


REALICÓ: INVESTIGAN EL ASCENSO Y DESCENSO DE SIETE CATEGORÍAS DE UN EMPLEADO MUNICIPAL EN DOS MESES
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El pedido de comunicación que los ediles opositores presentaron esta noche en la sesión y que ahora requerirá que el justicialismo avale con su votación para que avance hacia la mesa del jefe comunal y pueda responderlo, se fundamenta en los balances mensuales remitidos por el Departamento Ejecutivo Municipal, correspondiente a los períodos diciembre 2019 y enero 2020 donde habrían detectado un aumento considerable en la remuneración al empleado Daniel Barizzone, coincidentemente con el inicio de la gestión de José Alvarez.
En tal sentido el documento presentado por el bloque minoritario que integran los ediles Pablo Ravera, Claudio Gareis y Silvana Chamorro advierte sobre movilidad en el sueldo basico de la Liquidación de Haberes de noviembre de 2019 de $ 21.653, coincidente a la categoría 8 y el sueldo básico de diciembre de 2019 que se habría elevado a $42,003 coincidente a la categoría 1 de dicho escalafón, lo que significaría un ascenso de 7 Categorías y por lo tanto una duplicación de su remuneración.


Llamativamente en la liquidación del mes de Enero de 2020, el sueldo de Barizzone habría descendido nuevamente a un básico de $23.732, es decir equivalente a la anterior categoría.
¿COMO SON LOS ASCENSOS DE ESCALAFÓN MUNICIPAL?
El Estatuto de Estabilidad y Escalafón para el Personal Municipal establece claramente en el articulo Nº 95 que los ascensos del personal se producen en forma automática y por antigüedad: una (1) categoría cada dos (2) años, hasta alcanzar la máxima (categoría 1), limitado por la existencia de sanciones disciplinarias.
En septiembre del 2017, es decir durante la gestión de la Ex Intendente Roxana Lercari y la Presidencia del ahora Intendente José Alvarez, el Concejo Deliberante de Realicó aprobó una ordenanza que modificaba el articulo Nº 95 del Estatuto de Estabilidad y Escalafón para el Personal Municipal, "para evitar arbitrariedades en el ascenso del personal generando desigualdad de oportunidades entre ellos".
Esa modificación refiere a que "En caso que el agente registre suspensión por más de diez días no tendrá derecho a la promoción que se establece hasta un próximo período de dos años Si registra menos de diez días de suspensión se postergará por un año el derecho a la promoción".
¿QUE PUDO HABER PASADO?
Precisamente este es el punto que los ediles de la oposición le piden a Alvarez que explique con "detalle, precisión y claridad" cuales fueron los fundamentos técnicos y legales en los cuales se basó el Departamento Ejecutivo, para recategorizar a dicho agente desde la categoría 8 a la más alta del escalafón y luego nuevamente a la ocho.
Vale decir que esa movilidad de categoría se traduce en un incremento considerable de sueldo que el empleado habría recibido al menos por un mes y si así fuera porque se retrotrajo la medida y que ocurrió con el dinero liquidado como categoría 1.
Los concejales finalmente piden al Intendente que envié al concejo copia de las resoluciones de recategorización del empleado en cuestión, como así también su legajo.






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