Un policía fue condenado por balear a un joven en un ojo
Un policía fue condenado a un año de prisión en suspenso y un año de inhabilitación especial para el uso de escopetas, por ser autor del delito de lesiones graves culposas. Además se le fijaron reglas de conducta durante dos años, entre ellas la realización del curso de escopetero.
El conflicto penal se resolvió por la vía alternativa del juicio abreviado, propuesto de manera conjunta por el fiscal general Máximo Paulucci; el defensor particular José Mario Aguerrido y el propio acusado, Martín Gonzalo Jesús Martínez, de 36 años. El damnificado, que se presentó como querellante particular, estuvo representado por el apoderado Omar Eduardo Gebruers, quien también brindó su consentimiento. La sentencia fue dictada, en forma oral, por la jueza de control María Florencia Maza.
El hecho investigado ocurrió el 6 de mayo del año pasado, a la noche, en el barrio Pueblos Originarios, en Santa Rosa. Martínez realizó un disparo con una escopeta con cartuchería antitumulto, en el contexto de que se había requerido una presencia policial en la calle Grassi al 800. Tres municiones de dicho disparo impactaron en el rostro de un joven, quien como consecuencia de ello perdió su ojo izquierdo.
De acuerdo a las declaraciones testimoniales recibidas durante la investigación fiscal preparatoria, se concluyó –y así quedó escrito en el pedido de juicio abreviado– que existió “una actividad lícita” de la prevención policial al trasladarse hasta allí a raíz de un llamado al Centro de Control, Operación y Monitoreo (Cecom) y también una “actividad permitida” por el protocolo de intervención operativa policial. El resultado del disparo fue “no querido ni buscado” a partir de la “inexperiencia en el uso de armas” del imputado.
También ese texto indica que “el único disparo fue realizado en el marco de una agresión en contra del personal policial, y se hizo en Grassi y San Pablo”; añadiendo que “existió la necesidad de repeler las agresiones de un numeroso grupo de personas contra dos empleados policiales utilizando el medio menos gravoso que tenían a su alcance, que era una escopeta con cartuchería AT, y desestimando el uso del arma reglamentaria”. Por ello la policía habló de un tiro disuasorio con perdigones de goma.
“Sin embargo, y pese a haber utilizado el medio menos gravoso, lo cierto es que el uso del arma provocó un resultado dañoso, no querido ni pretendido por su autor, de consecuencias graves para la víctima, ya que implicó la pérdida de un ojo y la consecuente deformación permanente en su rostro”, añade el acuerdo del abreviado convenido entre las partes.
Más adelante, expresa que “a esta conclusión, que excluye el dolo en el accionar de Martínez, se llegó a través de su relato, de las características del lugar y de la apertura de su teléfono celular –ocurrida en forma sorpresiva al momento de declarar como imputado–“; a lo que se sumó los dichos de otros testigos.
“En función de ello –manifestaron las partes–, la figura culposa es la más adecuada para encuadrar el hecho atribuido a Martínez, quien a la luz de su legajo personal, carece de experiencia para el uso de escopetas con cartuchería AT, ya que no cuenta con el curso de escopetero; además de que la luz en el lugar era escasa e impedía la visión (…) Todo ello sumado al evidente problema visual del imputado, quien utiliza lentes de aumento (los que habrían estado sucios); y a su inexperticia, lo que le impidió tomar los recaudos necesarios para evitar daños en la integridad física de las personas a su alrededor”.
Finalmente, Maza, en el punto cuarto de la parte resolutiva del fallo, dispuso que se libre un oficio a la Policía para que, de acuerdo a lo requerido por la defensa, se aconseje la realización obligatoria del curso de escopetero a todos los empleados policiales.​
Te puede interesar
El periodista "K" Ezequiel Guazzora fue condenado a más de 10 años por abuso sexual de una menor
La madre de la víctima, cuya identidad se mantiene en reserva para proteger a la adolescente, también recibió una condena de 10 años de prisión como cómplice necesaria en los hechos.
Condenado por homicidio culposo tras un accidente en el acceso a Uriburu que dejó dos muertos
El juez de audiencia santarroseño, Daniel Alfredo Sáez Zamora, condenó hoy a Vicente Tobio Hernández a tres años de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación especial para conducir cualquier tipo de vehículo con motor que requiera autorización de autoridad competente; por ser autor del delito de homicidio culposo ocasionado por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, agravada por conducir en exceso de velocidad, superando los 30 kilómetros por encima de la máxima permitida. En el siniestro vial, ocurrido en el acceso a Uriburu, fallecieron dos personas.
Condenaron a un castense por robo y daños: prisión efectiva y devolución de dos millones
Un hombre de 30 años, residente en Eduardo Castex, fue condenado ayer a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor de los delitos de robo simple en concurso real con daño simple; concursando en forma real con daño simple, y además tuvo que pagarle a tres damnificados una compensación por casi 2.000.000 pesos.
No irá a la cárcel el hombre que mató a su sobrino en un campo entre Lagos y Sarah
Hugo Rubén Palacios, de 42 años, fue condenado a tres años de prisión en suspenso por el homicidio de su sobrino, Ezequiel Antonio Palacios, ocurrido en julio de este año. El fallo fue emitido por el juez de control de General Pico, Heber Pregno, quien consideró que el crimen fue cometido en un estado de "emoción violenta", un atenuante contemplado por el Código Penal.
Condenan a una mujer que amenazó con un revolver a dos adolescentes en la puerta de una escuela
Una mujer fue condenada hoy por amenazar con un arma a un niño de 14 años y a un adolescente de 19 en la puerta de un colegio santarroseño. “Los voy a hacer boleta a los dos”, le dijo, entre otras cosas, la acusada a las víctimas.
Dos sentencias en la justicia pampeana, por acoso sexual callejero
El juez contravencional de General Pico, Maximiliano Boga Doyhenard dictó dos sentencias a dos hombres, Rubén Dante Ricci de 69 años y Hugo Aldo Jauregui de 67 años, por diferentes casos de acoso sexual callejero. Los hechos ocurrieron entre el 15 de noviembre y 6 de diciembre del corriente año y, en menos de un mes -el último hecho ocurrió la semana pasada-, ya fueron sentenciados en diferentes legajos.