


Un juez ordenó a un sanatorio a administrar dióxido de cloro
INFOTEC 4.0






La Justicia Federal dictaminó una medida cautelar que obliga a el Sanatorio Otamendi brinde un tratamiento con dióxido de cloro, prohibido en Argentina, a un paciente internado en estado grave por Covid-19.
El fallo, dispuesto por el juez federal subrogante Javier Pico Terrero, se dio a tres meses de que la Sociedad Argentina de Infectología (SADI) y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), adviertan sobre la peligrosidad de la sustancia.
El hijastro del paciente en cuestión había solicitado a la Justicia el 7 de enero que el marido de su madre (fallecida el día anterior por coronavirus) recibiera de manera urgente la administración de nebulizaciones de ibuprofeno de sodio y de dióxido de cloro.


Aseguró que la terapia que fue recetada por el neurocirujano del paciente, Dante Converti (M. N. 50.660).
Terrero consideró que "la cobertura de los tratamientos indicados no ocasionaría un grave perjuicio para la demandada, pero evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida de la actora", y dio lugar a la solicitud.
El sanatorio apeló a la medida cautelar, y desde la comunidad médica, mostraron preocupación porque podría sentar jurisprudencia para recetar tratamientos que no están autorizados para un uso medicinal por las autoridades pertinentes.
El presidente de la SADI, Omar Sued, expresó al diario Perfil: "Que un juez decida que un médico tiene que aplicar una sustancia para la cual no hay ninguna evidencia científica es realmente preocupante, sobre todo cuando es en forma endovenosa. No es decisión de un magistrado administrar una medicación que no conoce en un paciente, no es su rol".
"El Ministerio de Salud debería evaluar cuál es la legitimidad que tiene un médico para recomendar una terapia que la misma Anmat alerta su riesgo de toxicidad", consideró.






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