El STJ rechazó otro recurso del Colegio de Martilleros
El Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto por el Colegio de Martilleros y Corredores de Comercio de la Provincia de La Pampa, y volvió a confirmar la constitucionalidad de la ley provincial 3097 que, entre otras cosas, estableció que los aranceles de martilleros y corredores de comercio deben ser abonados por los locadores "en las operaciones contractuales de viviendas urbanas con destino habitacional", y que la comisión tiene un tope el 4,5 por ciento del total del contrato.
Provinciales15 de agosto de 2022
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