Judiciales Por: InfoTec 4.0El jueves

Primera sentencia unipersonal en recurso directo de la Cámara de Apelaciones de Santa Rosa

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa dictó una sentencia histórica al resolver, por primera vez de manera unipersonal, un recurso directo interpuesto por las empresas Ford Argentina S.C.A. y Plan Óvalo S.A para Fines Determinados, que habían sido multadas por la Dirección General de Defensa del Consumidor.

El caso surgió tras una denuncia de una mujer que se había adjudicado un automóvil 0 km mediante un plan de ahorro, pero no recibió el reembolso correspondiente por siete cuotas que se le habían ofrecido de forma bonificada. El organismo sancionó a las empresas por un total de 875.000 pesos por no devolver el dinero de las cuotas entre la 62 y la 84, cuando la deuda fue cancelada.

El recurso directo se presentó ante la Cámara contra una resolución administrativa del organismo dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos de La Pampa. Este tipo de recurso se plantea cuando las sanciones aplicadas por resoluciones administrativas se cuestionan en el fuero civil. En esta ocasión, el fallo marcó un hito debido a la reciente autorización del Superior Tribunal de Justicia, que permitió que un solo juez resolviera este tipo de planteos desde el 1 de septiembre de 2024.

El juez Guillermo Samuel Salas, quien firmó la sentencia, rechazó los recursos presentados por ambas empresas, argumentando que incurrieron en faltas en virtud de los artículos 4° (debe de información) y 8° (efectos de la publicidad) de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor (LDC). El magistrado explicó que, en el proceso de suscripción al plan de ahorro, la mujer había sido informada de una bonificación en las cuotas, pero cuando canceló la deuda no recibió el beneficio prometido.

Ford Argentina y Plan Óvalo S.A. alegaron que no tenían responsabilidad sobre la falta de bonificación, argumentando que no firmaron el contrato de adhesión en el caso de Ford y que Plan Óvalo había entregado la documentación pertinente con las condiciones generales. Además, ambas empresas cuestionaron la constitucionalidad del artículo 45 de la Ley 24.240, que obliga al pago previo de la multa antes de interponer un recurso directo.

Sin embargo, el juez Salas desestimó estos argumentos, señalando que no quedó demostrado que a la consumidora se le hubiera aclarado en qué circunstancias perdería el derecho a la bonificación. De igual forma, descalificó la postura de las empresas, considerando ilógicas sus justificaciones sobre el incumplimiento de las condiciones en caso de atrasos o pagos adelantados, como ocurrió en este caso debido a una situación de siniestralidad.

Salas también destacó la importancia de la protección al consumidor, señalando que la multa impuesta por Defensa del Consumidor se ajustaba al marco constitucional y a la normativa vigente. Subrayó que las empresas no habían cumplido con su deber de informar adecuadamente a la consumidora, lo cual constituye una infracción reiterada, según la ley.

Con esta resolución, la Cámara de Apelaciones marca un precedente en la jurisprudencia de La Pampa y refuerza el compromiso con los derechos de los consumidores frente a prácticas comerciales que no garantizan transparencia ni el respeto a los acuerdos pactados.

Te puede interesar

Un fallo judicial innovador: una mujer logra quitarse el apellido de su padre biológico tras arrepentirse

En un fallo que marca un precedente en la jurisprudencia civil, la Cámara de Apelaciones en lo Civil Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa resolvió a favor de una mujer que, tras haber solicitado sumar el apellido de su padre biológico, ahora pedía revertir esa decisión. En un caso inédito, los jueces María Anahí Brarda y Guillermo Samuel Salas decidieron actuar de manera excepcional para dar marcha atrás con el pedido de la demandante, que había solicitado incorporar el apellido de su padre biológico a su nombre, pero luego se arrepintió

Condenan al camionero por el "transfemicidio" de Sofía Bravo en Río Cuarto

La Cámara Segunda del Crimen de Río Cuarto, en colaboración con jurados populares, dictó este miércoles una sentencia de máxima pena contra Rodrigo Espíndola, camionero y único acusado por el asesinato de Sofía Bravo, una joven de 26 años. El caso fue calificado como transfemicidio, convirtiéndose en la segunda condena en la provincia de Córdoba bajo esta figura penal desde su incorporación al Código Penal en 2012.

Condenaron a un hombre en Acha por abuso sexual

El juez de audiencia de General Acha, Raúl Miguez Martín (foto), condenó hoy a un hombre de 39 años a tres años de prisión en suspenso, por ser autor del delito de abuso sexual simple por tocamientos, contra una niña menor de 13 años; en el marco de las leyes nacionales 26485 de Protección Integral contras las Mujeres y 26061  de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. La víctima fue su cuñada.

Brutal Asesinato de Aralí Vivas: abusos y abandono en un entorno violento, la SENAF en la mira

En un caso que ha conmocionado a la comunidad de Brinkmann, Córdoba, el asesinato de Aralí Vivas, una niña de ocho años, revela un entorno de violencia y abandono familiar. El fiscal de instrucción, Oscar Gieco, brindó detalles estremecedores a la radio local Cadena 3 sobre la investigación, que apunta a que la menor habría sido golpeada y abandonada antes de que el incendio se usara como posible táctica para encubrir otro crimen.

Dobló en U y chocó una moto: un año de prisión en suspenso

La motociclista sufrió la fractura de tibia y peroné. Además, le quedaron secuelas por el choque. La imputada también quedó inhabilitada para conducir y deberá cumplir reglas de conducta.

Condenan a un hombre por abuso sexual en Juicio Abreviado en Victorica

El juez de Control de la IV Circunscripción Judicial, Carlos Espínola, condenó a J.D.V., de 69 años, a una pena de seis meses de prisión en suspenso por el delito de abuso sexual simple en contexto de violencia infantil y de género. La sentencia, emitida en el expediente 9822/0, responde a la denuncia presentada por la madre de la víctima, una adolescente menor de edad.