


Condena a madre por "lesiones leves agravadas por el vínculo", en perjuicio de sus 3 hijos
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GENERAL PICO | Además le impuso por el término de dos años, las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio, y en caso de modificarlo avisar previamente al juez de ejecución o fiscal, y someterse al Ente de Políticas Socializadoras y a la Unidad de Abordaje Ley 2831. También le ordenó el cese de todo acto de perturbación e intimidación respecto de las víctimas; acatar las decisiones del Organismo de Protección de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes interviniente en el proceso de re vinculación con las víctimas; continuar con el tratamiento psicológico iniciado oportunamente y abstenerse de cometer nuevos delitos.
Las pruebas aportadas en el acuerdo permitieron comprobar que entre el 26 y el 28 de mayo de 2023, sin poder precisar el horario específico, encontrándose en el interior del domicilio que comparte con su pareja y sus hijos, la imputada luego de discutir con su hija de 13 años, la agredió físicamente golpeándola, luego la tomó de sus cabellos y le golpeó intencionalmente su cabeza contra una pared de la vivienda. Asimismo, usualmente la obligaba a realizar todas las actividades del hogar, insultándola verbalmente.
Asimismo, y a lo largo de toda la convivencia, hasta la fecha de denuncia, en el hogar con sus hijos desde que los adolescentes tienen aproximadamente 7 años de edad, haber ejercido violencia de forma sistemática sobre los niños, utilizando elementos como palos de escoba, cintos, propinándoles golpes de puño y patadas, o golpeando sus cabezas contra la pared.
Producto de todas estas situaciones descriptas, los tres adolescentes vivenciaron temor hacia su madre, a punto tal que manifestaron al equipo de la Unidad de Protección de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes interviniente, que no desean convivir con su progenitora.


El acuerdo fue presentado por el fiscal Guillermo Komarofky y el defensor oficial Guillermo Costantino. La denuncia fue realizada por el Asesor Pedagógico del establecimiento educativo donde concurre la menor damnificada.
Sobre la sanción aplicable, el juez expresó que “como lo marca la ley procesal el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas. En tal sentido, acuerdan las partes que se condene a la imputada a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional, dado que no cuenta con antecedentes penales, con la imposición de reglas de conducta”.






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