Duro revés judicial para la jueza de Faltas de Castex, la abogada realiquense Natalia Vallejos

El Juez Contravencional de la Primera Circunscripción Judicial, Pablo Andrés De Biasi, declaró la nulidad de una sentencia dictada por la jueza de Faltas de Eduardo Castex, Natalia Vallejos, y absolvió a Gustavo Fabián Gargiulo, quien había sido multado con $500.000 por supuestamente pasar un semáforo en rojo en esa localidad, pese a que nunca estuvo allí.

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juzgado de faltas Castex

EDUARDO CASTEX | De Biasi calificó la actuación de la funcionaria como “violatoria de la garantía de defensa en juicio” y señaló que se vulneraron los principios constitucionales de inocencia y derecho de defensa del infraccionado. En un fallo con términos inusualmente duros, el magistrado sostuvo que el accionar fue “arbitrario, falaz y malicioso” y que se utilizó “de manera desvirtuada la potestad sancionatoria municipal con fines recaudatorios, en vulneración de los principios de legalidad y razonabilidad”.

El caso
Gargiulo, vecino de Laboulaye, fue notificado en noviembre de 2024 de una infracción cometida supuestamente en la Avenida Independencia de Eduardo Castex con su Mercedes Benz Sprinter. Sin embargo, aseguró —y luego se probó— que nunca ingresó a la localidad.

Pese a sus intentos de explicar el error, presentar un descargo y ofrecer testigos, el 26 de marzo la jueza Vallejos desestimó su defensa y lo condenó a pagar 200 unidades fijas más intereses. Molesto por lo que consideró una injusticia, recurrió al Juzgado Contravencional.

El 30 de junio, De Biasi no solo lo absolvió, sino que cuestionó duramente la sentencia original: sostuvo que no se acreditó fehacientemente la infracción, que la única constancia era una planilla interna sin valor probatorio y que no se incorporaron los datos básicos de identificación del presunto infractor o de su vehículo.

Falta de fundamentos y errores administrativos

El fallo también apuntó a la “falta de fundamentación adecuada” de Vallejos al rechazar el descargo, pese a que el acusado ofreció testigos para sostener su versión.

Incluso, la resolución administrativa indicaba erróneamente que Gargiulo debía apelar ante el Juzgado de Instrucción y Correccional, organismo que ya no existe, lo que dejó en evidencia falencias elementales en el procedimiento.

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