Confirmaron multa a una financiera

A través de una resolución, los integrantes de la Sala 3, de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa, el juez Guillermo Salas y la jueza Laura Cagliolo, declararon desierto el recurso de apelación interpuesto por Cordial y ratificaron en un todo la sanción económica que le había impuesto la Dirección Provincial de Defensa del Consumidor a la compañía financiera en el ámbito administrativo.

Provinciales23/06/2023INFOTEC 4.0INFOTEC 4.0
centro judicial santa rosa

La multa también alcanzó a Paktar SRL, Doringa SRL y al Banco Comafi SA. Las dos primeras firmas directamente no recurrieron y el banco sí lo hizo, aunque la Cámara se lo dio por desistido y ni siquiera lo analizó. El único recurso que revisó fue el de Cordial porque cumplió con los requisitos exigidos. Los artículos violados de la ley 24240 fueron el 4 (deber de información), el 8 bis (trato digno) y el 19 (modalidades de prestación de servicios).

Los hechos.

Desde la Cámara explicaron que el consumidor, en la denuncia, dijo que no sabía qué deuda mantenía con la financiera Cordial ya que esta no le informó sobre el estado de la tarjeta de crédito y que, ante un llamado para consultar por el tema, le respondieron que su paquete (deuda) había sido vendido por medio de un contrato de cesión de cartera de créditos a la firma Paktar. A su vez Paktar le indicó que se la había vendido al Banco Comafi y este tampoco le detalló cuánto adeudaba.

El usuario remarcó que, a pesar de que no había sido informado acerca de su condición de deudor financiero, debido la falta de respuestas de la empresa (Cordial), fue incluido como deudor en el Veraz. Ante ello solicitó el libre deuda de la tarjeta y no se lo otorgaron.

Incertidumbre.

"Vale mencionar que, luego de haberse cedido la presunta deuda del denunciante (de Cordial a Paktar), surge que se procedió a su recompra y que se le informó al consumidor que en 40 días se le entregaría el libre deuda, lo que aconteció un año después", subrayaron Salas y Cagliolo.

"Además, se observó en todo el expediente que la vinculación del usuario fue sucesivamente transferida por cesión de cartera crediticia entre sociedades comerciales y compañías financieras; generando en el consumidor una incertidumbre con respecto a quién era su verdadero acreedor y cuál era el monto adeudado, sin que conste que se le hubiera informado o clarificado debidamente de la circunstancia de los sucesivos traspasos operados con relación a su posición de eventual deudor financiero en el sistema", agregaron.

Más adelante, los magistrados -luego de darle vista a la Fiscalía de Estado, que propuso confirmar la multa- indicaron que "coincidimos con los sólidos argumentos vertidos por los abogados del Estado", y añadieron que "desde esta Sala tenemos dicho que al interesado le corresponde hacerse cargo de los argumentos y de rebatir toda decisión por la cual se le rechaza su defensa, evitando el mero disenso, disconformidad, o consideraciones que no logren descalificar idóneamente los fundamentos" brindados por la Dirección de Defensa del Consumidor.

El recurso de apelación debe "contener una crítica seria y certera de las partes de la resolución que se consideran equivocadas, demostrando acabadamente los errores, deficiencias u omisiones", expresaron los magistrados; y acotaron que en este caso ello no se advirtió.

Correspondencia.

En otro párrafo, Salas y Cagliolo afirmaron que "el acto administrativo (disposición 251/21 del organismo provincial) logró establecer una correspondencia entre las normas que se consideraron infringidas de la Ley de Defensa del Consumidor y las omisiones a los deberes legales o de conducta informativos imputados, en consonancia con las pruebas aportadas, apareciendo respaldada y plenamente justificada la sanción".

Finalmente, los camaristas -además de rechazar la nulidad del acto administrativo- desestimaron los argumentos de la financiera Cordial acerca de que la multa fue "exhorbitante y desproporcionada" y también el planteo de inconstitucionalidad del artículo 45 de la ley 24240 referido a que antes de recurrir a la justicia el apelante tiene que depositar el monto de la multa.

Te puede interesar
utelpamanifestacion2018-11

Utelpa rechaza un posible recorte de vacaciones para los docentes

InfoTec 4.0
Provinciales06/11/2025

La Unión de Trabajadores de la Educación de La Pampa (UTELPa) expresó su preocupación por versiones que circulan en distintas escuelas sobre una posible reducción del período de licencia anual de la docencia, y reclamó al Ministerio de Educación que se respeten los plazos establecidos en el calendario escolar oficial.

Lo más visto
jin nº 9

Condenaron a una docente de Realicó por malos tratos a pequeños del JIN N° 9

InfoTec 4.0
Judiciales04/11/2025

El juez Maximiliano Boga Doyhenard, a cargo del Juzgado Contravencional de la Segunda Circunscripción Judicial con cabecera en General Pico, dictó una sentencia condenatoria contra una docente por tres hechos de malos tratos y castigos inmoderados hacia cinco alumnos de cinco años del J.I.N. N.º 9 de la localidad de Realicó, perpetrados durante el ciclo lectivo 2024. El debate oral y público se celebró los días 15, 16, 17, 20 y 21 de octubre del corriente año interviniendo por el Ministerio Público Fiscal el fiscal Sebastián Rawson Paz y por la defensa el letrado particular Jerónimo Altamirano.

NECROLÓGICAS

Q.E.P.D. Carlos Eduardo Alberici

InfoTec 4.0
Necrológicas04/11/2025

La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socio Carlos Eduardo Alberici a la edad de 77 años. Casa de duelo calle Estrada 1696. Sus restos que son velados en casa velatoria, sala "B" de avenida San Martín y calle Paraguay, recibirán sepultura el 5 de Noviembre de 2025 a las 11:30 horas, previo responso en la sala. La misma permanecerá cerrada desde las 0.00hs.hasta las 07.00hs.

utelpamanifestacion2018-11

Utelpa rechaza un posible recorte de vacaciones para los docentes

InfoTec 4.0
Provinciales06/11/2025

La Unión de Trabajadores de la Educación de La Pampa (UTELPa) expresó su preocupación por versiones que circulan en distintas escuelas sobre una posible reducción del período de licencia anual de la docencia, y reclamó al Ministerio de Educación que se respeten los plazos establecidos en el calendario escolar oficial.