Nacionales Por: InfoTec 4.024/11/2019

LA MUNICIPALIDAD DE PERGAMINO PIDE REDUCIR LAS DISTANCIAS DE RESTRICCIÓN PARA AGROQUÍMICOS

Los letrados del Estado local cuestionan el incremento de los límites de aplicación a 1.095 metros (fumigaciones terrestres) y 3.000 metros (aéreas). Dicen que existió “una utilización abusiva y desproporcionada del principio precautorio” por parte del juez.
Actualmente no se pueden aplicar agroquímicos a menos de 1.095 metros de zonas urbanas o de escuelas. 

En la causa que se investiga la participación de productores locales en la aplicación de agroquímicos en contravención a la Ley Nº 24.051 que tramita por ante el Juzgado Federal Nº 2 de San Nicolás, a cargo del doctor Carlos Villafuerte Ruzo, los abogados de la Municipalidad de Pergamino formularon ciertos planteos.

En primer término, solicitaron la morigeración de la medida precautoria que el magistrado había ordenado mediante la resolución del 30 de agosto del corriente año, a través de la cual se dispuso la ampliación a toda la ciudad de Pergamino de la restricción de aplicaciones de fitosanitarios incrementando los límites a 1.095 metros (para fumigaciones terrestres) y 3.000 metros (para las aplicaciones aéreas).

Los argumentos centrales en que los letrados de la Comuna basaron su planteo se ciñeron, básicamente, a que existió “una utilización abusiva y desproporcionada del principio precautorio” porque si bien no es necesario que haya certeza científica respecto de la existencia de daño a la salud pública para que proceda, lo cierto -aducen desde el Municipio- es que el juez se basó exclusivamente en un informe que no tiene ninguna vinculación con la causa en trámite sino que se trajo un dictamen que se había aportado por el Grupo de Investigación Genética y Mutagénesis Ambiental (Gema) del Departamento de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Río Cuarto, a cargo de la doctora Delia Aiassa respecto de una evaluación de nivel de daño en el material genético de niños de la provincia de Córdoba expuestos a plaguicidas.

Según los abogados, “las opiniones de este organismo de investigación fueron focalizadas en la localidad de Marcos Juárez, provincia de Córdoba soslayándose -por parte del magistrado- los estudios realizados por la Autoridad del Agua, el Iaca, Unnoba-Citnoba, Inta y el instituto Malbrán, cuyos resultados están agregados al expediente no observándose en ninguno de ellos riesgos de contaminación, ni riesgos a la salud, indicándose, además, que el agua es apta para consumo humano”.

Además, califican a la medida de Villafuerte Ruzo como “irreflexiva”, porque “no tuvo en cuenta los informes técnicos referidos, no se escuchó previamente a los productores y vecinos como destinatarios de la decisión”. De esta manera -señalan los letrados- la desproporcionalidad de la medida ampliatoria no tuvo en cuenta los costos-beneficios porque deben poder ser soportables por la sociedad que -en definitiva- es la que debe asumirlas”.

Por otro lado, también se reprochó que no se hayan utilizado otras medidas alternativas, menos gravosas, “porque no se justifica extender una prohibición a toda la ciudad cuando no se verificaron (al menos en el expediente) otras denuncias provenientes de vecinos de otros barrios”.

Tampoco se corresponde -señalan desde el Municipio- la ampliación de la medida con el bien jurídico que se pretende proteger (la salud pública y el medio ambiente); puesto que si así se hubiese querido, la prohibición debería haberse extendido a otros partidos vecinos.

El planteo fue rechazado por el juez de la causa, lo que motivó que los abogados municipales interpusieran recurso de apelación por ante la Cámara Federal de Rosario, impugnaciones que fueron sostenidas oralmente en una audiencia pública el pasado 19 de noviembre del corriente año. Ahora resta esperar que la Cámara de Rosario se pronuncie. En el supuesto de que se haga lugar al pedido de morigeramiento de la prohibición de fumigar, la medida podría retrotraerse a la dispuesta inicialmente, focalizada a los barrios Luar Kayad, La Guarida y Villa Alicia en un radio de 600 metros.

Asimismo, el juez Villafuerte Ruzo había rechazado el pedido de la Municipalidad de Pergamino para ser querellante en la causa, decisión que fue confirmada por la Cámara Federal de Rosario, lo que motivó que desde la Comuna se interpusiera un recurso de Casación contra dicho pronunciamiento que deberá resolver la Cámara Federal de Casación Penal ubicada en Comodoro Py 2002 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por otro lado, el Juzgado interviniente, según supo, empezó a realizar junto con la Fiscalía actuante diversas reuniones con los sectores productivos, incluso el propio Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Buenos Aires, a fin de analizar diversas opciones, medidas y criterios que permitan el respeto de las buenas prácticas agrícolas y el cuidado del ambiente.

Movimiento en la causa

Cabe recordar que esta semana la Policía Federal -por orden del fiscal Matías Di Lello- allanó las instalaciones del Centro de Atención Primaria de Villa Alicia, la Secretaría de Salud y dependencias del Hospital San José, en busca de los antecedentes de clínicos de vecinos de los barrios Villa Alicia, Luar Kayad y La Guarida.

En otro orden, a partir de una nueva denuncia y también por disposición del Juzgado Federal de San Nicolás, fueron detenidas tres personas acusadas de incumplir con la restricción métrica impuesta para practicar aplicaciones. Tras negarse a prestar declaración, fueron puestas en libertan, continuando el proceso en calidad de imputados.

PERGAMINO: DETIENEN A 3 PERSONAS POR APLICAR FITOSANITARIOS EN UNA ZONA RESTRINGIDA


Gentileza: La Opinión

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