
En el mismo se estableció que su empresa se quedaba con el 30 por ciento de lo que recaudaba la entidad en el exterior.


Un hombre de 40 años fue condenado a nueve años de prisión de efectivo cumplimiento como autor de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal, como delito continuado, ambos agravados por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con un menor de 18 años.
Judiciales05/05/2022
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La víctima fue la hija de quien en ese momento era la pareja del imputado, quien contaba con 9 años al momento de la denuncia. Las pruebas aportadas en el juicio permitieron corroborar que el imputado abusó sexualmente de la menor en reiteradas oportunidades.


El debate tuvo lugar durante las jornadas del 21, 22, 25 y 26 de abril del corriente año, con la actuación unipersonal del juez de audiencia de juicio de General Pico, Federico Pellegrino, la intervención del fiscal Luciano Rebechi y el defensor particular Jerónimo Altamirano.
En los alegatos finales el fiscal solicitó la aplicación de una pena de doce años de prisión de efectivo cumplimiento. La defensa técnica del imputado al momento de alegar solicitó la absolución de su defendido.
Pellegrino agregó en el fallo que “el presente legajo, comparte las características propias de las investigaciones sobre delitos de contenido sexual, debido a que se producen en la intimidad, de forma `intra muros`, en ausencia de testigos, con dificultad para la obtención de pruebas directas que objetivasen su producción y dentro del círculo familiar, donde el abusador tiene acceso irrestricto a la víctima. Además, la damnificada resulta ser menor de edad, debiendo sumarse la dificultad de comprensión de los actos practicados”.
Entre los elementos agravantes al momento de fijar la sanción a imponer, el juez evaluó la propia naturaleza de los hechos cometidos, la edad de la víctima, el rol que el imputado representaba para la menor damnificada y su deber de protección, la extensión del daño causado,” la afectación producida en varias personas, ya que no solo afecta de forma directa a la damnificada, sino también a sus hermanos menores, entre los que se encuentra el propio hijo del imputado, que deberán crecer sin su presencia”. También el magistrado señaló como agravante la reiteración de los hechos cometidos.





En el mismo se estableció que su empresa se quedaba con el 30 por ciento de lo que recaudaba la entidad en el exterior.

Surge la duda si los jugadores cobraron a “tipo oficial” y alguien se quedó con la diferencia de la brecha

Los propietarios son Luciano Pantano y su mamá jubilada, quienes están en la mira por ser presuntos “testaferros” del tesorero de AFA, Pablo Toviggino.

El empresario vinculado con Claudio “Chiqui” Tapia fue impedido de abordar un vuelo hacia Uruguay con todos los pasaportes de su familia en su poder

También reaccionó Bullrich, quien criticó al juez por su decisión.

La decisión judicial también alcanzó al tesorero de la entidad, Pablo Toviggino.







Comerciantes de Realicó manifestaron ante este medio, disconformidad con la obligación de cerrar sus puertas a las 14 horas este martes 31 de diciembre, tal como lo establece la normativa vigente a la que adhirió el municipio en el marco de una Ley provincial Nº 2717. La medida, que se repite cada año en las fiestas de fin de año, volvió a generar reclamos en un sector que atraviesa un contexto económico complejo y que considera la restricción horaria como “perjudicial” para la actividad comercial en una de las fechas más importantes del calendario.

El siniestro ocurrió en la noche de este 31 de diciembre sobre la calle Estrada. La rápida intervención de los propietarios y vecinos con matafuegos evitó que las llamas consumieran un Renault Megane.

La tormenta ingresó desde el sur provincial y azotó la Capital. Hubo daños importantes en vehículos en el aeropuerto y preocupación por el colapso de los talleres de reparación.

Lo ocurrido durante los festejos de Año Nuevo en Realicó volvió a encender el debate en torno al uso de pirotecnia y, especialmente, a la forma en que el Municipio aplica —o interpreta— las sanciones previstas para estos casos.

El hecho ocurrió en la tarde de este jueves 1° de enero sobre la calle 2 de marzo. Aunque inicialmente se activó la alerta por un incendio estructural, el fuego se limitó al sector de los fondos de la propiedad y fue rápidamente controlado.

La víctima presenta signos de violencia y se investiga si se trató de un femicidio.

Se confirmó que eran familiares entre sí y aparecieron fusilados dentro de una lancha que estaba la deriva en el río Coronda.

El cuerpo fue encontrado este viernes por la mañana en un domicilio de General Pico. La investigación está a cargo del fiscal Francisco Cuenca y se desarrolla bajo un fuerte hermetismo.







