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El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) confirmó que debe ir a juicio oral y público porque no le pidió autorización al Poder Ejecutivo Provincial para firmar cinco convenios, para hacer obras con financiamiento nacional, con Casa Rosada, según una sentencia a la que accedió Diario Textual.
Judiciales25/11/2019
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De esta manera, convalidaron un argumento al menos polémico: consideraron que la obligación de pedir autorización no es un avasallamiento a las autonomías municipales.
Está acusada de los delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. "No hay nada que esconder. No hemos cometido ningún delito, esto debería ser tratado en un ambito administrativo no judicial", ha dicho Lercari.
La jefa comunal ha argumentado que hay una incompetencia territorial porque considera que, en todo caso, debe ser investigada por la Justicia Federal y no la Provincial y y ha pedido la inconstitucionalidad del artículo 151 de la ley provincial 1597 que obliga a los intendentes pampeanos a pedir autorización a la Provincia para pedir ayuda económica a Casa Rosada.
Inicialmente la causa fue motorizada, luego de declaraciones públicas de Carlos Verna y altos funcionarios provinciales, por el fiscal Armando Agüero. La jefa comunal, posteriormente, fue procesada por el juez Heber Pregno. La intendenta apeló y ahora el TIP confirmó las acusaciones. Lo hizo con las firmas de los jueces Filinto Rebechi y Mauricio Piombi.
"Los agravios expuestos por el abogado defensor (NdeR: Mariano Alomar), se refieren en síntesis, a considerar que, contrariamente a lo sostenido por la Fiscalía, la competencia territorial para investigar los hechos imputados a su defendida corresponde a los Tribunales materialmente competentes de la Ciudad de Buenos Aires, por cuanto en el caso de la omisión en cuestión (de haber sido dolosa), la misma se consuma en el momento de suscribir el convenio y reitera que ello ha acontecido en la mencionada ciudad", expresaron los jueces. Es decir, para los dos magistrados del TIP debe investigar la Justicia pampeana.
"Desde el punto de vista de la materialidad del delito que se le imputa a la funcionaria, éste se encuentra enmarcado en un procedimiento administrativo de índole provincial más allá de haber suscripto un convenio en la ciudad de Buenos Aires, pues sus atribuciones y funciones se encuentran enmarcadas en la Ley 1597, lo que determina, en definitiva, la competencia de los tribunales de esta provincia para entender en la investigación del delito", sostuvieron. "Por todo ello, lo que entendemos, que tal como lo ha resuelto razonablemente el Juez de Control interviniente, corresponde rechazar el recurso de impugnación interpuesto por la defensa y confirmar el rechazo a la incompetencia territorial planteada oportunamente por el recurrente", finalizaron.
Otros intendentes, además de Lercari, estuvieron en la mira de la Justicia. Pero ellos no alcanzaron a firmar con Nación y, cuando saltó la advertencia de Provincia, pidieron la autorización a Casa Rosada y por eso no fueron acusados.
Diario Textual.





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