


VICTORICA: CONDENAN A UN SACERDOTE A CINCO AÑOS DE PRISIÓN POR ABUSO SEXUAL.
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Además le mantuvo la restricción absoluta, de acercamiento y de cualquier tipo de contacto para con la víctima, hasta el final del proceso, pues está en libertad, y ordenó que se lo detenga inmediatamente una vez que el fallo quede firme.
Besi, luego del juicio oral, dio por acreditado que “sin poder precisar fecha exacta”, pero que entre los meses de enero y diciembre de 2015 el imputado abusó sexualmente de un joven con discapacidad y una edad mental por debajo de la cronológica, “mediante tocamientos”.
De hecho, la víctima –aun siendo mayor– tuvo que declarar en Cámara Gesell, donde lo hacen los menores de 18 años, debido “al estado de necesidad y vulnerabilidad en que se encontraba (…) y más aun teniendo en cuenta el retraso madurativo leve que padece”, dice la sentencia. Ese acto fue cuestionado por la defensa, pero Besi avaló lo actuado por el juzgado de control.


Los abusos, dijo el magistrado, “se produjeron tres o cuatro veces en el interior de la iglesia y de la casa salesiana” de Victorica y también “en una de las habitaciones de la casa”, en ocasión en que el damnificado pernoctara allí. Otro episodio similar sucedió dentro de “la combi de la comunidad salesiana, en la que viajaban a distintos pueblos”. Esa vez iban a Telén. La víctima se sentó al lado del párroco, que conducía el vehículo y que trasladaba a otros niños, y en esa circunstancia volvió a tocarlo.
La fiscala de Victorica, Alejandra Moyano, había solicitado durante su alegato la pena de cinco años de prisión para el párroco por abuso sexual simple, agravado por la calidad de autor, ya que es ministro de un culto reconocido –sacerdote de la iglesia católica apostólica romana–, aprovechándose que la víctima no podía consentir libremente la acción en razón de su discapacidad. La querellante particular, la defensora oficial Paula Arrigone, en representación de la madre de la víctima, adhirió al planteo de la fiscalía y requirió tres años y tres meses de prisión. La defensora particular del cura, Vanesa Ranocchia Ongaro, sostuvo que existieron dudas razonables y que correspondía absolver al acusado.
“Tenía respeto por el imputado”.
Besi, para fijar la pena, tuvo en cuenta favor del reo, “sus condiciones personales, la falta de antecedentes penales, que siempre mantuvo actividad laboral, y también su colaboración durante el proceso y su postura y presencia en la audiencia”.
En cambio, valoró negativamente el daño causado a la víctima y su extensión y el grado de vulnerabilidad en que ella se encontraba y el que actualmente se mantiene. Ello, indicó el magistrado, se desprende no solo del informe de la Oficina de Atención a la Víctima y a los Testigos, sino de otro informe oficial de un profesional forense.
Además Besi merituó “las circunstancias que acompañaron los hechos y la modalidad y ocasión en que se ejecutaron”, que “la víctima tenía plena confianza y respeto en el imputado”, que “se sentía contenido, comprendido y acompañado” y que además “tenía un espacio para su desarrollo para poder desplegar sus conocimientos, ya con anterioridad había expresado su total deseo de ser misionero, lo cual se frustró ante las situaciones vividas”.
El juez concluyó que el acusado “abusó del deber de moralidad y honestidad, pues no solo se aprovechó de su calidad de sacerdote, sino además de la leve discapacidad que padece la víctima, logrando y favoreciendo así la materialidad de sus actos ilícitos, los cuales fueron cometidos fuera de la vista de terceras personas. Él era educador y daba clases de catequesis”.
Prensa STJ






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