Disconformes, ambas partes recurrieron al Superior Tribunal. La familia reclamaba montos más altos y que el niño también cobrara el daño moral. La mutual, en cambio, pedía que se eliminara por completo la condena, argumentando que nunca interrumpió las prestaciones y que sus exigencias eran simples trámites administrativos.
Los jueces José Sappa y Eduardo Fernández Mendía rechazaron ambos planteos, considerando que ninguna de las partes logró demostrar que el razonamiento de la Cámara fuera manifiestamente ilógico o absurdo, estándar legal exigido para que la máxima instancia revise lo decidido por los tribunales inferiores.
El fallo ratificó que Sancor Salud tuvo una conducta reprochable: demoró autorizaciones, generó inconvenientes en el pago a los profesionales que atendían al menor y acumuló condenas en los tres amparos previos. El daño punitivo aplicado es una multa civil que no busca reparar el daño causado sino castigar la conducta de la empresa y disuadir su repetición.













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