Condenado por abusar de su hija
El juez de audiencia de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a nueve años de cárcel a un imputado de 45 años que abusó sexualmente de su hija adolescente, en la vivienda en la que convivían. El magistrado lo sentenció por el cargo de abuso sexual con acceso carnal agravado por la ascendencia, abuso sexual que configura un sometimiento sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización agravado por la ascendencia, y abuso sexual simple agravado por la ascendencia como delito continuado.
El caso se debatió a lo largo de dos jornadas a principio de marzo, con la actuación de la fiscala Andreina Montes y del defensor oficial Héctor Freigedo.
El juez dio por probado que, sin poder precisar fechas exactas, pero en un período de tres a cuatro meses, cuando la víctima tenía entre 12 y 14 años de edad, su padre la abusó sexualmente en forma reiterada, mientras convivían.
En los alegatos de clausura la fiscala sostuvo la acusación y pidió que se condenara al acusado a la pena de nueve años de prisión. En tanto, el defensor oficial solicitó la absolución de su defendido.
Argumentos.
Pagano consideró en el fallo que "es de fundamental importancia señalar que conforme los estándares internacionales y nacionales la doble condición de mujer y niña debe ser objeto de valoración no solo por las disposiciones de la Ley 26485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, sino además por la ley 26061 de protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte'".
agregó que el presente hecho "debe ser analizado con perspectiva de género y observándose el interés superior del niño, teniendo especial consideración en las previsiones que han efectuado tanto la legislación nacional como supra nacional al respecto".
Al momento de merituar la pena, Pagano tuvo en cuenta como circunstancias atenuantes, que el imputado se encuentra en período de rehabilitación internado en una institución donde estudia y realiza tareas de carpintería. Como agravantes, tuvo en cuenta la existencia de antecedentes condenatorios y la multiplicidad de hechos que damnifican a la víctima, lo cual merece "un distanciamiento del mínimo previsto para el concurso de delitos enrostrados y comprobados. Por ello, hizo lugar al pedido de nueve años de prisión para el imputado".
Te puede interesar
"No mataron a nadie”: la insólita justificación de la abogada de Sebastián Kiczka
María Laura Alvarenga habló luego de la audiencia de lectura de fundamentos de sentencia y manifestó que tuvieron “más pena que algunos homicidios”.
Allanaron la clínica donde habían operado a Maradona
Los jueces decidieron por unanimidad que se realice el procedimiento.
Caso Maradona: declaran el director de la Clínica Olivos y el cirujano que lo operó
Se trata de Pablo Dimitroff y Pablo Rufino.
Cristina Kirchner pidió la recusación de Ricardo Lorenzetti en causa Vialidad por sus dichos en una entrevista
La ex presidenta de la Nación apuntó contra Ricardo Lorenzetti y habló de amenazas en “off”.
Kueider considera "injusto" tener que ir al penal de Ezeiza y apuntó contra Arroyo Salgado
Así lo expresó el ex senador en declaraciones televisivas; está preso con domiciliaria en Paraguay desde diciembre.
Un padre condenado por pegarle a su hijo porque no quiso ir al colegio
Un padre fue condenado a seis meses de prisión en suspenso por pegarle a su hijo de 14 años porque no quería ir a la escuela. La sentencia fue dictada por la jueza de control de General Acha, Laura Moscoso Mendieta, al homologar un acuerdo de juicio abreviado.