Punto para UBER: El STJ le cerró la puerta judicial a los taxistas

El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa rechazó el recurso extraordinario presentado por la Cámara de Propietarios de Taxis y Radiotaxis contra Uber Argentina. El máximo tribunal consideró que la ordenanza municipal que regula las plataformas de transporte en Santa Rosa dejó sin sustento el reclamo, y que la cuestión ya no justificaba una intervención judicial extraordinaria.
03/06/2026InfoTec 4.0InfoTec 4.0

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LA PAMPA | La disputa legal entre el sector del taxi y Uber en Santa Rosa llegó a su punto final, al menos por esta vía, y el resultado no fue el que esperaban los taxistas. El Superior Tribunal de Justicia de La Pampa rechazó el recurso extraordinario presentado por la Cámara de Propietarios de Taxis y Radiotaxis de La Pampa —Catarata— en la causa que buscaba que la Justicia declarara la ilegalidad de la actividad de la plataforma en la capital pampeana.

La resolución, firmada por los jueces Fabricio Losi y José Roberto Sappa, confirmó el criterio de las instancias anteriores y determinó que el recurso no reunía los requisitos necesarios para habilitar la revisión extraordinaria del caso. Un cierre que, en la práctica, equivale a un punto a favor de Uber y de quienes impulsaron su regulación desde el ámbito legislativo local.

El planteo de Catarata no era menor. La entidad sostenía que Uber operaba de manera clandestina e ilegal en la ciudad, generando una competencia desleal frente a quienes cumplen con todas las exigencias municipales y provinciales para prestar el servicio de transporte de pasajeros. Argumentaban además que existía un estado de incertidumbre jurídica que justificaba la intervención de la Justicia para determinar si la plataforma debía ajustarse a la normativa vigente.

Pero el STJ no lo vio así. Los magistrados señalaron que los planteos de la parte actora no demostraban los vicios procesales invocados —como incongruencia o absurdo en la valoración de la prueba— sino que expresaban una simple disconformidad con la interpretación realizada por los jueces de las instancias ordinarias. Tanto el juzgado de primera instancia como la Cámara de Apelaciones habían concluido previamente que no existía la incertidumbre jurídica alegada por los demandantes, y el STJ no encontró razones para apartarse de ese criterio.

El dato que terminó de inclinar la balanza fue contundente: mientras el expediente avanzaba por los tribunales, el Concejo Deliberante de Santa Rosa sancionó la Ordenanza N° 7190/2025, que regula específicamente el servicio de transporte privado de pasajeros prestado a través de plataformas digitales. Para el STJ, esa normativa volvió abstracto el objeto de la demanda. Uno de los argumentos centrales de los taxistas era precisamente la falta de regulación de la actividad. Al existir hoy una ordenanza vigente, el tribunal consideró que ya no subsistía un perjuicio actual que justificara la intervención extraordinaria de la Justicia.

El tribunal también remarcó que el control de la actividad es ejercido por las autoridades municipales y que el planteo judicial buscaba obtener una intervención preventiva sobre cuestiones vinculadas a políticas públicas y regulaciones administrativas, materias que exceden la competencia de los jueces.

Un fallo que marca un antes y un después en la relación entre las plataformas de transporte y el sector del taxi en La Pampa, y que consolida la ordenanza municipal como el marco regulatorio bajo el cual Uber opera en Santa Rosa.

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