Condenaron a prisión perpetua a los tres acusados por el crimen de Fabián Gutiérrez
Fabián Gutiérrez fue asesinado en 2020. Los agresores suponían que tenía una fuerte suma de dinero.
Lo resolvió la Sala de Feria de la Cámara del Trabajoa. Hicieron lugar a un pedido de la CGT. La medida no analiza la cuestión de fondo vinculada a la constitucionalidad de la reforma de Milei.
Nacionales 03 de enero de 2024 InfoTec 4.0La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó este miércoles una medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) dictado por el gobierno de Javier Milei, informaron fuentes judiciales.
El tribunal de feria hizo lugar al pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), que había apelado una resolución de primera instancia, y dispuso el dictado de una medida cautelar hasta tanto se analice la cuestión de fondo vinculada al análisis de constitucionalidad de la reforma realizada mediante un DNU.
“Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados”, decidieron los jueces por mayoría.
La decisión fue adoptada con los votos de los magistrados José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, que integran la sala de feria de la Cámara del Trabajo junto con la jueza Dora González, que postuló remitir la causa a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que defina qué fuero debe tramitar el expediente.
“No se evidenciaría objetivamente la ‘necesidad’ de adoptar tan numerosas medidas y que, aunque ello pudiera -hipotéticamente- intentar justificarse en la referencias genéricas a ‘un hecho demostrado’, lo cierto y jurídicamente relevante es que no se avizorarían las que se alegan constituyan razones de ‘urgencia’ para eludir la debida intervención del Poder Legislativo en lo que hace a la legislación de fondo”, sostuvieron los jueces que conformaron la mayoría, según surge del fallo al que accedió la agencia de noticias Télam.
“Varias de las normas que el Poder Ejecutivo Nacional pretende modificar sin darle intervención a los legisladores tienen naturaleza represiva o sancionatoria al punto que se las ha incluido como integrativas del derecho penal laboral, calificadas como ‘leyes antievasión’”, agregaron los magistrados.
Los jueces destacaron, además, que “no se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal, máxime cuando el propio decreto reconoce que se encuentra estancada hace 12 años, lo que impide -en principio- considerar la irrupción de alguna circunstancia súbita, imprevisible o de extrema ‘excepcionalidad’”.
EL FALLO DE LA JUSTICIA: OBVIAR AL CONGRESO
“En lo que hace al trámite legislativo que el decreto pretende obviar, cabe mencionar que el Presidente de la Nación se encuentra facultado a convocar al Congreso a sesiones extraordinarias (art. 99 inc. 9 de la Constitución Nacional) y que tanto el Reglamento de la Cámara de Diputados como el de la Cámara de Senadores poseen herramientas que permitirían darle mayor celeridad al tratamiento de cada proyecto en caso de que sus autoridades o integrantes de los cuerpos lo requieran (tramitación en comisiones de manera conjunta y mociones de preferencia o de tratamiento “sobre tablas”)”, recordaron.
Además, señalaron que “resulta, al respecto, insoslayable que mediante el Decreto 76/23 (BO 26/12/23) se ejerció esa facultad y se convocó al Congreso de la Nación a sesiones extraordinarias desde el 26/12/23 y hasta el 31/1/24, a fin de tratar -entre muchísimos otros temas- la ratificación del DNyU 70/23″.
Los magistrados también resaltaron que es una “inveterada doctrina del máximo tribunal que las consideraciones genéricas expuestas en los considerandos de los Decretos de Necesidad y Urgencia resultan inhábiles para justificar el dictado de medidas legislativas por parte del Poder Ejecutivo Nacional”.
Algunas de las modificaciones en materia laboral establecidas en el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que firmó el presidente Milei, que ahora quedaron provisoriamente suspendidas, son la ampliación del periodo de prueba hasta los 8 meses, la incorporación de los bloqueos o tomas de establecimientos como causa de despido y cambios en el sistema de indemnizaciones.
En materia de convenciones colectivas de trabajo, el DNU indica que esa materia “solamente mantendrá subsistentes las normas referidas a las condiciones de trabajo establecidas en virtud de ellas y hasta tanto entre en vigencia una nueva convención colectiva o exista un acuerdo de partes que la prorrogue”.
“El resto de las cláusulas (obligacionales) podrán mantener su vigencia, solo por acuerdo de partes o por la específica prórroga dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional”, señala el DNU.
Fabián Gutiérrez fue asesinado en 2020. Los agresores suponían que tenía una fuerte suma de dinero.
Se debe a la medida dispuesta por el Banco Central de bajar las tasas de interés al 70%. Con la misma la entidad bancaria busca desalentar los depósitos en plazos fijos de los ahorristas para que ese dinero vaya a los mercados. Se aguarda por saber cómo influirá la medida en el dólar que por ahora quedó retrasado.
En pleno brote histórico de dengue, el ministro de Salud de la Nación, Mario Russo denunció que recibe “presiones” por parte de los laboratorios respecto a la producción de la vacuna. “La vacuna es segura y eficaz, pero no es una herramienta válida para mitigar el brote”, reconoció.
El ministro del Interior, Guillermo Francos, aseguró que es un pedido “de los gobernadores” para poder empezar a “solucionar sus problemas fiscales”. En cuanto al Pacto de Mayo, aseguró que “es un objetivo de mucha más trascendencia” que todas las discusiones que haya de por medio
Con el objetivo de sostener el superávit fiscal, el Ejecutivo enviará al Congreso un paquete de medidas fiscales, entre las que se incluyen la reversión de Ganancias.
También fueron despedidos dos empleados del área comercial. Los motivos serán informados al juez Julián Ercolini en las próximas horas
Desde la Dirección de Prevención y Convivencia Ciudadana de la Municipalidad de Realicó, se informó que personal técnico comenzó a realizar el mantenimiento de las cámaras de seguridad que hay instaladas en esa localidad.
La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) recuerda que se mantienen los requerimientos de la Ley vigente con respecto a la documentación solicitada para la circulación en vehículos en todo el territorio nacional. Esto será así hasta se dicten las normas necesarias para la aplicación efectiva de las medidas anunciadas este viernes 3 de mayo de 2024.
Nuevamente una cosechadora se incendió, esta vez fue en un campo ubicado entre los ejidos de La Carlota y Canals. Pese a la rápida llegada de los bomberos el fuego fue implacable destruyendo la maquinaria que en esos momentos estaba recolectando un lote de soja. Ya son innumerables la cantidad de cosechadoras destruidas por las llamas, un problema que afecta tanto a unidades con muchas horas de trabajo como a otras casi cero kilómetro, evidentemente la acumulación del polvillo y restos de materia orgánica propio de la actividad, y algún derrame de combustible o gasoil sumado a alguna fricción se convierten en el combo perfecto para el siniestro.
Esta vez el delincuente no pudo cometer el hecho, ya que fue demorado por personal de la Seccional Segunda.
Quedó legalmente conformado un nuevo espacio político en nuestra provincia. Se trata de “AHORA VOS”, un partido que está naciendo a lo largo y ancho de todo el territorio argentino y que tiene como presidente a nivel nacional, a la legisladora de Buenos Aires, Lucia Montenegro, una de las referentes más cercanas al entorno de Javier Milei y Victoria Villarruel.