Condenado por "Escrachar" a expareja en las redes sociales

Un hombre fue condenado en General Acha por ‘escrachar’ en redes sociales a una expareja, diciendo que le debía dinero y publicando fotos de ella. Por ello, y a partir del procedimiento de juicio abreviado, la jueza de control Laura Alejandra Moscoso Mendieta le fijó a Walter Eduardo Weinberger la pena de dos años de prisión en suspenso, como autor del delito de coacción en dos oportunidades, en concurso real y en el marco de la ley 26485 de Protección Integral contra las Mujeres.
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En el legajo penal quedó probado que el acusado amenazó a la mujer con que si no le devolvía un dinero que le había prestado , “subiría fotos íntimas de ella en las redes sociales con el fin de escracharla.

Unas dos semanas antes, Weinberger había publicado una fotografía de la víctima en un grupo de compraventa en Facebook, que ella integra –y en otras páginas–, “escarchándola de que le debía dinero” y otra imagen con un comprobante de pago y la leyenda “hoy la señorita inglesa cumplió con la primera cuota, lástima que sea tan boca sucia (…) todos los quince de cada mes, le voy a mostrar el ticket de la transferencia para que sepan que está cumpliendo, muchas gracias a todos”.

Días más tarde, la expareja recibió un mensaje de un celular, que tenía agendado como ‘Walter’, con dos fotos de ella en bikini y la pregunta “¿cuál pongo?”. Y tres semanas después, Weinberger volvió a publicar más fotos en el mismo grupo de compraventa expresando: “saquen sus conclusiones…”, “joda en la comarca y no de adolescentes..”, dando a entender, de acuerdo al fallo, que la damnificada “se encontraba en una fiesta clandestina, enviándole mensajes intimidándola de que seguiría publicando fotografías en esa red si no levantaba las denuncias que había realizado” en su contra.

El abreviado fue convenido entre la fiscala María Virginia Antón, la defensora particular Florencia Dukardt González y el propio imputado, de 57 años y sin antecedentes penales registrables, quien admitió su culpabilidad.

 Las partes también acordaron, y así lo dispuso la magistrada en la parte resolutiva de la sentencia, que el acusado deberá cumplir las siguientes pautas de conducta durante dos años:

fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, no acercarse ni contactar a la víctima, abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas, y realizar un tratamiento psicológico.

 Moscoso Mendieta mantuvo una entrevista con la víctima, y al explicarle los alcances del juicio abreviado, la mujer también dio su consentimiento. En este tipo de procesos, los jueces y juezas no pueden imponer penas más severas que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.

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