Absolvieron a un acusado de abusar de una nena de 13 años

El juez Daniel Sáez Zamora absolvió a un hombre que llegó a juicio oral acusado de abuso sexual en dos ocasiones en perjuicio de una menor de 13 años.

Judiciales31 de mayo de 2022Infotec 4.0Infotec 4.0
juez absolvio

Durante los alegatos, la fiscal Verónica Ferrero había solicitado la pena de 12 años de prisión para el imputado. El juez, en el fallo, aseguró que durante el debate y con las pruebas presentadas por la Fiscalía no se pudo acreditar con certeza los hechos y por el beneficio de la duda dictó la sentencia absolutoria.

La niña había declarado en Cámara Gesell que su tío la había abusado sexualmente en dos oportunidades. Una cuando tenía entre 3 y 4 años (años 2011-2012) y otra cuando tenía 10 años (2019). La denuncia la hizo la madre de la niña en septiembre de 2020.  

En los alegatos, la fiscala Ferrero acusó al hombre del delito de "abuso sexual de una menor de 13 años gravemente ultrajante por las circunstancias de realización del acto en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, en dos oportunidades" y solicitó que "se le imponga la pena de 12 años de prisión".

En tanto, la defensora oficial Paula Arrigone había pedido la absolución de su defendido. 

Al analizar los dos hechos denunciados y las pruebas presentadas durante el debate, el juez determinó que la única prueba concluyente es la declaración de la víctima, ya que el informe pericial "sostiene que si bien los dichos de la niña son creíbles, lo cierto es que (…) no muestra indicadores específicos de abuso sexual, más allá de su relato".

Además, la defensa presentó pruebas de que su defendido no estaba en Santa Rosa, sino que residía en Comodoro Rivadavia cuando habría ocurrido el primer hecho. 

Te puede interesar
miguez-fiscal

Abusó de la hija de su pareja y recibió cinco años de cárcel

InfoTec 4.0
Judiciales16 de mayo de 2025

Un hombre de 53 años fue condenado hoy a cinco años de prisión por ser autor del delito de abuso sexual por tocamientos, agravado por la guarda y como delito continuado; en el marco de las leyes  26.485 y 26.061 de Protección Integral contras las Mujeres y de Protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, respectivamente.

Lo más visto