
El Clan Sena se reunió tras ser hallado culpable por el femicidio de Cecilia Strzyzowski
El encuentro fue este domingo, un día después de que Emerenciano y César Sena, además de Marcela Acuña, fueran condenados.


“Ius variandi” es un expresión latina que refiere a la facultad que tiene el empleador de alterar unilateralmente condiciones no esenciales del contrato individual de trabajo. En la Argentina ese derecho está previsto en el Régimen de Contrato de Trabajo, aunque especifica que los cambios no pueden causarle “perjuicio material ni moral” al empleado.
Judiciales03/08/2023
InfoTec 4.0






En una resolución reciente, el Superior Tribunal de Justicia confirmó que una cooperativa de servicios públicos debe reestablecerle los rubros salariales, que le fueron retirados a alguien que ejercía el cargo de gerente y que pasó a desempeñarse en un cargo no jerárquico. Consideró que existió un ejercicio abusivo del ius variandi al declarar inadmisible el recurso extraordinario presentado por la parte demandada.


De esa manera confirmó lo que había resuelto, en igual sentido, la Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de General Pico, conformada por los jueces Mariano Martín y Alejandro Ballester.
El conflicto involucró a una persona que durante casi cuatro años ejerció el cargo de gerente técnico de una cooperativa y que, al disolverse esa área, pasó a cumplir otras funciones. El trabajador demandó al empleador porque le redujo el salario al retirarle el cobro de dos ítems (bonificación como personal jerárquico y dedicación funcional).
La demandada sostuvo que le abonó lo que le correspondía porque, al dejar de ser un empleado jerárquico, no debía percibir esos ítems. Incluso expresó que, en caso contrario, se violaría el principio laboral de igual salario por igual tarea y calificó la resolución de la Cámara de “arbitraria e incongruente”.
Martín, autor del voto inicial –al que adhirió Pérez Ballester– había dicho que en el audio de la audiencia de conciliación entre las partes, el juez interviniente, antes de homologarlo, manifestó: “el sueldo es intocable y se respeta la categoría, eso nunca se discutió”. Por eso, el tribunal piquense dijo que, frente a esa afirmación, ni el presidente ni el abogado de la cooperativa formularon objeciones ni expresaron disconformidad.
Fundamentos.
Ahora, la Sala A del STJ, compuesta por los ministros Eduardo Fernández Mendía y José Roberto Sappa, retomó ese argumento al indicar que “la Cámara, en su fundamentación, recordó que el principio de indemnidad exige que en el ejercicio del ius variandi no se cause perjuicio al trabajador”; a la par que destacó “la claridad con que se expresó” el juez de primera instancia, aludiendo a la frase que surgió del audio.
“Los camaristas se detuvieron en la ausencia de objeción por parte de la demandada, por lo que concluyeron que con esa pasividad consintió la determinación del magistrado sobre la liquidación del salario del empleado sin que se afecte su cuantía –acotaron Fernández Mendía y Sappa–. Llegaron así a la convicción de que en ningún momento se concertó expresamente la reducción salarial del trabajador”.
Más adelante, el STJ subrayó que “la remuneración del trabajador se encuentra excluida del ámbito del ius variandi”; añadiendo que no se advirtió que la Cámara de Apelaciones “haya juzgado absurdamente las constancias de la causa” para confirmar la sentencia de primera instancia. “El embate impugnativo se presentó como una mera discrepancia personal”, indicó.
Por último, los ministros señalaron que “resulta atinado recordar que no se acredita la existencia de un absurdo jurídico cuando el recurrente se limita a exponer su opinión discrepante con la del Tribunal de Alzada, cuestionando los presupuestos fácticos en los que se basó su decisión. Tampoco se configura cuando el impugnante se circunscribe a evaluar nuevamente la prueba –según su particular punto de vista–, esgrimiendo discrepancias subjetivas en el intento de descalificar aspectos que son privativos de la labor axiológica de los jueces de las instancias ordinarias”.​





El encuentro fue este domingo, un día después de que Emerenciano y César Sena, además de Marcela Acuña, fueran condenados.

“No hagan en internet lo que no harían en la vida real” y “no se saquen las fotos que no quieran que se vean”. Esas dos frases, entre otras, dejaron a modo de conclusión los especialistas en ciberdelitos que brindaron charlas para estudiantes secundarios el colegio santarroseño Madre Teresa de Calcuta y en el Instituto Catriló.

El jurado popular dio su veredicto contra el clan Sena y Griselda Reynoso quedó en libertad.

Los integrantes del jurado solicitaron un cuarto intermedio para revisar algunas pruebas.

Una cuidadora de adultos mayores fue condenada a dos años de prisión en suspenso y deberá devolver casi tres millones de pesos luego de haber estafado en más de 250 ocasiones a dos mujeres a través del uso indebido de sus tarjetas de crédito y débito. La sentencia fue dictada por el juez de control Néstor Daniel Ralli y recayó sobre Gisela Alderete, de 29 años, quien admitió su responsabilidad en los hechos.

El exministro de Planificación Federal del kirchnerismo fue enviado al Complejo Penitenciario Federal, donde deberá pasar cuatro años en prisión.







La tarde de este sábado 15 de noviembre dejó escenas de preocupación en Realicó, cuando las intensas ráfagas de viento arrancaron por completo el techo de una vivienda ubicada en calle Matiazzo al 2200, en el sector sudeste de la localidad, detrás del predio del Instituto Parroquial Sagrada Familia.

La violenta tormenta que azotó este sábado a Intendente Alvear y Ceballos dejó un panorama de destrucción que vecinos y autoridades describen como “nunca visto”. Las ráfagas, de una fuerza inusual, provocaron la caída de árboles, postes, columnas, estructuras de comunicación, además de severos daños en viviendas y en la red eléctrica de ambas localidades.

La intendenta de Alvear, Agustina García, brindó un testimonio contundente sobre la gravedad del temporal que afectó a la localidad durante la tarde de este sábado. En un breve contacto con Infotec 4.0, la jefa comunal describió un escenario crítico, con múltiples daños materiales, personas afectadas y un amplio despliegue de personal de emergencia.

Las primeras pericias de la Policía de Córdoba indican que el fuego pudo haberse originado por la explosión de una garrafa en la cabina del vehículo.

En la mañana de este lunes se llevó a cabo un operativo de ablación de órganos al adolescente de 13 años que había resultado gravemente herido tras un disparo accidental con un rifle de aire comprimido en la localidad de Jacinto Arauz. El procedimiento estuvo a cargo de profesionales del Incucai y del Hospital Favaloro de Santa Rosa, quienes comenzaron las tareas durante la noche del domingo y continuaron hasta las primeras horas de este lunes.

La comunidad de Embajador Martini vivió este fin de semana un emotivo acontecimiento cultural con la inauguración de una sala permanente dedicada al reconocido artista pampeano Néstor Tellería. El acto, desarrollado en el marco de la 25ª Fiesta del Inmigrante, marcó un nuevo capítulo en la puesta en valor del patrimonio artístico local.

Dos equipos del Instituto Parroquial Sagrada Familia lograron clasificar a la instancia nacional de Mate Clubes, una competencia de resolución de problemas matemáticos que reúne a estudiantes de todo el país. Las alumnas deberán viajar a La Falda, Córdoba, el próximo 30 de noviembre para participar de la última ronda del certamen, pero necesitan reunir fondos para solventar los gastos del viaje y la inscripción.

Una joven de 18 años fue rescatada este sábado por la mañana en Rancul luego de un presunto intento de suicidio, gracias a la alerta inmediata de un vecino y a la rápida reacción de dos efectivos de la comisaría local, quienes lograron reanimarla y evitar una tragedia.







