
“No somos mecheros vip”, el descargo de los argentinos acusados de robo en Miami
Mauricio y Juan Pablo, dos de los acusados, hablaron por primera vez y sostienen que se trató de un “episodio confuso”.


La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa ratificó, en un incidente por cuota alimentaria, que “la extensión de esa obligación está definida por los recursos de los progenitores, más allá del carácter compartido del cuidado personal” de los hijos.
Judiciales29/07/2019
InfoTec 4.0






Para ello, citando el artículo 666 del Código Civil y Comercial, señaló que cuando el cuidado personal de los hijos sea compartido, “la realidad en las situaciones patrimoniales de los progenitores es la circunstancia determinante para establecer la obligación alimentaria”.


Los jueces Guillermo Salas y Laura Cagliolo, miembros de la Sala 3, añadieron que “si los progenitores tienen recursos semejantes, cada uno asume su manutención cuando el hijo permanece bajo su cuidado y los gastos comunes compartidos. Si difieren los recursos, el o la progenitora que esté en mejor posición puede ser obligado a abonar una cuota alimentaria y los gastos comunes deberán ser solventados en proporción a los recursos”.
En este caso, en primera instancia, la jueza Anahí Brarda, titular del Juzgado de Familia, Niñas, Niños y Adolescentes N° 1, había establecido la contribución alimentaria del padre en el 15 por ciento de sus ingresos. Este recurrió esa sentencia, afirmó que el fallo quebrantó la obligación de los progenitores de aportar conforme a sus ingresos y pidió que se le devuelva el dinero aportado de más, incluyendo los intereses-
La Cámara no hizo lugar a la apelación por entender que, si bien cada progenitor estaba a cargo de un hijo, la madre pudo demostrar que sus ingresos eran inferiores a los del padre; y por lo tanto, éste último debía continuar contribuyendo con el 15 por ciento de sus ingresos para su hijo, quien convive con la mamá (la hija, en cambio, convive con él).
En ese sentido, Brarda ya había expresado en su sentencia que “si existe un desequilibrio económico que afecte la crianza, alimentación y educación de los hijos en común, ello atento a que residen uno con cada progenitor; la consideración pasa entonces a la determinación de la capacidad económica de ambos progenitores, que no es otra cosa que la aplicación del artículo 666”.
“La solución que ofrece el artículo es sumamente realista: la extensión de la obligación alimentaria está definida por los recursos de los progenitores, más allá del carácter compartido del cuidado personal. Por lo tanto, cuando el cuidado personal sea compartido, la realidad en las situaciones patrimoniales de los progenitores es la circunstancia determinante para establecer la obligación alimentaria”, agregó la jueza de familia.
El padre, en el recurso, afirmó que si bien ambos hijos son menores, quien más ayuda económica necesita a la fecha es su hija –que vive con él– y que la madre está en mejores condiciones económicas ya que el demandado a agosto de 2016 percibía 13.246 pesos como empleado de comercio.
Sin embargo, la mujer pudo acreditar que a octubre de 2016 percibía 3.925 pesos trabajando en relación de dependencia en una veterinaria y que ocasionalmente percibía ingresos por suplencias en un hospital público, adonde cumplía pasantías ad honorem para enriquecer su currículum vitae.
“Todo ello nos lleva a confirmar lo resuelto por la juez (Brarda), atento a que existiendo desproporción entre los ingresos de ambos progenitores y a fin de asegurar una calidad de vida similar entre los menores, corresponde mantener la cuota alimentaria a favor del niño que vive con su madre”, concluyeron Salas y Cagliolo.





Mauricio y Juan Pablo, dos de los acusados, hablaron por primera vez y sostienen que se trató de un “episodio confuso”.

Ocurre en el marco de una denuncia por presunto lavado de dinero que involucra a supuestos testaferros de Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Toviggino.

La decisión beneficia a todos los acusados, incluidos el ex titular de la AFA Luis Segura y ex directivos de la entidad y de Futbolistas Argentinos Agremiados.

Un vecino de La Matanza fue detenido y acusado de engañar a una jubilada piquense haciéndose pasar por su hijo y por el fiscal general Armando Agüero. Le robó 4.500 dólares. La Justicia ordenó 90 días de prisión preventiva mientras se investiga si integraba una banda dedicada a delitos similares.

El máximo tribunal rechazó el intento de los abogados del ex funcionario de anular la sentencia dictada hace tres semanas.

El juez Diego Ambrogetti impuso una pena de efectivo cumplimiento a Matías Nicolás Basualdo, tras un juicio abreviado en el que el imputado admitió haber arrebatado las pertenencias de una mujer que viajaba en moto. Su cómplice obtuvo una probation.







Se necesitan donantes de sangre para Emiliano León Valle, un niño realiquense de un año que será sometido a un trasplante hepático en Córdoba

Un colectivo de Vía Tac impactó violentamente contra un camión Scania en un sector totalmente cubierto por humo cerca de Médanos. El conductor del micro falleció en el lugar y 50 pasajeros resultaron heridos, aunque ninguno de gravedad. El siniestro ocurrió en plena madrugada, en un tramo donde la visibilidad era prácticamente nula por un incendio iniciado el viernes. La causa quedó caratulada como homicidio y lesiones culposas.

La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socia Elena Teresa Rosa "Chica" Scaliti viuda de Sánchez a la edad de 88 años. Casa de duelo Gobernador Centeno 933. Sus restos que son velados en casa velatoria, sala "A" de avenida San Martín y calle Paraguay, recibirán sepultura el 8 de diciembre de 2025 a las 11:00 horas, previo responso en la Iglesia.

Un trágico accidente vial ocurrió en el kilómetro 183 de la Ruta Nacional N.º 3, donde tres camiones protagonizaron una violenta colisión que terminó con la vida de uno de los conductores. El siniestro, registrado en horas de la tarde, generó un amplio operativo de emergencia y el corte parcial del tránsito durante varias horas.

Un dramático episodio ocurrió esta tarde en la zona del Arroyón, en el sector de La Puntilla, donde un hombre de 34 años —vecino de la ciudad de Neuquén— desapareció en las aguas tras arrojarse para rescatar a un niño que pedía auxilio. El menor logró sobrevivir, pero el hombre fue arrastrado por la fuerte correntada y desde entonces nada se sabe de su paradero.

En el encuentro de tatuadores y cosplay realizado en Realicó, un grupo de cuatro chicas de Santa Rosa compartió su experiencia dentro del mundo del cosplay, una disciplina artística en pleno crecimiento que combina confección, maquillaje, actuación y un fuerte sentido comunitario. MIRÁ LA NOTA EN VIDEO. SEGUINOS EN NUESTRO CANAL DE YOUTUBE.-

El cuerpo fue encontrado el sábado por la noche en la vivienda de la víctima, luego de que vecinos alertaran que no la veían hacía varios días. La Fiscalía de Río Tercero ordenó la detención preventiva de la madre y dispuso pericias psiquiátricas. Se aguardan los resultados de la autopsia.

Un trágico siniestro vial ocurrido este sábado en Junín terminó con la muerte de un hombre de 78 años, identificado como Juan Carlos Liggera Paratore, quien circulaba en bicicleta cuando fue embestido por una camioneta. El episodio tuvo lugar en la intersección de avenida Circunvalación y calle Yanquelen, una zona de tránsito frecuente hacia la Ruta Nacional 7.







