UN CHOFER DE TRANSPORTE ESCOLAR ABUSO DOS VECES DE UNA NIÑA Y LA JUSTICIA PIQUENSE LE DIÓ PRISIÓN EN SUSPENSO

En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico Alejandro Gilardenghi condenó a José Alberto Contreras, de 47 años,  como autor material y penalmente responsable del delito de “abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda -dos hechos-“; a las penas de tres años de prisión de ejecución condicional o en suspenso e inhabilitación especial perpetua para conducir vehículos de transporte de pasajeros tanto público como privado.

Judiciales06 de noviembre de 2019InfoTec 4.0InfoTec 4.0
TRANSPORTE ESCOLAR
Foto ilustrativa.

Además impuso al condenado las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijar domicilio, y no ausentarse del mismo o modificarlo sin dar aviso previamente al juez de ejecución penal y al fiscal, abstención de relacionarse de cualquier modo con la niña damnificada- de 9 años de edad y pasajera del transporte escolar que manejaba el imputado-; abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas; someterse a un tratamiento médico o psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia; someterse a la observancia de las reglas de conducta por el juez de ejecución penal, y al cuidado y contralor del Ente de Políticas Socializadoras.

El acuerdo fue solicitado por el fiscal Luciano Rebechi, los defensores particulares Néstor Sánchez y Marcelo Petrelli y el imputado quien reconoció su autoría. La madre de la víctima, al ser informada sobre las implicancias del acuerdo, prestó su consentimiento. 

Con las pruebas incorporadas en el legajo quedó demostrado que sin poder precisarse fecha exacta, entre los años 2017 y 2018, tiempo en que el imputado José Contreras fue contratado para llevar a la niña a la escuela; en una oportunidad, la pasó a buscar por el domicilio, la llevó hasta su propia casa para darle agua y abusó sexualmente de la menor realizándoles tocamientos. Asimismo el 11 de diciembre de 2018, cuando la menor quedó como última pasajera en el transporte escolar, antes de llegar al colegio, la llevó al fondo de la camioneta (últimos asientos) y le realizó tocamientos.

El juez agregó en el fallo que “los hechos probados en el caso consistieron en tocamientos en el cuerpo de la niña por encima de la ropa, en dos oportunidades, con evidente connotación sexual, configurándose así el delito de abuso sexual -en la modalidad más simple”. La agravante del delito se da porque “al momento de los hechos el imputado era el encargado responsable de la guarda de la niña, ya que en su calidad de transportista público era quien pasaba a buscarla por su domicilio para llevarla hasta el colegio, (…) el acusado obró en total aprovechamiento de dichas circunstancias”.

Por otra parte, el magistrado agregó que “ con la decisión acordada no se afectan las garantías de acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva (más bien ocurre lo contrario), dado que aún en el hipotético caso de finalizarse el proceso de un modo ordinario, en un eventual juicio oral -y no con la salida alternativa que aquí se presentó-, la sentencia que recaería, (…) sería similar a la acordada por las partes.(…)  La opinión de la progenitora de la niña víctima -respecto a este punto- resulta esencial para resolver en el sentido acordado, toda vez que expresamente manifestó no tener ningún tipo de intención de arribar a un juicio oral, dado que prefiere que la causa se finalice en esta etapa”.

Respecto al monto de pena de prisión solicitada por la fiscalía, el magistrado expresó que “la pena de prisión puede ser dejada en suspenso en este caso toda vez que el imputado no registra condenas anteriores”.

Por último, acerca de la imposición de la pena de inhabilitación especial complementaria solicitada por el fiscal para conducir vehículos de transporte de pasajeros tanto público como privado, el juez consideró que “los hechos por los que condeno a Contreras fueron cometidos en el desempeño o en ocasión de una actividad o conducta regulable -como chofer de un transporte público de pasajeros- (…) se trata de un delito doloso -abuso sexual simple agravado-, cometido por el nombrado con pleno conocimiento e intención de realizar”.

Finalmente el juez ordenó remitir en forma inmediata la información pertinente al Registro de Procedimiento y Notificación de Antecedentes de condenados por Delitos contra la Integridad Sexual .

Te puede interesar
imagen_2025-06-30_202929458

Siete meses de prisión a padre por golpear a sus hijos

InfoTec 4.0
Judiciales30 de junio de 2025

En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico, Alejandro Gilardenghi, condenó a un hombre de 29 años, como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por el vínculo -tres hechos-; a la pena de siete meses de prisión de efectivo cumplimiento, con expresa  declaración de reincidencia.

TRIBUNALES BUENOS AIRES

Abusó de las amigas de su hija y fue condenado a 7 años de prisión

InfoTec 4.0
Judiciales26 de junio de 2025

El acusado, había llegado en libertad a la instancia final del juicio donde los jueces Ricardo Perdichizzi, Paula Soulé y Fabián Riquert en el Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Mar del Plata lo condenaron por haber manoseado a las menores y haberse masturbado delante de ellas, en casos ocurridos en noviembre de 2019 y en agosto y octubre del 2020, en su vivienda de la localidad de Comandante Nicanor Otamendi, en el partido de General Alvarado, según indicó el Ministerio Público Fiscal.

Centro Judicial santa Rosa

Adolescente pidió perdón y fue absuelto: la víctima lo respaldó

InfoTec 4.0
Judiciales19 de junio de 2025

Cuando en agosto de 2023 se implementó en La Pampa el nuevo Procedimiento Penal para Adolescentes, más conocido como régimen penal juvenil para jóvenes de 16 y 17 años, se hizo hincapié en un aspecto fundamental por tratarse de un cambio de paradigma: la necesidad de que el adolescente se haga responsable de sus conductas, pero también que la solución no sea exclusivamente punitiva; sino que exista una vía alternativa a través de medidas socioeducativas que permitan una solución integral entre todos los actores involucrados en el conflicto penal.

Lo más visto
chancho van praet ruta 5

Violento vuelco tras embestir un jabalí en la 188 entre Van Praet y Realicó

InfoTec 4.0
Policiales30 de junio de 2025

Un violento siniestro vial se registró en la mañana de este lunes sobre la Ruta Nacional N°188, a la altura del kilómetro 463, entre las localidades de Adolfo Van Praet y Realicó. Un automóvil Volkswagen Gol Trend blanco, conducido por un empleado bancario que se dirigía hacia Realicó, volcó sobre la banquina norte tras embestir un jabalí de grandes dimensiones que se cruzó intempestivamente en la calzada.

VUELCO UTILITARI OCITROEN 1

Vuelco en ruta nacional 35 al norte de Huinca Renancó: un herido trasladado al hospital

InfoTec 4.0
Policiales01 de julio de 2025

Un siniestro vial se registró esta mañana en la Ruta Nacional 35, a la altura del kilómetro 535, al norte de Huinca Renancó, cuando un vehículo particular volcó por motivos que aún se investigan. El conductor del rodado resultó herido y fue trasladado por personal de emergencias al hospital local. Se le habría cruzado un animal, lo cual lo habría llevado a realizar un maniobra evasiva que lo desestabilizó perdiendo su trayectoria. se dirigía con destino a Realicó.-

Embrici

(Video) SAPEM: Embrici aclaró que ya se audita externamente, marcó errores de LLA y JxC y generó ruido en la UCR

InfoTec 4.0
Locales01 de julio de 2025

“Presentaron una propuesta rebuscada, con inexactitudes y hasta datos que no son reales. Así queda en evidencia quiénes vienen a calentar la banca”. Con esa frase, la concejal del FreJuPa, Leticia Embrici, desarmó el pedido de auditoría externa impulsado por La Libertad Avanza y Juntos por el Cambio sobre la empresa Realicó en Desarrollo SAPEM. Lejos de evadir el tema, Embrici refutó punto por punto a la oposición: informó que la SAPEM ya está siendo auditada externamente por profesionales matriculados, expuso errores legales graves en la redacción del proyecto y dejó en evidencia la falta de conocimiento de quienes lo impulsaron, al confundir incluso la forma de designación de los directores. La sesión fue tensa, y también sacó a la luz incomodidades dentro del radicalismo local.