ANSES actualizó los montos de la Prestación por Desempleo: entre $188.300 y $376.600

El organismo previsional mantiene vigente esta asistencia económica destinada a trabajadores que perdieron su empleo bajo determinadas circunstancias contempladas por la legislación laboral. Desde agosto, el monto mensual oscila entre $188.300 y $376.600, según la remuneración previa del beneficiario, y puede cobrarse entre 2 y 12 cuotas de acuerdo a la trayectoria laboral de cada solicitante.
18/08/2026InfoTec 4.0InfoTec 4.0

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NACIONALES | La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) mantiene vigente la Prestación por Desempleo, una asistencia económica destinada a trabajadores que quedaron sin empleo bajo determinadas circunstancias contempladas por la legislación laboral vigente. Se trata de un mecanismo pensado para ofrecer un ingreso temporal a quienes atraviesan un período de búsqueda laboral tras la finalización de su relación de trabajo.

El beneficio está dirigido principalmente a quienes se desempeñaban en relación de dependencia y perdieron su puesto por causas ajenas a su voluntad, entre las que se incluyen los despidos sin causa, el vencimiento de contratos y otras modalidades de finalización del vínculo laboral. Cabe remarcar que la prestación no se otorga de manera automática a cualquier persona que haya perdido su trabajo, sino que resulta necesario cumplir con una serie de requisitos vinculados al tiempo trabajado, los aportes registrados y la forma en que concluyó la relación laboral.

En cuanto a quiénes pueden acceder al beneficio, los requisitos varían de acuerdo a la modalidad laboral que tenía la persona antes de quedar desvinculada. En el caso de los trabajadores permanentes, resulta necesario acreditar un período mínimo de seis meses de trabajo con aportes registrados dentro de los tres años anteriores al momento del despido o de la finalización de la relación laboral. La situación difiere para quienes se desempeñaban en trabajos eventuales o de temporada, quienes deben demostrar que trabajaron menos de 12 meses durante los últimos tres años y que acumularon más de 90 días de actividad durante el año anterior a la finalización del vínculo laboral.

Respecto de la cantidad de pagos que puede recibir cada trabajador, el período de cobertura puede extenderse entre 2 y 12 cuotas, según los meses trabajados y los aportes efectuados durante los tres años previos a la situación de desempleo. Existe, además, una consideración especial para los trabajadores de mayor edad: las personas mayores de 45 años pueden acceder a seis meses adicionales de cobertura, de acuerdo a las condiciones previstas para la prestación.

En relación al monto mensual vigente, el cálculo de la Prestación por Desempleo toma como referencia inicial el 75% de la mejor remuneración neta mensual, normal y habitual que haya percibido el trabajador durante sus últimos seis meses de actividad. Sin embargo, ese cálculo se encuentra sujeto a límites establecidos por el organismo: desde el 1° de agosto de 2026, la prestación cuenta con un piso de $188.300 mensuales y un techo de $376.600, por lo que, aunque el 75% de la remuneración previa arroje un resultado diferente, el pago final debe mantenerse siempre dentro de esos valores.

Una vez aprobada la solicitud, ANSES puede gestionar la apertura de una Cuenta de la Seguridad Social a nombre del beneficiario, mecanismo que permite recibir los pagos correspondientes y disponer del dinero a través de los canales bancarios habilitados, ya sea mediante extracción en sucursal o con tarjeta de débito en cajeros automáticos. En determinados casos, si la persona ya cuenta con una cuenta bancaria utilizada para el cobro de otra prestación del organismo, el dinero puede depositarse directamente allí.

En cuanto a su compatibilidad con otras prestaciones, la Prestación por Desempleo puede percibirse junto con algunas asignaciones de ANSES, siempre que se cumplan las condiciones correspondientes en cada caso, entre ellas la Asignación Prenatal, la Asignación Universal por Hijo, las asignaciones por nacimiento o adopción, la Ayuda Escolar Anual y la asignación por matrimonio.

Respecto de la documentación requerida para tramitar el beneficio, los comprobantes solicitados varían según el motivo de la desvinculación laboral. En un despido sin causa, por ejemplo, puede presentarse el telegrama o la carta documento mediante la cual se comunicó la finalización del vínculo, o bien una nota de despido firmada y certificada por el empleador. En los contratos a plazo fijo, en tanto, debe acreditarse que el vínculo llegó efectivamente a su vencimiento mediante una copia del contrato correspondiente, mientras que existen requisitos particulares para otras situaciones menos frecuentes, como el fallecimiento de un empleador unipersonal o el cese laboral por motivos de enfermedad o accidente. Más allá del motivo puntual de la desvinculación, el solicitante debe contar en todos los casos con su DNI original y una copia, además de la documentación que permita acreditar las condiciones declaradas.

El trámite para solicitar la prestación puede realizarse de manera online o presencial. Para la gestión a distancia, el trabajador debe ingresar a la Atención Virtual de ANSES utilizando su CUIL junto con la Clave de la Seguridad Social, mientras que quienes opten por la modalidad presencial deben solicitar previamente un turno y presentarse en la oficina correspondiente con su DNI y la totalidad de los documentos que acrediten la finalización de la relación laboral.

Desde el organismo remarcaron que, antes de iniciar la gestión, resulta fundamental reunir toda la documentación necesaria y verificar que los datos personales y laborales se encuentren correctamente registrados, dado que un expediente incompleto puede dificultar o demorar considerablemente el análisis de la solicitud por parte de ANSES.

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