MODIFICARON CONDICIONES PARA ACCEDER AL INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA

A través de la Resolución 16/2020 el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estableció que el beneficio no alcanzará a personas privadas de la libertad, a jóvenes de hasta 25 años que viven con sus padres y que habrá entrecruzamiento de datos con evaluaciones socioeconómicas

Nacionales13 de agosto de 2020INFOTEC 4.0INFOTEC 4.0
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A través de la Resolución 16/2020 publicada en el Boletín Oficial el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estableció una serie de modificaciones con respecto al alcance y las condiciones para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

Serán tres los cambios en las condiciones para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia, la ayuda monetaria de 10 mil pesos que se implementó para asistir a sectores vulnerables en medio de la pandemia del coronavirus.

En el texto, el Gobierno aclaró que “las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no están alcanzadas” para recibir el IFE “por no reunir la calidad de destinatarios establecida en su artículo 2° (del texto original)”.

La Resolución también señala que “cuando el o la solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la ANSES sea igual al domicilio de sus padres registrado en dicho organismo, el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el presente”.

En otra de las modificaciones se aclara que en un principio la ANSES podía solicitar a la Agencia Federal de Ingresos Públicos datos de los solicitantes para avalar las respectivas solicitudes, pero desde hoy será en todos los casos: “La Administración Nacional de la Seguridad Social requerirá a la AFIP la realización de la evaluación socioeconómica y patrimonial a fin de determinar la pertinencia de cada solicitud.”

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