


EL SENADOR MARINO SOBRESEÍDO EN LA CAUSA DE ACOSO, AHORA POR LA CÁMARA DE APELACIONES.
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Según el fallo de los jueces Irurzun y Bruglia, los testigos no ratificaron los hechos denunciados y en el teléfono que aportó la denunciante no se encontraron registros de mensajes cruzados con ninguno de los denunciados. Por eso, confirmaron el fallo de la jueza María Eugencia Capuchetti.
La denuncia había sido formulada en diciembre pasado por una mujer que manifestó que en el ámbito del Congreso de la Nación -en donde ejerce sus funciones como miembro de la planta permanente de la Cámara de Diputados de la Nación- los acusados, en diferentes tiempos y contextos laborales, la habían "violentado tanto en su desempeño laboral como en su integridad sexual".
La denunciante también dijo que hubo un encuentro en donde el senador -que forma parte del bloque de la UCR- directamente le tocó los pechos. "Me preguntó cuándo íbamos a tomar un café, que aguardara su llamado que en cualquier momento nos veíamos. También me dijo que me manejara con su jefe de despacho, Pedro Fiorda", relató. A esa persona también la acusó de haberla forzado (“me tomó de los brazos con fuerza y me introdujo su lengua dentro de mi boca con violencia, yo intenté separarlo, pero no lo logré”).


Apenas estalló el escándalo, Marino negó esas denuncias y puso a disposición su cargo como vicepresidente del Senado.
Al analizar el caso, la jueza María Eugenia Capuchetti afirmó que el teléfono celular aportado por Guebel (y que fuera analizado por especialistas técnicos del Centro de Investigaciones Judiciales del MPF-CABA) "arrojó que no existían mensajes de texto ni de WhatsApp, ni videos y/o audios, relacionados con los contactos de Marino y Fiorda que tuvieran alguna connotación sexual".
La víctima apeló ese fallo, en donde además de Marino también fue sobreseído Fiorda y el secretario parlamentario Juan Carlos Amarilla. Ahora la Cámara de Apelaciones, donde, al analizar el planteo, los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia confirmaron la decisión.
"Repárese que los hechos, tal y como fueron relatados por la querellante, no encontraron respaldo en las diversas declaraciones de los testigos propuestos por las partes, en los datos extraídos del teléfono celular aportado por la denunciante, ni en los sumarios administrativos que se formaron en el ámbito de la Cámara de Diputados y la de Senadores de la Nación", sostuvieron en la resolución.







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