
La Justicia excarceló a tres militantes acusados en la causa por el escrache en la casa de Espert
El Juzgado Federal N.º 1 de San Isidro ordenó este sábado la excarcelación de Iván Díaz Bianchi, Aldana Muzzio y Candelaria Montes.
Tras la prisión preventiva hasta la finalización del proceso dictada por la Justicia para la joven acusada de asesinar a su bebé en Quetrequén, el fiscal general Armando Agüero, explicó detalles de la investigación, remontándose hasta el día del trágico suceso y todo lo que sucedió posteriormente a nivel judicial.
Judiciales14 de junio de 2022GENERAL PICO | Comenzó con la encarcelación de la pareja de la mujer, donde indicó que estuvo demorada 24 horas, pero “a los efectos de asegurar la prueba, porque él es el que pone en conocimiento a la Policía de lo que había ocurrido, así que teníamos que asegurar el testimonio de él, y confirmarlo o no a partir de otros testimonios. Recién al otro día, ya nosotros teníamos más en claro la situación, habíamos recabado otros testimonios e inmediatamente recupero la libertad” precisó.
En este punto, el fiscal general también añadió en diálogo con Radio Infopico que “en principio hoy no habría muchos elementos que permita vincular a la pareja en la muerte de este bebe recién nacido”.
Por otro lado, la joven declaró el jueves como imputada, ya que luego del parto se la trasladó al Hospital para una cuestión de atención médica.
Pero además, por las circunstancias del hecho se propuso llevar adelante una intervención psiquiátrica forense que, según el fiscal, “va a llevar varias entrevistas, pero para determinarse cuáles fueron las razones que la determinaron a llevar esa conducta adelante y si esas razones pueden ser contempladas como una atenuante o un justificante dentro de la conducta de ella, o no y en ese caso recibirá el castigo que prevé la ley penal para el homicidio agravado por el vínculo que es la pena de prisión perpetua” detalló Agüero.
El jueves se realizó la audiencia de formalización. “Desde el punto de vista de la Fiscalía nosotros pedimos la formalización por un homicidio agravado por el vínculo y desde el punto de vista de la defensa, se solicitó que se tuviera en cuenta, que se contemplaran las especiales circunstancias en que este se realizó y la posibilidad de una emoción violenta así que en eso se centró la formalización” aseguró.
“Los dos involucrados no poseen antecedentes penales, ni tampoco hechos de violencia o denuncias. Los familiares que fueron entrevistados no imaginaban que algo así podría ocurrir, no tenían conocimiento de ningún conflicto que los hiciera preocupar” expresó Agüero.
El fiscal dijo que “es un hecho, que cualquiera se puede dar cuenta que ha traído una historia lo suficientemente compleja como para que una madre tome esta determinación”, y que el interrogante aquí es por qué lo hizo, explicando cuáles son las motivaciones para llevar adelante esa conducta.
“Este es un caso en donde los defensores tienen que hacer un gran esfuerzo para demostrar porque se llevan adelante estas conductas, es como los casos de legítima defensa” remarcó para finalizar Agüero.
El Juzgado Federal N.º 1 de San Isidro ordenó este sábado la excarcelación de Iván Díaz Bianchi, Aldana Muzzio y Candelaria Montes.
La sentencia se conoció este viernes en la citada provincia donde Cositorto está acusado de estafas.
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En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, la jueza de control de General Pico, Ana Laura Ruffini, condenó a Marcelo Alberto Martín, como autor material y penalmente responsable del delito de fraude contra la administración pública como delito continuado – 22 hechos-; a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial perpetua.
La suma es por el daño estimado por la maniobra sistemática de corrupción en la adjudicación de obras viales en Santa Cruz. Aclararon que debe actualizarse.
En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez de control de General Pico, Alejandro Gilardenghi, condenó a un hombre de 29 años, como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por el vínculo -tres hechos-; a la pena de siete meses de prisión de efectivo cumplimiento, con expresa declaración de reincidencia.
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