
La ex funcionaria se retiró de los tribunales sin responder preguntas. El entramado de la causa.


El juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a Nazareno Ezequiel Díaz, de 31 años, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal agravada; a la pena de cuatro años de prisión, con declaración de reincidencia.
Judiciales07/03/2024
InfoTec 4.0






GENERAL PICO | El juicio se desarrolló entre los días 26, 27 y 28 de febrero del corriente año, en la Sala de Audiencia Nº 1 del Edificio Judicial de General Pico, con la intervención del juez Pagano, el fiscal Damián Campos y el defensor Walter Vaccaro.


Las pruebas aportadas en el debate permitieron al juez dar por comprobado que el 27 de agosto de 2023, cuando la prevención se hizo presente en las inmediaciones de calles 302 y 325 de la ciudad de General Pico, por un llamado que alertaba de un accidente vehicular, halló en el lugar a Nazareno Ezequiel Díaz, el cual se encontraba tendido en la cinta asfáltica, producto de una caída que sufriera a consecuencia de haber convulsionado cuando comandaba una motocicleta de 125 cc, en compañía de una familiar menor de edad.
Al intentar recomponerse, y visualizar la presencia policial y de distintas personas a su alrededor, el imputado se exaltó y comenzó a moverse, cayendo de entre sus prendas un arma de fuego tipo pistola calibre 22 largo, con cargador colocado, que contenía en su interior cinco proyectiles calibre 22 largo, para la cual carecía de todo tipo de documentación y de autorización para su tenencia y/o portación. El arma y los proyectiles se encontraban en perfecto estado de funcionamiento.
En sus alegatos finales, el fiscal Campos expresó que el hecho descripto encuadraba en la figura de portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal agravada, ya que el imputado registraba antecedente condenatorio por delito contra las personas.
Previo a mencionar los agravantes de la pena -no así atenuantes por considerar que no existían-, solicitó la imposición de cinco años de prisión, con el mantenimiento de su carácter de reincidente. Asimismo solicitó el decomiso de los paquetes secuestrados.
Por su parte, el defensor Vaccaro, solicitó la absolución de su defendido por la aplicación del principio “in dubio pro reo” (beneficio de la duda).
Finalmente, al momento de merituar la pena a imponer, el juez coincidió con el fiscal respecto a que “no existen circunstancias atenuantes, aunque como circunstancias agravantes contamos con diversos antecedentes condenatorios que no se limitan al mencionado más arriba. No obstante fijaré la pena en cuatro años de prisión, con expresa declaración de reincidencia, accesorias legales y costas, al considerar el tiempo de privación de libertad acorde con el hecho endilgado”, expresó el magistrado.





La ex funcionaria se retiró de los tribunales sin responder preguntas. El entramado de la causa.

El Tribunal Oral 2 lo considera “equiparable al patio para los presos comunes”

La Justicia de General Pico impuso cuatro años de prisión efectiva a tres de los acusados por la muerte de Gonzalo Muñoz, ocurrida en marzo de 2024 dentro de la Alcaidía de la Unidad Regional II. El tribunal los halló culpables del delito de homicidio en riña y ordenó investigar posibles responsabilidades del personal policial por fallas en las requisas.

El Ministerio Público Fiscal acaba de confirmar hace instantes el hallazgo y pidió retirar las publicaciones del pedido de búsqueda para resguardar su intimidad.

La mujer está imputada como coautora del delito de encubrimiento agravado por ocultar y destruir pruebas. El alcance con la AFA.

La senadora nacional por La Libertad Avanza sostuvo: “Esta mafia ensucia al fútbol argentino”.







La proximidad de las fiestas de fin de año volvió a generar malestar entre comerciantes de Realicó, luego de que inspectores municipales comenzaran a distribuir un boletín informativo recordando los horarios obligatorios de cierre para los días 24 y 31 de diciembre, establecidos por la Ley Provincial N.º 2717. Según la normativa vigente, los comercios deberán cerrar sus puertas sin excepción el 24 de diciembre a las 18 horas y el 31 de diciembre a las 14, sin posibilidad de continuar la actividad ni siquiera con la presencia de los propios dueños.

Un procedimiento policial realizado durante la tarde de este martes en Bernardo Larroudé permitió avanzar en el esclarecimiento del hurto ocurrido anoche en la localidad. Según confirmó a Infotec 4.0 el oficial principal Juan Ignacio Tolosa —actualmente a cargo temporal de la Departamental local— el allanamiento arrojó resultados positivos con el secuestro de una campera sustraída durante el hecho denunciado.

El accidente ocurrió cerca del mediodía en el predio del Centro Deportivo Ranquel, donde funciona la pista de aterrizaje local. El vehículo impactó contra una estructura de concreto que se desplomó sobre la cabina. El conductor permanece internado en observación y la Justicia inició una investigación preliminar.

El Servicio Meteorológico Nacional emitió un alerta amarilla por tormentas para un amplio sector de la provincia de La Pampa, que comenzará a regir durante la noche del viernes 19 de diciembre. El aviso forma parte del Sistema de Alerta Temprana y anticipa condiciones de tiempo severo con impacto en diversas localidades. Siempre aclaramos que estos alertas son probabilidades y varían según la región de acuerdo a los desplazamientos de las tormentas.-

La comunidad de Realicó amaneció con el corazón en vilo. Hoy viernes 19, a muchos kilómetros de distancia, en una sala del Hospital Privado Central de Córdoba, un acto de amor único e irrepetible está teniendo lugar: Mayco, papá de Emiliano, será donante de una parte de su hígado para salvar la vida de su hijo. SUMATE EN CADENA DE ORACIÓN.

El ejemplar varó en San Clemente del Tuyú y activó un operativo de la Fundación Mundo Marino. Pese a los esfuerzos, la necropsia confirmó que padecía un cuadro grave de neumonía.

El secretario de Recursos Hídricos, José Gobbi, desmintió un informe "sesgado y metodológicamente muy malo" que indicaba presencia de arsénico por encima de la aceptada en el agua de Quemú Quemú. "El agua de La Pampa es muy buena y supera análisis microbiológicos y físico-químicos todos los meses", aseguró.

El Tribunal de Impugnación Penal ratificó el fallo contravencional contra una docente del J.I.N. N.º 9 de Realicó, acusada de ejercer castigos inmoderados y malos tratos sobre cinco niños de cinco años durante el ciclo lectivo 2024. La defensa había apelado la sentencia, pero el recurso fue rechazado.







