Manuel García-Mansilla defendió su nombramiento en la Corte y advirtió: "Un juez no puede sacar a otro juez"

El magistrado aseguró que mientras dure su designación en comisión solo podría salir del cargo por un juicio político.

Política25 de marzo de 2025INFOtec 4.0INFOtec 4.0
garcia

Manuel José García Mansilla defendió su nombramiento en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, realizado por decreto en comisión por el presidente Javier Milei, y afirmó que su remoción antes del plazo de un año solo puede darse mediante juicio político.

"Toda vez que el nombramiento en comisión previsto en el Decreto 137/25 se hizo efectivo luego de haber prestado yo juramento, ya soy juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación", aseguró el magistrado, quien subrayó que goza de las garantías establecidas en el artículo 110 de la Constitución Nacional.

En un escrito de 51 páginas, García Mansilla respondió al traslado del juez federal Alejo Ramos Padilla, que tramita una causa para impugnar su designación y la del juez federal Ariel Lijo.

Allí, planteó la falta de jurisdicción del magistrado y la falta de legitimidad de los actores que impulsaron el amparo, solicitando su rechazo inmediato.

El juez recordó que fue designado para cubrir la vacante dejada por Juan Carlos Maqueda en un momento en que el Senado estaba en receso y enfatizó que su nombramiento "se ajusta estrictamente" al artículo 99, inciso 19, de la Constitución Nacional.

Asimismo, remarcó que su juramento fue tomado por los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, y advirtió que cualquier intento de impugnación "atentaría contra el orden público constitucional".

"Desde el 27 de febrero de 2025 estoy ejerciendo en la Corte de Justicia de la Nación la función judicial prevista en la Constitución", indicó García Mansilla, y enfatizó que su remoción solo puede darse mediante juicio político, conforme a los artículos 53 y 110 de la Carta Magna.

Según argumentó, "no existe arbitrariedad o ilegalidad" en su designación y cualquier cuestionamiento al Decreto 137/25 no es "manifiesto" como exige la Constitución para su impugnación.

Por último, alertó que la continuidad de la causa judicial en su contra comprometería el normal funcionamiento de la Corte Suprema y sostuvo que su remoción fuera del mecanismo constitucional violaría el orden institucional del país.

Te puede interesar
Gpf4isNWEAA-24g

Al peronismo pampeano le sobra nafta y también internas

INFOtec 4.0
PolíticaEl domingo

Luciano di Nápoli, intendente de Santa Rosa, confirmó que seguirá adelante con su candidatura para presidir el Partido Justicialista pampeano. Pese a advertencias y negociaciones caídas, apuesta a una interna con “juego limpio” y un proceso de renovación que, asegura, ya es irreversible.

Lo más visto
JORGE CORREAS MATI LULI MARTI PLAZA 2 (FILEminimizer)

URGENTE: Condenaron a tres años de prisión condicional al conductor que causó un trágico choque en Realicó

InfoTec 4.0
LocalesAyer

En un juicio abreviado y cuya sentencia fue leída esta mañana, Facundo Federico Giménez fue condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional (no irá preso) e inhabilitación especial para conducir por diez años por su responsabilidad en un trágico siniestro vial ocurrido en Realicó, que dejó como saldo tres personas fallecidas y una herida de gravedad.

IMG_2889 FILE

Cómo se llegó a la resolución de "juicio abreviado" en el caso del accidente fatal de Realicó

InfoTec 4.0
LocalesAyer

El juez de control de la Segunda Circunscripción Judicial, Dr. Diego Julio Ambrogetti, dictó sentencia en el legajo N° 82110, condenando a Facundo Federico Giménez a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y diez años de inhabilitación para conducir. El fallo se dio en el marco de un juicio abreviado, tras el acuerdo entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa particular del imputado con el consentimiento de las demás familias damnificadas.