Provinciales Por: InfoTec 4.027/05/2021

Recuerdan la vigencia del Certificado de circulación en La Pampa

El Gobierno de La Pampa recuerda que se encuentra vigente el certificado de circulación, luego de las nuevas medidas restrictivas impuestas en el territorio provincial, en consonancia con los nueve días de confinamiento total que determinó Alberto Fernandez por el grave contexto sanitario por la pandemia del Covid-19.


El permiso es de tramitación para aquellas personas que se desempeñan en los rubros o actividades que se detallan a continuación, para obtenerlo deben ingresar a   https://certificadocirculacion.lapampa.gob.ar/

Es importante saber...

• Este permiso puede ser tramitado por quienes tengan en su DNI, su domicilio en cualquier provincia Argentina.

• El permiso es inmodificable y con carácter de declaración jurada, por lo cual su falsedad podrá tener consecuencias legales, antes de confirmar la emisión del mismo revísalo detenidamente.

• Recordá tener las ventanas emergentes de tu navegador habilitadas, porque el permiso es de visualización inmediata una vez que completaste tus datos.

• No se envía el permiso por correo electrónico. Se genera automáticamente en pantalla. Recordá no tener bloqueadas las pantallas emergentes.

Actividades habilitadas.

1. Agentes Convocados de Organismos Públicos Municipales, Provinciales y Nacionales.

2. Personal de Servicios de Justicia de turno.

3. Fuerzas Provinciales y Nacionales de Seguridad.

4. Atención médica, laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, ópticas con sistema de turno previo.

5. Comercios de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas.

6. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros elementos de necesidad.

7. Estaciones expendedoras de combustibles.

8. Locales gastronómicos, locales de comidas preparadas y/o de comidas rápidas.

9. Servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

10. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria.

11. Servicios funerarios, entierros y cremaciones.

12. Atención de comedores y merenderos.

13. Mantenimiento de servicios básicos (agua, electricidad, gas, telecomunicaciones, internet, servicios digitales, combustibles) y atención de emergencias.

14. Reparación y mantenimiento de vehículos afectados EXCLUSIVAMENTE a tareas o servicios básicos.
15. Recolección de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

16. Servicios postales y distribución de paquetería.

17. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria.

18. Servicios de Vigilancia, limpieza y guardia.

19. Transporte público de pasajeros, mercaderías y combustibles.

20. Operación de aeropuertos, operación de garages y estacionamientos.

21. Encargados de Edificios.

22. Atención de personas con discapacidad, asistencia a personas mayores, a niños/as o adolescentes o víctimas de violencia de género.

23. Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden.

24. Actividades autorizadas por el Banco Central de la República Argentina.

25. Actividades Impostergables de Comercio Exterior.

26. Comercios ÚNICAMENTE sin atención al público

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