
Piden la indagatoria de Viviana Fein por el caos en el departamento de Alberto Nisman
Así lo dispuso el fiscal Eduardo Taiano.


El dirigente del PJ Juan Grotto, quien fuera precandidato a intendente de Santa Rosa por la agrupación peronista "Pampero, fue condenado este viernes a 3 años y medio de prisión efectiva por el Tribunal de Audiencia. Hace unos días ya lo habían declarado culpable del delito de abuso sexual simple -es decir, tocamientos- contra una niña. Por el momento, no fue detenido: tiene posibilidades de apelar para que otros jueces revisen la sentencia.
Judiciales16/08/2024
InfoTec 4.0






El dirigente del PJ, fue encontrado autor del delito de abuso sexual simple, agravado por haber sido ejecutado contra una persona menor de 18 años y aprovechando de la situación de convivencia preexistente, como delito continuado. Además, los jueces Gastón Boulenaz, Carlos Alberto Besi y Andrés Olié le fijaron –hasta la finalización del proceso– una prohibición de acercamiento a la víctima y a sus domicilios no menor de 200 metros y también a mantenerse contacto con ella por cualquier medio.


Los magistrados ya habían declarado al acusado –de profesión abogado– autor del delito el 26 de julio, pero como se trató de un juicio de cesura, hubo una audiencia posterior el 6 de agosto donde ofrecieron sus miradas sobre la sanción a imponerse y se escucharon los relatos de nueve testigos nuevos.
En esa audiencia de imposición de pena, la fiscala Verónica Ferrero pidió cuatro años de prisión para el imputado; el querellante Juan Manuel Díaz –en representación de la madre de la niña– diez años; y la defensora particular, Vanessa Ranocchia Ongaro, el mínimo legal de tres años y en suspenso.
Hechos probados
Los hechos probados, es decir las situaciones de abuso, se produjeron en reiteradas ocasiones en la vivienda familiar durante seis años, desde que la adolescente tenía ocho hasta los catorce.
El tribunal, con las pruebas ofrecidas durante el juicio oral, acreditó que el agresor abusó de la niña, hija de su esposa, en reiteradas ocasiones en la vivienda familiar durante seis años, desde que la víctima tenía 8 hasta los 14.
“La validez del testimonio de la niña se vio reforzado por el sostenimiento del relato en el tiempo y a diferentes interlocutores: su psicóloga, el padre, la entrevista en Cámara Gesell y, finalmente en la entrevista clínica mantenida para la pericia recibieron –en los aspectos esenciales– el relato de los mismos hechos”, expresó Olié, autor del voto inicial, al que adhirieron sus pares.
A su vez, los jueces absolvieron al imputado del delito de exhibiciones obscenas por el que fuera acusado por el querellante particular, el abogado particular Juan Manuel Díaz, en representación del padre de la niña.
Agravantes
Para fijar la pena, los jueces consideraron como una primera circunstancia agravante la reiteración de las agresiones, que “aún con distinta modalidad e intensidad, fueron siempre en afectación de la integridad sexual de la niña”.
“Frente a una escala penal que no distingue si el hecho juzgado se trata de uno aislado o de la reiteración de ellos en el tiempo, es justo y equitativo que tal diferenciación se realice en este momento, justificando entonces que tal condición se considerará de modo agravatorio”, agregaron.
Más adelante, el Tribunal indicó que “también debe considerarse como agravante las circunstancias personales del acusado, en particular su educación y formación profesional, académica y laboral; lo que nos coloca frente a una persona cuyo ámbito de autodeterminación de ningún modo se hallaba limitado o afectado”.
Otro agravante fue que las agresiones constituyeron “una afectación al derecho a la dignidad e integridad personal”, en referencia al artículo 9 de la ley 26061 de Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Los jueces indicaron que “ambas condiciones (mujer/niña) implican una doble condición de vulnerabilidad en la víctima, en el marco de una relación de asimetría de autoridad o poder” con respecto al victimario.
Finalmente, valoraron para fijar la pena, como un atenuante, que el acusado no tiene antecedentes penales y “cuenta con una familia constituida con tres hijos menores de edad que dependen económicamente de sus ingresos. En ese sentido, la imposición de una pena de prisión efectiva indefectiblemente traerá consecuencias para su entorno familiar, de modo que corresponde morigerar -en la medida posible el quantum punitivo, a fin de que la misma tenga el menor efecto desocializador posible”.​





Así lo dispuso el fiscal Eduardo Taiano.

Roberto Darío Gatica es un mecánico de 41 años que compró dos camionetas, mediante la entrega de cuatro cheques robados y/o adulterados por 22 millones de pesos. Al comprobarse que cometió el delito de estafa en dos ocasiones fue condenado a la pena unificada de cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo y permanece detenido en General Pico.

La ex jueza fue inhabilitada por unanimidad para ejercer cargos.

Será a las 13 en Comodoro Py. Qué dice la defensa del acusado.

Es después de la decisión del Tribunal Oral Federal 2.

Así lo dispuso el Tribunal Oral Federal 2 (TOF) que integran Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.







Un susto que pudo ser mucho peor se vivió este lunes por la mañana en Río Grande, Tierra del Fuego, cuando el recientemente llegado avión Basler BT-67 perteneciente a la empresa Mirgor se despistó durante una maniobra de despegue en el aeropuerto local. La aeronave, que se encontraba realizando un vuelo de entrenamiento para pilotos, terminó fuera de pista y sufrió importantes daños estructurales, aunque sus tres ocupantes resultaron ilesos.

El Tribunal de Cuentas de La Pampa publicó en el último Boletín Oficial una serie de fallos que revelan importantes irregularidades administrativas en distintas Comisiones de Fomento, imponiendo cargos económicos millonarios y multas personales a sus responsables. Los casos más relevantes afectan a las administraciones de Damián Maisonnave con 11.8 millones de pesos, luego figuran Loventuel y Agustoni con cargos menores. Se detectaron pagos indebidos, uso inadecuado de fondos públicos y reiterados incumplimientos en la rendición de cuentas.

La realiquense Milagros Mercado Castaño, vive un presente artístico cargado de emoción y nuevos desafíos. Estudiante de la carrera de Contador Público en Santa Rosa y bailarina desde muy pequeña, atravesó este año un proceso que la llevó a integrar el destacado grupo provincial "Entremujeres" con la dirección de Dalma Folgestein, y a lograr la clasificación al PreCosquín, uno de los certámenes folklóricos más exigentes del país.


La Policía de Realicó logró recuperar una motoguadaña sustraída de una vivienda y avanzar en una investigación por hurto gracias a un operativo que se desarrolló en simultáneo con la atención de un accidente de tránsito ocurrido en la zona urbana.

Un grave episodio de violencia tuvo lugar anoche en el Destacamento Policial de Maisonnave, donde un individuo ingresó en evidente estado de exaltación, insultando y amenazando al personal de guardia, mientras intentaba agredir físicamente a uno de los efectivos. Durante el altercado, el hombre produjo daños tanto en las instalaciones de la dependencia como en un móvil policial identificado, tras lo cual se dio rápidamente a la fuga.

La Cooperativa Popular de Electricidad de Realicó Limitada comunica el fallecimiento de su socia Teresa Ema Merlo viuda de Celoira a la edad de 80 años en la localidad de Damián Maisonnave. Sus restos que son velados en sala de dicha localidad recibirán sepultura el 3 de Diciembre de 2025 a las 9.00hs. previo responso.

Una camioneta que trasladaba personal de una empresa tercerizada dedicada al cuestionado cableado del Grupo Clarín en Santa Rosa volcó este martes por la mañana cerca de Winifreda. Los cuatro ocupantes resultaron lesionados, aunque sin heridas de gravedad.







