
En el mismo se estableció que su empresa se quedaba con el 30 por ciento de lo que recaudaba la entidad en el exterior.


El juez de control de General Acha, Diego Ariel Asin, condenó hoy a Cristian Matías Hernández a tres años de prisión de ejecución condicional, por ser autor del delito de abigeato y de afectar el desenvolvimiento normal de una explotación petrolera, en dos expedientes distintos.
Judiciales05/05/2022
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El primer hecho probado ocurrió cuando la policía interceptó al acusado, en la ruta provincial 34, cuando circulaba en una camioneta Toyota. Allí se le secuestraron ocho caballos que trasladaba en un carro y que, por las marca de fuego, se demostró que no pertenecían a él.


El segundo se produjo cuando, junto a dos personas, negó el paso de vehículos de empresas petroleras (y empleados) subcontratistas de Pampetrol, poniéndole un candado y alambres a una tranquera; “afectando el desenvolvimiento de la explotación e impidiendo el ingreso y egreso de la batería ‘El Jabalí’ que recibe la producción de veinte pozos, generando con ese accionar persistente en el tiempo, un peligro inminente de derrame con el consecuente riesgo para el personal de la empresa y de daño ambiental”, señaló el magistrado en el fallo.
El abigeato está descripto en el artículo 167, segundo párrafo, del Código Penal; y esa afectación en el artículo 174, inciso 5, que habla del que “maliciosamente afectare el normal desenvolvimiento de un establecimiento o explotación comercial, industrial, agropecuaria, minera o destinado a la prestación de servicios”.
El conflicto penal se resolvió a través de un acuerdo de juicio abreviado propuso, en forma conjunta, por la fiscala de 25 de Mayo, Eugenia Paola Bolzan; la defensora particular Mariela Noemí Soto, y el propio imputado (39 años, domiciliado en aquella localidad) quien admitió su culpabilidad.
Con relación a los damnificados, la empresa Pampetrol dio su consentimiento al abreviado a través de su apoderada, Vanesa Barrionuevo; mientras que el dueño de los equipos, no se opuso, aunque solicitó que le sean abonados los perjuicios que le ocasionó el delito cometido por Hernández.
Las partes también convinieron, y así quedó plasmado en la parte resolutiva de la sentencia, que el imputado deberá cumplir con reglas de conducta durante tres años (fijar residencia y someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras).
Los jueces y juezas, de acuerdo al artículo 344 del Código Procesal Penal de La Pampa, están impedidos, en los juicios abreviados, de imponer penas más severas a las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.





En el mismo se estableció que su empresa se quedaba con el 30 por ciento de lo que recaudaba la entidad en el exterior.

Surge la duda si los jugadores cobraron a “tipo oficial” y alguien se quedó con la diferencia de la brecha

Los propietarios son Luciano Pantano y su mamá jubilada, quienes están en la mira por ser presuntos “testaferros” del tesorero de AFA, Pablo Toviggino.

El empresario vinculado con Claudio “Chiqui” Tapia fue impedido de abordar un vuelo hacia Uruguay con todos los pasaportes de su familia en su poder

También reaccionó Bullrich, quien criticó al juez por su decisión.

La decisión judicial también alcanzó al tesorero de la entidad, Pablo Toviggino.







Emiliano León Valle, el niño de un año hijo de Selene Valle, oriunda de Realicó, fue dado de alta médica luego de haber atravesado con éxito el proceso de recuperación tras el trasplante hepático al que fue sometido el pasado 19 de diciembre en la ciudad de Córdoba y cuyo donante fue su papá. La noticia fue compartida por su mamá, quien hizo público el emotivo momento vivido por la familia al retirarse del hospital, cerrando una etapa marcada por la incertidumbre y dando paso a la esperanza.

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La Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) falló a favor de un reclamo de la Coalición Cívica. La presidenta del organismo, Erica Riboyra, tiene 10 días para aportar documentación precisa sobre el estado del complejo habitacional.

El siniestro ocurrió en la noche de este 31 de diciembre sobre la calle Estrada. La rápida intervención de los propietarios y vecinos con matafuegos evitó que las llamas consumieran un Renault Megane.

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Lo ocurrido durante los festejos de Año Nuevo en Realicó volvió a encender el debate en torno al uso de pirotecnia y, especialmente, a la forma en que el Municipio aplica —o interpreta— las sanciones previstas para estos casos.

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