Judiciales Por: InfoTec 4.008/02/2024

Confirmaron la condena por abuso contra la madre de Lucio Dupuy

El Tribunal de Impugnación Penal confirmó hoy la condena  a Magdalena Espósito Valenti por el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico y abuso sexual gravemente ultrajante ambos agravados por tratarse de la ascendiente y por haberse cometido contra un menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado. La víctima fue su propio hijo, Lucio Abel Dupuy, quien falleció el 26 de noviembre de 2021.

La Sala B del TIP, integrada por los jueces Filinto Rebechi y Gabriel Tedín, asistidos por la secretaría María Elena Grégoire, así lo resolvió al no hacer lugar al recurso de impugnación horizontal interpuesto por la defensora oficial de la imputada, Alejandra Moyano González. De esta manera ratificó la sentencia dictada por la Sala A del Tribunal del 26 de septiembre pasado.

Originalmente, Espósito Valenti había sido condenada a prisión perpetua por homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento, ya que la Audiencia de Juicio de Santa Rosa la absolvió del abuso por el beneficio de la duda. A su vez, su pareja Abigail Páez, recibió la misma pena como autora de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento; en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado.

El Ministerio Público Fiscal y la querella cuestionaron el fallo de la Audiencia de Juicio porque la madre del pequeño de cinco años no había sido condenada también por abuso sexual. La Sala A del TIP, al analizar esos recursos, les dio la razón, le agregó ese delito a la condena de Espósito Valenti y además confirmó las condenas por el homicidio.

Ante ello, Moyano González impugnó el fallo de la Sala A aduciendo, entre otros argumentos, que la circunstancia de que ambas mujeres convivieran con la víctima en el mismo domicilio no  implicaba que su defendida hubiera abusado de su hijo, y que las lesiones que se constataron en el niño databan de dos o tres meses anteriores al homicidio.

Fundamentos.

Rebechi y Tedín ratificaron hoy los fundamentos que habían dado sus colegas de la Sala A, María Eugenia Schijvarger y Mauricio Piombi. Descartaron que el elemento fálico, que poseía ADN de Lucio Dupuy, pudo haber estado a su alcance y, por consiguiente, que se transferiera su patrón genético al manipularlo. Ello “carece de logicidad” en función del lugar en que fue secuestrado, sostuvieron Rebechi y Tedín.

“Por otra parte –añadieron–, la Sala A manifestó claramente que el abuso sexual no se trató solamente del producido el 26 de noviembre, sino que Lucio fue víctima de violencia física, psicológica y sexual durante varios meses antes de su muerte”.

Más adelante, indicaron que al convivir ambas imputadas en el mismo domicilio, “no resulta posible apartar a Magdalena Espósito de la autoría del abuso sexual con acceso carnal.; no solo respecto del día del hecho, sino también de los abusos ocurridos durante la convivencia”.

“Por otro lado, vale destacar también que en el análisis que realizó la Sala A se destacó la forma en que debe valorarse la prueba en los delitos intramuros –señalaron Rebechi y Tedín-. La respuesta que pretendía la defensa partía de la existencia de prueba directa que diera cuenta de lo sucedido puertas adentro; cuando en estos casos la reconstrucción (de los hechos) se realiza a partir de indicios y presunciones cuya concatenación e interrelación, permitieron su reconstrucción dentro de dicho marco de los hechos imputados, tal como de manera correcta argumentó la Sala A”.

Por último, la Sala B del TIP remarcó que “no existe ningún tipo de dudas de los daños que se constataron en el cuerpo del menor, producto de los hechos que le produjeron ambas condenadas (…) No sólo lesiones en sus órganos sexuales sino también físicas, en un accionar incomprensible de parte de Espósito Valenti hacia su hijo de apenas cinco años, y que indefectiblemente le ocasionaron la muerte”.​

Te puede interesar

La fiscalía rechazó el pedido de la defensa de Facundo Moyano para levantar las medidas restrictivas

Las limitaciones incluyen una restricción de acercamiento en un radio de 300 metros y la prohibición de cualquier tipo de contacto.

Un policía fue condenado por falsificar firmas en dos sumarios

Un oficial de la Policía de La Pampa fue condenado por falsificar, en dos sumarios, las firmas de un hombre y una mujer que estaban imputados en causas donde se investigaban siniestros viales.

Tras declarar, Candela Arizaga confirmó que sigue con Facundo Moyano: "Quiero que esto se termine para ver a mi pareja"

La joven también expuso, junto a su abogado Roberto Herrera, que tuvo un "brote psicótico" producto del "consumo".

Facundo Moyano quedó en libertad tras ser indagado: “Está todo aclarado”

Una vez finalizada la audiencia, la Justicia dispuso su liberación, aunque continuará vinculado al expediente y deberá cumplir una serie de restricciones.

La Justicia cerró la causa por la inundación de Santa Fe de 2003 tras más de dos décadas

La resolución definitiva puso fin a un proceso judicial iniciado tras la tragedia que dejó 23 muertos y más de 130.000 afectados. La causa estableció responsabilidades penales por negligencia estatal y concluyó con el sobreseimiento de los últimos imputados.

La autopsia confirmó que Romina Albornoz murió por ahogamiento

La mujer tenía pedido de búsqueda de paradero desde el domingo, aunque se había ausentado de su domicilio el viernes. Según reveló la autopsia realizada durante la noche del lunes por el médico forense Daniel Ferreyra, la causa de muerte fue asfixia por sumersión.