
La ex funcionaria se retiró de los tribunales sin responder preguntas. El entramado de la causa.


Condena por abuso sexual simple agravado por haber sido cometido contra una menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma como delito continuado.
Judiciales17/10/2023
InfoTec 4.0






GENERAL PICO | El juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a un hombre de 34 años, como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por haber sido cometido contra una menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma como delito continuado; a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento.


El debate oral se desarrolló el 9 de octubre pasado, con la actuación unipersonal de Pagano, la intervención de la fiscal Ana Laura Ruffini y el defensor particular del acusado, Gastón Eduardo Gómez.
Con las pruebas aportadas durante el juicio el magistrado dio probado que, sin poder precisar fecha exacta, pero aproximadamente desde fines de 2013 hasta principios del 2016, la madre de la menor damnificada y el imputado formaron pareja conviviendo en el mismo domicilio. En las circunstancias de tiempo y lugar mencionadas, en reiteradas ocasiones el imputado abusó sexualmente de la niña (hija de su pareja) cuando ésta tenía entre 6 y 7 años de edad.
Al momento del alegato de clausura, la fiscal solicitó que se le impusiera al imputado la pena de cuatro años de prisión. Por su parte el defensor, al momento de realizar su alegato de clausura solicitó la absolución de su defendido al considerar que no existe ninguna prueba que indique con certeza absoluta la existencia de los hechos denunciados.
En referencia a los hechos debatidos, el magistrado expresó en el fallo que “estas condiciones de vulnerabilidad, merecen una especial protección por parte de los organismos estatales, por lo que debe ponerse de relieve que el presente hecho debe ser analizado con perspectiva de género y observándose el interés superior del niño, teniendo especial consideración en las previsiones que han efectuado tanto la legislación nacional como supra nacional al respecto”.
Más adelante agregó que “respecto a los tocamientos realizados en la menor o la acción de obligarla a que lo toque en sus partes íntimas encuadran en el delito de abuso sexual simple, y configuran delito continuado al existir innumerables acciones de similar entidad cometidas contra una misma persona y en vulneración del mismo bien jurídico protegido.”
Finalmente, al momento de merituar la pena a imponer, el magistrado expresó que “como circunstancia agravante tendré en cuenta que el acusado cometió varios hechos de abuso sexual contra la menor los que fueron creciendo en intensidad a través del paso del tiempo, y como circunstancias atenuantes tendré en consideración la carencia de antecedentes condenatorios a la fecha de los hechos debatidos, que es una persona joven que posee familia constituida y trabajo estable. Por ello, y partiendo de la base que el delito enrostrado posee una pena mínima de tres años que podría recaer en suspenso, considero apropiado fijarla en dicho monto pero de efectivo cumplimiento dado el peso que en mi decisión tiene la reiteración de hechos cometidos contra la damnificada los que fueron creciendo en intensidad y que causaron grave daño en la psiquis de la víctima, circunstancias que no lo hace merecedor de los beneficios del art. 26 del C.P. Por lo dicho es que condenaré al imputado a la pena de tres años de prisión de efectivo cumplimiento”.





La ex funcionaria se retiró de los tribunales sin responder preguntas. El entramado de la causa.

El Tribunal Oral 2 lo considera “equiparable al patio para los presos comunes”

La Justicia de General Pico impuso cuatro años de prisión efectiva a tres de los acusados por la muerte de Gonzalo Muñoz, ocurrida en marzo de 2024 dentro de la Alcaidía de la Unidad Regional II. El tribunal los halló culpables del delito de homicidio en riña y ordenó investigar posibles responsabilidades del personal policial por fallas en las requisas.

El Ministerio Público Fiscal acaba de confirmar hace instantes el hallazgo y pidió retirar las publicaciones del pedido de búsqueda para resguardar su intimidad.

La mujer está imputada como coautora del delito de encubrimiento agravado por ocultar y destruir pruebas. El alcance con la AFA.

La senadora nacional por La Libertad Avanza sostuvo: “Esta mafia ensucia al fútbol argentino”.







La proximidad de las fiestas de fin de año volvió a generar malestar entre comerciantes de Realicó, luego de que inspectores municipales comenzaran a distribuir un boletín informativo recordando los horarios obligatorios de cierre para los días 24 y 31 de diciembre, establecidos por la Ley Provincial N.º 2717. Según la normativa vigente, los comercios deberán cerrar sus puertas sin excepción el 24 de diciembre a las 18 horas y el 31 de diciembre a las 14, sin posibilidad de continuar la actividad ni siquiera con la presencia de los propios dueños.

Un procedimiento policial realizado durante la tarde de este martes en Bernardo Larroudé permitió avanzar en el esclarecimiento del hurto ocurrido anoche en la localidad. Según confirmó a Infotec 4.0 el oficial principal Juan Ignacio Tolosa —actualmente a cargo temporal de la Departamental local— el allanamiento arrojó resultados positivos con el secuestro de una campera sustraída durante el hecho denunciado.

El accidente ocurrió cerca del mediodía en el predio del Centro Deportivo Ranquel, donde funciona la pista de aterrizaje local. El vehículo impactó contra una estructura de concreto que se desplomó sobre la cabina. El conductor permanece internado en observación y la Justicia inició una investigación preliminar.

El Servicio Meteorológico Nacional emitió un alerta amarilla por tormentas para un amplio sector de la provincia de La Pampa, que comenzará a regir durante la noche del viernes 19 de diciembre. El aviso forma parte del Sistema de Alerta Temprana y anticipa condiciones de tiempo severo con impacto en diversas localidades. Siempre aclaramos que estos alertas son probabilidades y varían según la región de acuerdo a los desplazamientos de las tormentas.-

La comunidad de Realicó amaneció con el corazón en vilo. Hoy viernes 19, a muchos kilómetros de distancia, en una sala del Hospital Privado Central de Córdoba, un acto de amor único e irrepetible está teniendo lugar: Mayco, papá de Emiliano, será donante de una parte de su hígado para salvar la vida de su hijo. SUMATE EN CADENA DE ORACIÓN.

El ejemplar varó en San Clemente del Tuyú y activó un operativo de la Fundación Mundo Marino. Pese a los esfuerzos, la necropsia confirmó que padecía un cuadro grave de neumonía.

El secretario de Recursos Hídricos, José Gobbi, desmintió un informe "sesgado y metodológicamente muy malo" que indicaba presencia de arsénico por encima de la aceptada en el agua de Quemú Quemú. "El agua de La Pampa es muy buena y supera análisis microbiológicos y físico-químicos todos los meses", aseguró.

El Tribunal de Impugnación Penal ratificó el fallo contravencional contra una docente del J.I.N. N.º 9 de Realicó, acusada de ejercer castigos inmoderados y malos tratos sobre cinco niños de cinco años durante el ciclo lectivo 2024. La defensa había apelado la sentencia, pero el recurso fue rechazado.







