Judiciales Por: InfoTec 4.005/10/2022

Tres años de condicional por disparar a dos personas en la vía pública en Santa Rosa

El hecho tuvo lugar en el barrio Butaló, Rodríguez (27 años) fue condenado ahora a tres años de prisión de ejecución condicional, por ser autor de abuso de armas y portación de armas de fuego de uso civil en concurso real entre sí.

SANTA ROSA | Hace un mes y medio, el 21 de agosto a primera hora de la mañana, Kevin Emanuel Rodríguez interceptó en su Volkswagen Bora a dos hombres que iban caminando. Se acercó a ambos y, a una distancia de un metro y sin mediar palabra, le apuntó a uno de ellos a la altura del pecho con un revolver calibre 22. El agresor gatilló dos veces y los disparos no salieron por desperfectos en el arma. Inmediatamente le apuntó al otro peatón y disparó en tres ocasiones. Dos proyectiles impactaron en su pierna derecha y el restante le rozó el cuero cabelludo.

Por esos hechos, ocurridos en la intersección de calles Realicó y Castex, en el barrio Butaló, Rodríguez (27 años) fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional, por ser autor de abuso de armas y portación de armas de fuego de uso civil en concurso real entre sí.

La sentencia fue dictada por el juez de control santarroseño, Néstor Daniel Ralli, a partir de un acuerdo de juicio abreviado firmado y presentado conjuntamente por la fiscal María Cecilia Martiní, el defensor particular Carlos Pérez Funes y el propio imputado, quien reconoció la autoría de los delitos y no registra antecedentes penales. En este tipo de salidas alternativas del conflicto penal, los magistrados no pueden imponer sanciones más gravosas que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.

A su vez, las partes también convinieron la fijación de reglas de conducta para Rodríguez. Por ello, Ralli dispuso que durante tres años deberá fijar domicilio, someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley penal; no acercarse a una distancia menor a 200 metros del baleado y de su domicilio, ni mantener contacto con él por ningún medio (personalmente, a través de terceras personas, vía telefónica, mensajes de texto, redes sociales, etc.).

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