Villa, condenado por violencia de género, también ira a juicio por abuso

Se trata de la causa en la que fue acusado por una ex pareja a raíz de un episodio a mediados de 2021. El viernes fue condenado por violencia de género.

Nacionales05 de junio de 2023INFOTEC 4.0INFOTEC 4.0
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Sebastián Villa, delantero de Boca Juniors condenado por violencia de género, irá también a juicio por abuso sexual.

Lo decidió el juez en lo penal Javier Mafucci Moore tras el pedido de la fiscal Vanesa Gonzalez a raíz de la denuncia hecha por una ex pareja.

La decisión se da a conocer a poco que Villa fuera condenado el viernes a dos años y un mes de prisión por violencia de género por el delito de lesiones leves y amenazas a raíz de un episodio que tuvo como víctima a su ex pareja Daniela Cortés, el 27 de abril del 2020 en Canning. 

Por ese juicio, se le impuso una pena en suspenso y Boca decidió que no jugara más en el club aunque sigue siendo parte del mismo por el contrato. 

En esta causa, que es por un delito que prevé hasta 15 años de prisión, la defensa intentó desvirtuar la acusación de que Villa abusó a su entonces novia de nombre Tamara en el country Venado II de Canning el 21 de julio del 2021 luego de que ambos asistieran a un asado del que también habían participado otros jugadores de Boca. 

Según la denunciante, él la agredió físicamente y luego la abusó sexualmente. No sólo ello, sino que para que no hiciera la denuncia le ofreció dinero para “silenciarla”. 

La defensa recurrió a un argumento insólito, que no fue abuso, sino que de común acuerdo la pareja practicaba “bondage, disciplina de dominación, sumisión, sadismo y masoquismo”. 

“Esa afirmación carece de toda corroboración y es una especulación claramente dirigida a minimizar o pretender alegar que la violencia que la víctima dice el imputado usó contra ella -al menos en el episodio que aquí nos ocupa- ha sido parte de la práctica habitual y consentida entre ellos. Repito aun en la hipótesis -no comprobada- que ese fuera su habitual tipo de relacionamiento sexual en nada impide que en el acto concreto no haya mediado consentimiento”, reprocha el juez en lo penal Javier Mafucci Moore al elevar a juicio el caso.

Ahora por sorteo intervendrá un juez que tome el caso y disponga la realización del juicio oral y público. En caso de haber condena se regula una pena teniendo en cuenta aquella que se fijó el pasado viernes. 

La defensa también recurrió a que médicas del Hospital Penna la revisaron al día siguiente de los hechos y no señalaron ningún signo de abuso sexual pero para el juez ello “no quita que lo hubiera”. Además, Mafucci Moore recordó que en un diálogo que tuvieron un amigo de la víctima y del jugador si bien no hablaron de “abuso concretamente” sí refirieron a buscar “una solución al tema, llegar a un acuerdo, arreglar, y situaciones por el estilo”.

“La defensa argumenta que Doldán miente porque después de ocurrido el hecho siguió como si nada, se fue a otra fiesta y quienes la vieron dijeron que estaba tranquila. Una vez más los prejuicios, la denuncia tiene que ser inmediata, y el temperamento apenas ocurrido el hecho y al denunciar debe incluir llanto, grito, desolación, tristeza, angustia, o andar contando a todo el mundo lo ocurrido, etc. Las víctimas de abuso sexual cuenta cuando pueden y como pueden y ninguna de esas circunstancias puede incidir acerca de la verosimilitud de su testimonio, sin perjuicio de que corresponda evaluar si sus declaraciones están dotadas de credibilidad subjetiva y objetiva”, resume el juzgado.

”Esta discusión acerca de la concurrencia o no de indicadores inespecíficos de abuso en el caso, y su correcta interpretación mal puede ser zanjada en la instancia, sino que es algo que debería debatirse en juicio, donde se puede, por ejemplo, citar a nuevos peritos, y preguntar y repreguntar a quienes ya actuaron. Una vez se hace patente la pertinencia del amplio debate y no el cierre de la causa que alienta la defensa”, concluyó el juzgado al elevar el caso a juicio.

En ese sentido, señaló que “en esta etapa no es necesario evaluar si la prueba es apta para derribar el principio de inocencia, sino solamente si existe una plataforma adecuada para llevar adelante un juicio, y visto está, que si la hay”.

“La duda -que claramente media en este caso- mal puede servir de base a un sobreseimiento como el alentado. En este estado mal puede conformarse convicción certeza acerca de que sí medió consentimiento por parte de la víctima el día del hecho para llevar adelante el intercambio sexual”, señaló

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