
La familia de Nora Dalmasso apelará el sobreseimiento por prescripción de Roberto Bárzola
La abogada de Facundo Macarrón presentará un recurso de Casación ante el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba.
Un hombre de 43 años fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento efectivo por haber prendido fuego la vivienda de una expareja y amenazar a otra persona, en un contexto de violencia de género. El conflicto penal se resolvió a través de un juicio abreviado.
Judiciales12/06/2022El juez de control santarroseño, Carlos Matías Chapalcaz, consideró autor a Samuel Elías Lucero de los delitos de amenazas simples e incendio con peligro común para los bienes; en concurso real entre sí, enmarcando los hechos en la ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres. Por eso, al admitir el acuerdo de partes, le fijó la sanción de tres años.
El abreviado fue convenido entre el fiscal Walter Antonio Martos, el defensor oficial Juan José Hermúa y el propio imputado, quien admitió la autoría de los ilícitos. Las víctimas prestaron también su conformidad, siendo la mujer querellante en la causa.
Los hostigamientos reiterados de Lucero a su expareja comenzaron el 21 de septiembre del año pasado, cuando dejó frente a la casa de la damnificada “palos de escoba atados en forma de cruz, con ropa de ella y de sus hijos”. En otra oportunidad, la mujer, al llegar a su domicilio, encontró al acusado dentro del patio.
Además, “en el último tiempo”, Lucero la perseguía, “manifestándole a través de mensajes por celular que sabía los horarios en los que regresaba a su casa y también los recorridos que realizaba”, detalla la sentencia.
El 9 de noviembre, la damnificada encontró en la puerta de entrada de su vivienda un papel con la siguiente frase: “No vas a dormir por querer quedarte con todo, no vas a poder dormir”. Dos días más tarde observó que dentro del buzón de esa puerta había “un papel prendido fuego”; y el domingo 14 intentaron prender fuego esa misma puerta y el portón de la casa.
Al día siguiente, la mujer recibió un mensaje de texto que decía “disfrutá de tus últimos días junto a tus hijos”. A raíz de ello, la víctima le envió un mensaje a una persona, solicitándole que colocara una cámara de seguridad. Horas después, Lucero fue hasta el domicilio de esa persona, manifestándole: “Vos estuviste en la casa de esta piba hoy, si te vuelvo a ver te quemo”, mostrándole una foto de su expareja.
Por último, el 16 de noviembre, el imputado se apersonó al domicilio de ella, ingresó e incendió el sector del living, “más precisamente un sillón, extendiéndose el fuego al resto de la casa y provocando serios daños a la propiedad, para luego emprender su fuga”, indicó Chapalcaz en el fallo.
“Más allá del reconocimiento realizado por el imputado, al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que los hechos y la autoría se encuentran debidamente acreditadas, de acuerdo a la prueba reunida en el legajo; destacándose, entre otras, las denuncias formuladas por los damnificados; las actas de constatación e inspección ocular, de entrega voluntaria y de secuestro de un teléfono celular y de allanamiento del domicilio de Lucero; el informe técnico estableciendo como zona de origen del incendio el living de la vivienda, y que el mismo debía ser calificado como intencional”, agregó el magistrado.
Por otro lado, las víctimas reconocieron a Lucero como el agresor y un testigo lo identificó como la persona que “adquirió en su kiosco una botella de alcohol y un encendedor con antelación al hecho”.
En los procedimientos abreviados, de acuerdo al Código Procesal Penal, los jueces no pueden imponer penas más severas que las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.
Chapalcaz dispuso, en la parte resolutiva de la sentencia, que Lucero, que actualmente se encuentra bajo arresto domiciliario, deberá ser trasladado a un lugar de detención cuando ella quede firme.
La abogada de Facundo Macarrón presentará un recurso de Casación ante el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba.
El juez Diego Ambrogetti ordenó tres meses de prisión preventiva para Matías Gabriel Romero, acusado de ingresar a una vivienda del barrio Ranqueles VII, robar varios objetos y causar la muerte del perro de la familia. La Fiscalía presentó pruebas de ADN y prendas que lo vincularían al hecho.
El Superior Tribunal de Justicia declaró hoy inadmisible el recurso de casación interpuesto por el médico Jorge Luis Rigutto y confirmó la condena a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo, y el pago de una multa de 3.000.000 de pesos, por ser autor de los delitos de falsificación material de documento privado en cinco oportunidades, como delito continuado; en concurso real con cohecho activo agravado.
Luego de su vínculo con el empresario Federico Fred Machado, comenzaron las averiguaciones en el inmueble del funcionario libertario.
El documento se encontraba roto y manchado, pero fue reconstruido.
La acusada declaró ante el fiscal Adrián Arribas.
Se trata de una familia que había viajado a ver la final de Gimnasia de Mendoza y Deportivo Madryn. Las víctimas fatales tenían dos meses y 18 años.
El aeropuerto de General Pico volvió a recibir vuelos comerciales regulares, tras varios años sin conexión directa con Buenos Aires. La empresa American Jet inició el servicio con cuatro frecuencias semanales hacia el Aeroparque Jorge Newbery, marcando un nuevo capítulo para la conectividad aérea del norte pampeano.
Un incendio se desató ayer lunes en uno de los viejos galpones del ferrocarril de la localidad de Caleufú, donde una familia operaba un taller mecánico y de pintura. El siniestro se registró cerca de las 15 horas y, aunque no hubo heridos, las pérdidas materiales fueron totales. María, una de las damnificadas por le siniestro nos envió un video donde relata lo sucedido y su dramática actual situación, pidiendo auxilio al municipio de Caleufú.
El impulsor de Varones Unidos fue trasladado desde Gualeguaychú hasta Concordia para ser indagado.
El siniestro ocurrió en una calle del centro de la localidad. La víctima circulaba en bicicleta cuando fue embestida por un vehículo de una empresa agropecuaria. Es la víctima fatal número 41 en lo que va del año en La Pampa.
Se realizan en la zona de Yeruá con caballos y drones.
La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socio Pedro Juan Filippini a la edad de 79 años. Casa de duelo calle Constitución 1434. Sus restos que son velados en casa velatoria, sala "A" de avenida San Martín y calle Paraguay, recibirán sepultura el 15 de Octubre de 2025 a las 18:30 horas, previo responso en sala.
La Justicia formalizó este miércoles al conductor de la camioneta que el martes por la noche atropelló y provocó la muerte de una niña de 3 años en la localidad de Catriló. El hombre, de 58 años, fue imputado por “homicidio culposo” y se le dictó arresto domiciliario con custodia por un plazo de 30 días.