
Revocaron habilitación de Cristina Kirchner y no podrá votar por su condena
La Cámara Nacional Electoral, integrada por Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, revocó el fallo que la mantenía en el padrón electoral.
El juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a Elyezar Sadir Echegaray, Ricardo César Correa, Roberto Carlos Cabral y Darío Fernando Morales por considerarlos penalmente responsables de los delitos de apremios ilegales en concurso ideal con lesiones leves en calidad de coautores, a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional.
Judiciales06/10/2022GENERAL PICO | Además les impuso a cada uno de ellos las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: fijación de domicilio y no ausentarse del mismo sin conocimiento del juez de ejecución, y someterse al Ente de Políticas Socializadoras, por el mismo tiempo de la condena.
El juicio comenzó el 19 de septiembre en el salón municipal de la localidad de Victorica con la apertura del debate, los alegatos de inicio de las partes y la recepción del testimonio de los testigos radicados en dicha localidad; continuó los días 21 y 22 de septiembre en la sala de audiencias N° 1 del Edificio Judicial de General Pico con el testimonio testigos y peritos y los alegatos de clausura de la partes.
El magistrado Marcelo Pagano coordinó los tres días de audiencia como tribunal unipersonal. En representación del Ministerio Público Fiscal intervinieron el fiscal general Armando Agüero, la prosecretaria María Pía Collazo, y en la audiencia de alegatos de clausura se sumó el fiscal adjunto Sebastián Rawson Paz. Por la defensa de Roberto Cabral se desempeñó el defensor particular Guillermo Rodolfo Galcerán, por Ricardo Correa lo hizo la defensora particular Silvia Mirta Brown sumándose el día de los alegatos de clausura la letrada particular Magalí Marilina Tarditi, y en defensa de Elyezar Sadir Echegaray y Darío Fernando Morales se desempeñó el defensor particular Boris José Vlasich.
Con las pruebas aportadas en el juicio el juez Marcelo Pagano dio por probado que en horas de la mañana o cercano al mediodía del 3 de junio de 2020, en el campo “El Dimoy” ubicado en el departamento Loventué de la Provincia de La Pampa, en el marco de un allanamiento dispuesto en otro legajo, el sargento ayudante Elyezar Sadir Echegaray, el sargento Ricardo César Correa, el cabo primero Roberto Carlos Cabral y el cabo primero Darío Fernando Morales, se trasladaron en un auto policial junto al damnificado a un lote lindero ubicado a unos 2.000 metros del casco del campo.
Una vez allí los acusados golpearon por primera vez al damnificado para que dijera que otra persona y él estaban carneando en forma ilegal. Luego lo llevaron a una aguada compuesta por un tanque australiano y dos molinos donde nuevamente los cuatro acusados lo golpearon, pero con mayor ferocidad, fundamentalmente con trompadas en el abdomen y torso, deteniendo la golpiza a pedido de Morales para que pudiera respirar un poco, mientras lo amenazaban verbalmente que lo iban a matar, y en el caso de Cabral con un fierro similar a un amortiguador rojo con el que amagaba con pegarle.
Por último lo llevaron al sector donde se encuentran unos corrales donde había una vaca de un vecino y nuevamente fue golpeado para que dijera que ese animal estaba ahí para ser carneado por la otra persona antes aludida y él. Seguidamente le dijeron que la cosa tenía que quedar entre ellos y que nada tenía que contar y que no demostrara que había sido golpeado.
Como consecuencia de estas agresiones físicas el damnificado sufrió lesiones constatadas en certificados médicos. Las lesiones sufridas conforme surge del informe del 11 de junio de 2020 del médico forense tuvieron “un tiempo de evolución al momento del examen menor de 9 a 10 días, generan una inutilidad para el trabajo menor de 30 días, curarán en 15 días de no mediar complicación alguna, la vida no corrió peligro…”. ´
En los alegatos de clausura el fiscal general Agüero , luego de analizar las circunstancias atenuantes y agravantes, solicitó la imposición de la pena de tres años de prisión en suspenso.
Por su parte el defensor de Darío Fernando Morales y Elyezar Sadir Echegaray; Boris Vlasich, consideró que no estaba probado el hecho o por lo menos no había certeza de ello por lo que solicitó la absolución de sus defendidos. El defensor de Roberto Carlos Cabral, Guillermo Galcerán, también solicitó su absolución al no encontrarse probado el hecho. Por último la defensora de Ricardo Correa , Silvia Brown, solicitó la absolución de su defendido por atipicidad del hecho imputado, recordando que había muchas dudas en la investigación y que ello favorecía a su cliente.
El magistrado agregó en el fallo que “el hecho descripto es constitutivo de los delitos de apremios ilegales en concurso ideal con lesiones leves ya que nos encontramos ante cuatro funcionario públicos que, a manera de coautores, en un acto de servicio golpearon a una persona con la intención de que incriminara a un tercero y asimismo de la comisión de hechos delictivos, ocasionándole lesiones de carácter leve”.
Como circunstancias atenuantes el juez tuvo en cuenta “la carencia de antecedentes condenatorios de los imputados, toda vez que si bien Darío Fernando Morales posee una condena, la misma no se encuentra firme”. También valoró positivamente las calificaciones que tuvieron en el legajo personal antes del hecho investigado, a excepción de Roberto Carlos Cabral.
Como circunstancias agravantes consideró la participación en el hecho de cuatro personas que son policías y que se aprovecharon de la vulnerabilidad de la víctima, no sólo por su carácter “sino porque se encontraban en un lugar alejado sin posibilidad de auxilio, amén de que el damnificado fue golpeado en tres oportunidades en tres lugares distintos y por lo tanto sufrió múltiples lesiones”. Además agregó Pagano que “por ello coincido con el fiscal general de que debo apartarme del mínimo del concurso de delitos enrostrados, aunque opino que es justo, proporcional y razonable imponer a los acusados la pena de dos años de prisión de ejecución condicional”.
La Cámara Nacional Electoral, integrada por Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, revocó el fallo que la mantenía en el padrón electoral.
Fernando Cerimedo confirmó al fiscal Franco Picardi que Diego Spagnuolo le mencionó “hechos de corrupción” y “coimas” en ANDIS, pero negó haberlo grabado.
La familia de Ronald Biglione demandó a AstraZeneca. Alegan que el deportista murió por púrpura trombótica trombocitopénica tras vacunarse contra el Covid-19.
Diego Cardoso resultó absuelto en el caso que investigó las muertes de los bebés en el Hospital Neonatal Ramón Carrillo.
Esta medida fue otorgada debido a la falta de cumplimiento de esa obligación por parte del padre.
El acusado, de 66 años, recibió seis meses de prisión en suspenso y deberá cumplir reglas de conducta durante dos años. Se comprobó que había golpeado a sus nietos de 12 y 14 años.
Manuel Pérez (LLA) quedó en soledad y desató la polémica en el Concejo al rechazar la donación de terrenos para viviendas sociales destinadas a discapacidad. Hablo de "operación mediática", culpó a InfoTec y hasta le respondió un comentario a una ex Directora de la Escuela de Comercio.
El pasado fin de semana, 13 niños de Van Praet que recibieron el sacramento de la Confirmación el 9 de agosto, disfrutaron de un viaje especial a Buenos Aires organizado por la Comisión de Fomento, en reconocimiento a sus años de estudio y compromiso con la fe. Además pudieron recorrer diversos atractivos de la Capital Federal.
Este lunes se conoció el alegato final en el juicio por la muerte de Solange Musse, la joven que falleció en Alta Gracia durante la pandemia de COVID-19 sin poder despedirse de su padre, Pablo Musse, oriundo de Neuquén. La causa puso bajo la lupa a dos funcionarios del COE de Córdoba, acusados de abuso de autoridad e incumplimiento de sus deberes como servidores públicos.
Inspectores constataron trabajadores en altura sin protección adecuada, caída de materiales y falta de coordinación entre empresas. La Secretaría advirtió sobre “una situación de grave descontrol y riesgo”.
El siniestro ocurrió en inmediaciones de la ciudad de Río Cuarto. Los ocupantes de la motocicleta fueron trasladados al Hospital San Antonio de Padua.
El presidente Javier Milei presentó este lunes en cadena nacional el Proyecto de Presupuesto 2026, una hoja de ruta económica que, según enfatizó, consolida el equilibrio fiscal alcanzado durante su primer año de gestión y al mismo tiempo garantiza un incremento real en las áreas sociales más sensibles, como salud, educación y jubilaciones.
La Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Limitada, comunica el fallecimiento de su socia María Catalina "Pichona" Battiston a la edad de 82 años. Casa de duelo calle Italia 1770. Sus restos serán trasladados a la necrópolis de Realicó el 16 de Septiembre de 2025 a las 16.30hs. (Sin velatorio).
Dos equipos de alumnos de la EPET N° 6 de Realicó ya se encuentran viajando rumbo a Florianópolis, Brasil, para participar de la Expociencia Sudamericana Infomatrix 2025, que se desarrollará entre el 16 y el 19 de septiembre en la Universidade do Sul de Santa Catarina. El evento reúne a jóvenes de toda América Latina con proyectos innovadores en ciencia, tecnología y educación.