
Makintach lamentó que deberá “hacer un duelo muy fuerte” tras ser destituida
La ex jueza fue inhabilitada por unanimidad para ejercer cargos.


El Tribunal de Impugnación Penal confirmó la condena por abuso sexual, con acceso carnal, contra el boxeador oriundo de Parera, Martín Rios, aunque le redujo la pena de ocho a seis años de prisión de cumplimiento efectivo. ¿El motivo? Que en el momento en que se produjo el hecho, el acusado había llegado recientemente a la mayoría de edad.
Judiciales21/12/2021
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El fallo de la Sala A del TIP fue rubricado por la jueza María Eugenia Schijvarger y el juez Fernando Rivarola. El recurso de impugnación había sido presentado por el defensor particular del imputado, Gastón Gómez.


Con las pruebas reunidas durante el juicio oral, el juez de audiencia de General Pico, Carlos Pellegrino, dio por probado que el victimario y la víctima, en aquella época de 14 años, fueron a buscar unos animales que estaban pastando en un campo. En esas circunstancias, y aprovechando una distracción del niño, el acusado consumó la agresión a pesar de la resistencia y el pedido de auxilio de aquel.
Luego, y bajo amenazas de que no contara nada, ambos regresaron a la casa del condenado. Allí, su madre, luego de saber lo sucedido, bañó a la víctima y le dijo que no contara nada porque su progenitora podría sufrir represalias.
“¿Qué ganaría inventando un relato?”
Schijvarger y Rivarola confirmaron que los hechos fueron así. “La coherencia entre la información obtenida en la pericia (psicológica, con indicadores de tipo proyectivo y de tipo clínico) y el relato de los hechos que efectuara (la víctima), pondera hacia la consistencia interna de toda la información obtenida; debilitando la presunción de que la información fuera falsa”.
A su vez, con respecto al careo entre la madre del imputado y la víctima, a la hora de evaluar “qué calidad de información debe asignarse a uno y a otro, ya que todos son testigos y sus declaraciones fueron contradictorias, no podemos soslayar el análisis de la pericia psicológica, que le dio fuerza al testimonio” del damnificado, sostuvieron los magistrados.
“Frente a ello –agregaron–, los testigos de descargo que plantearon la inexistencia del hecho fueron la madre y el padre del imputado, por lo que esa proximidad del vínculo no puede estar ausente a la hora de valorar el peso de la información que aportaron a pesar de ser testimonios desincriminantes”.
“Ante esa dicotomía entendemos que la sentida declaración de la víctima, y la angustia que surgió de la escucha de su testimonio; más las concordancias que señaló la psicóloga forense, los aportes de su esposa durante el juicio y las conductas de sobreprotección a su pequeña hija (…), nos conduce a compartir la conclusión del juez de audiencia (…) Por ello es que le daremos prevalencia a la información aportada por la víctima y la psicóloga en su pericia, frente a los testimonios de descargo provenientes de la madre y del padre del acusado”, remarcó el TIP.
Y acotó: “A mayor abundamiento, nos preguntamos: ¿qué ganaría la víctima inventando un relato de esas características?, ¿para qué se expondría a llorar en un debate y transitar una situación tan penosa? No visualizamos, desde este razonamiento, una razón para someterse a este trance solo para mentir y perjudicar al acusado”, un boxeador y árbitro de fútbol.
Una reducción de la pena.
Con relación a la pena, aunque Gómez había solicitado que se lo releve a su defendido de cumplir con ella, Schijvarger y Rivarola no lo hicieron, pero sí la bajaron en dos años, de ocho a seis de prisión.
“Si bien legalmente (el acusado) resultó responsable” de cometer el abuso sexual con acceso carnal, “la mayoría de edad al momento del hecho recién la había alcanzado hacia siete meses”, ya que el delito quedó acreditado en diciembre de 2010 y él había cumplido los 18 años en mayo, indicó el TIP.
Ello no es un argumento para eludir la responsabilidad penal, aunque “tampoco es menos cierto que la intensidad del reproche debe adecuarse a ese instante de su desarrollo vital. En tal sentido, consideramos que la imposición del mínimo de la pena previsto en la escala penal del delito (seis años) es una cuantificación que se ajusta en mayor proporción a su nivel de madurez”, concluyeron los magistrados.





La ex jueza fue inhabilitada por unanimidad para ejercer cargos.

Será a las 13 en Comodoro Py. Qué dice la defensa del acusado.

Es después de la decisión del Tribunal Oral Federal 2.

Así lo dispuso el Tribunal Oral Federal 2 (TOF) que integran Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.

El encuentro fue este domingo, un día después de que Emerenciano y César Sena, además de Marcela Acuña, fueran condenados.

“No hagan en internet lo que no harían en la vida real” y “no se saquen las fotos que no quieran que se vean”. Esas dos frases, entre otras, dejaron a modo de conclusión los especialistas en ciberdelitos que brindaron charlas para estudiantes secundarios el colegio santarroseño Madre Teresa de Calcuta y en el Instituto Catriló.







En las primeras horas de la noche de hoy martes, alrededor de las 20:30 un hombre de 87 años que vivía solo en una vivienda ubicada sobre calle Rivadavia al 1837, sector oeste de Realicó se habría disparado con un arma de fuego perdiendo la vida de forma inmediata.

La EPET N° 6 de Realicó abrió sus puertas este jueves 20 de noviembre para recibir a la comunidad en su tradicional muestra anual de trabajos, una actividad profundamente arraigada en la vida institucional y que cada año convoca a cientos de visitantes. Desde las 19, familias, exalumnos, autoridades y vecinos recorrieron los pasillos del establecimiento para conocer de cerca los proyectos desarrollados por los estudiantes durante el ciclo lectivo 2025. MIRÁ TODOS LOS VIDEOS DE NUESTRA RECORRIDA POR EL COLEGIO.-

Un veterano de la Guerra de Malvinas falleció este jueves por la tarde en la Ruta Nacional 7, a la altura del kilómetro 494, en cercanías de Laboulaye, luego de perder el control de la motocicleta en la que viajaba rumbo a Mendoza para participar de un encuentro de excombatientes. El hecho ocurrió sin la intervención de otro vehículo y fue descubierto por sus propios compañeros de ruta.

Pasadas las 7 de este viernes, dos vehículos chocaron en cercanías de Fernández Oro provincia de Rio Negro, al límite con Neuquén. Hay demoras en el tránsito.

Un trágico accidente ocurrido pasadas las 7 de la mañana sobre la Ruta Nacional 22, en el tramo que une Allen con Fernández Oro, se cobró la vida de cuatro integrantes de una familia de Catriel y dejó a dos personas heridas. El siniestro involucró a una camioneta Volkswagen Amarok V6, conducida por un joven de Allen identificado como Axel Araneda —conocido como “el Chinito”— y a una Ford EcoSport en la que viajaban cinco ocupantes rumbo a Las Grutas para aprovechar el fin de semana largo.

El promedio de un sueldo en octubre fue de $1.441.346, por debajo de la media nacional de $1.483.740, según un informe de Interbanking basado en más de 2,3 millones de transferencias salariales. El estudio revela fuertes disparidades regionales.

Cuatro personas —dos mujeres y dos menores— murieron este viernes en la autovía de la Ruta 22, a la altura de Fernández Oro, tras un choque frontal que terminó en un incendio inmediato. El siniestro ocurrió cuando una camioneta Volkswagen Amarok negra sin patente impactó violentamente contra una Ford EcoSport en la que viajaba una familia que se dirigía hacia Las Grutas. La intensidad del impacto fue tal que el vehículo familiar se prendió fuego en cuestión de segundos, impidiendo cualquier intento de escape.

La Justicia federal avanza en una nueva etapa dentro del proceso de decomiso de bienes de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, en el marco de la Causa Vialidad. Tras la confirmación de la condena y el decomiso inicial de propiedades, los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola preparan un nuevo listado que incluye un inmueble clave: el departamento de San José 1111, en el barrio porteño de Constitución, donde la exmandataria cumple prisión domiciliaria.







