JxC le exige a Bongiovanni que haga cumplir el Código de Ordenamiento Urbano




Los ediles Pablo Ravera, Claudio Gareis y Federico Rosa solicitaron al Ejecutivo que cumpla con su función de control para la correcta aplicación del Codigo de Ordenamiento Urbano (COUR) y en ese sentido otorgó un listado de irregularidades detectadas que no se hicieron publicas porque no ingresaron en el Orden del Día del cuerpo.

El objetivo de este Código es proporcionar racionalidad y orden al proceso de desarrollo urbano con el propósito de mejorar las condiciones de calidad de vida de la población y asegurar un adecuado desenvolvimiento de las actividades económicas y sociales que se manifiestan en el territorio.
Cabe recordar que hace unos meses, se generó una fuerte polémica por la pretendida excepción que el empresario Gabriel Barbero solicitó para instalar una Estación de Servicio en pleno centro de la localidad. Finalmente esa propuesta fue rechazada por todos los ediles, porque claramente incumplía con la normativa vigente.
Ahora, la mirada está puesta en distintos desarrollos que no cumplirían con la norma legal y no habrían sido advertidos desde la OTPM (Organismo Técnico de Planeamiento Municipal) que es el órgano de aplicación que debe informar al Juzgado de Faltas para que sus autoridades actúen en consecuencia, con la penalidad correspondiente.
El Código establece que todo propietario, profesional, constructor o empresa constructora al estar comprendidos en su alcance, tienen conocimiento de las condiciones que en él se exigen, quedando sujetos a las responsabilidades que se deriven de su aplicación, estando solidariamente involucrados en las infracciones cometidas. Serán responsables de las construcciones sin permiso o modificaciones en obra de planos aprobados que se opongan a las normas establecidas en el presente Código. Se consideran responsables de la documentación los profesionales actuantes y los propietarios
El incumplimiento de las obligaciones establecidas por esta norma será sancionado por las autoridades municipales según lo dispuesto en el Código de Faltas Municipales. El Certificado de uso Conforme, de requerimiento obligatorio, es una herramienta central para el control de uso del suelo.
Además los ediles recordaron que el Código de Faltas Municipal de Realicó en su Capitulo VIII, referido a las obras, en sus artículos 152 sobre construcciones no autorizadas y 153 sobre permisos y planos de obras, establece penalidades frente a los incumplimientos, pero advirtieron que el Juzgado de Faltas no actúa de oficio y por lo tanto para que se establezca una penalidad necesita que el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) formalice esa solicitud dándole traslado al juzgado de las irregularidades o incumplimientos encontrados.
"Los incumplimientos del COUR no solamente establecen un cambio en la vecindad del lugar en los que se han realizado, sino que además generan una situación de inequidad con quienes son respetuosos de las normas" argumentaron.

