


Crimen de Lucio: declaran una perito de la querella y un policía que analizó celulares y redes
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Este miércoles se reanuda en la Ciudad Judicial de Santa Rosa el juicio por el crimen del niño Lucio Dupuy. Declaran dos peritos, una psicóloga propuesta por la querella -que pretende apuntalar la hipótesis de un crimen por odio de género- y el comisario Temistocles Torreani, a cargo de la División Análisis de las Telecomunicaciones del Departamento Judicial, que trabajó sobre los teléfonos secuestrados en la causa y las redes sociales. También declara otra vecina de la vivienda donde ocurrió el asesinato.
Es la sexta audiencia del juicio oral por el homicidio de Lucio Abel Dupuy. Por el crimen de Lucio están acusadas su madre, Magdalena Espósito Valenti (25 años), y su pareja, Abigail Páez (28). Ambas se retiraron de la sala cuando se exhibieron fotos del cuerpo de Lucio durante la jornada anterior. También habían hecho lo mismo cuando declaró el perito forense Juan Carlos Toulouse.
El pequeño murió la noche del viernes 26 de noviembre de 2021 en Santa Rosa. El deceso fue certificado por un médico del hospital Evita, ya que había sido trasladado hasta allí para su atención. En realidad, Páez lo llevó primero en brazos hasta la posta sanitaria del barrio Río Atuel, pero como el lugar estaba cerrado, dos vecinos la acercaron en auto hasta el citado nosocomio.


El debate está a cargo de la jueza de audiencia, Alejandra Ongaro, como presidenta del tribunal, y sus pares Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora.
También participan las fiscales Verónica Ferrero y María Mónica Rivero; las defensoras públicas Silvina Blanco Gómez y Paula Arrigone; el defensor público Pablo De Biasi; el apoderado de la querella, José Mario Aguerrido; y la asesora de Niñas, Niños y Adolescentes, Graciela Massara.
Blanco Gómez representa a Páez, De Biasi a Espósito Valenti, y Aguerrido a Christian Dupuy, el papá de Lucio (no asistió a la audiencia).
Espósito Valenti está acusada por el Ministerio Público Fiscal de abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y formas concretas de realización y con acceso carnal vía anal y oral; agravado por ser la ascendiente (progenitora), por ser cometido por dos personas y por existir convivencia entre ella y la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía.
Gentileza: El diario
En tanto a Páez se le imputó abuso sexual gravemente ultrajante por su duración y formas concretas de realización y con acceso carnal vía anal y oral; agravado por ser la guardadora al momento de los hechos, por ser cometido por dos personas y por existir convivencia entre ella y la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ensañamiento y alevosía.
La querella particular le añadió a esas calificaciones legales que el homicidio fue cometido por odio de género.






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