
El nuevo comunicado de la AFA con una frase que popularizó Juan Domingo Perón
La entidad sostuvo que cumplió con todas las obligaciones legales y denunció irregularidades administrativas del organismo de control.


El juez de audiencia de General Acha, Raúl Miguez Martín (foto), condenó hoy a un hombre de 39 años a tres años de prisión en suspenso, por ser autor del delito de abuso sexual simple por tocamientos, contra una niña menor de 13 años; en el marco de las leyes nacionales 26485 de Protección Integral contras las Mujeres y 26061 de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. La víctima fue su cuñada.
Judiciales06/11/2024
InfoTec 4.0






El magistrado, tras la realización del juicio oral, dio por probado que el imputado “abusó sexualmente, mediante tocamientos y de manera continuada” de la niña, “aproximadamente desde que tenía 11 años y hasta que tuvo 12, en oportunidades en que ella se quedaba en la casa donde vivían el acusado y su concubina, hermana de la víctima”.


Miguez Martín sostuvo, en los fundamentos de la sentencia, que “en mi consideración, la representante del Ministerio Público Fiscal (la fiscala Eugenia Paola Bolzan) logró conformar un sólido grupo probatorio. El testimonio de la niña, que se erigió como la prueba directa de mayor relevancia, se vio corroborado por una importante variedad de indicios graves, precisos y concordantes, tal como exige la ley 26485 al precisar la interpretación que debe hacerse del principio de amplitud probatoria”.
“Por otra parte –acotó–, la hipótesis defensiva referida a la imposibilidad material de que los tocamientos hubieran ocurrido, se vio desvirtuada por lo producido durante el debate oral”. Los defensores particulares del agresor sexual fueron los abogados Juan Carlos Resia y David Edgardo Bravo.
Bolzan, al momento del alegato final, había requerido una pena de cinco años de prisión y calificó a los hechos como abuso sexual simple, contra una menor de 13 años, agravado por ser el autor encargado de la guarda, como delito continuado, en el contexto de las leyes 26485 y 26061. Consideró como agravantes la conducta del imputado implicó violencia hacia la niñez y el género; que la víctima se encontraba en un mayor grado de indefensión; y su corta edad y la pluralidad de ocasiones.
La defensa, en cambio, planteó la absolución porque los hechos no pudieron demostrarse y negó la existencia de la guarda. Subsidiariamente Resia y Bravo también alegaron por la absolución por el beneficio de la duda.
El juez, al calificar legalmente lo ocurrido, descartó el agravante de la guarda y remarcó que, en función del delito, podía caberle una pena de seis meses a cuatro años de prisión. Para fijarla en tres años valoró como atenuante la falta de antecedentes registrables del imputado. En cambio, enumeró como agravantes la edad de la niña, su vulnerabilidad, la pluralidad de ocasiones abusivas y que la conducta del imputado “implicó violencia hacia la niñez y de género (…), prácticas respecto de las cuales la sociedad argentina en su conjunto está realizando un enorme esfuerzo por erradicarlas”.
Finalmente, en la parte resolutiva del fallo, Miguez Martín le fijó al acusado el cumplimiento de reglas de conducta durante dos años (fijar domicilio, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, no acercarse a menos de 300 metros de la víctima y su domicilio ni mantener contacto con ella, y realizar un tratamiento psicológico) y, además, dispuso una vez que quede firme, que el condenado sea incorporado al Registro de procedimiento y notificación de antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual y que, por intermedio de la Agencia de Investigación Científica, se obtengan muestras para lograr su identificación genética.
​





La entidad sostuvo que cumplió con todas las obligaciones legales y denunció irregularidades administrativas del organismo de control.

La audiencia se realizó este viernes en el Centro Judicial Santa Rosa. El Ministerio Público Fiscal rechazó el beneficio al advertir que el condenado conviviría con niños y cuestionó la validez de los cursos que redujeron su pena.

De este modo continúan en vigor las restricciones dispuestas por el Tribunal Oral Federal 2.

El juez federal Ricardo Basilíco había rechazado otorgarle el beneficio.

En el mismo se estableció que su empresa se quedaba con el 30 por ciento de lo que recaudaba la entidad en el exterior.

Surge la duda si los jugadores cobraron a “tipo oficial” y alguien se quedó con la diferencia de la brecha







El hombre se encontraba pescando en una escollera cuando una crecida repentina del mar lo golpeó contra las rocas, provocándole la muerte de forma inmediata.

El ataque ocurrió el domingo por la tarde en un espacio verde del sector sur de la ciudad. La víctima debió ser operada de urgencia y permanece estable, mientras que el agresor fue aprehendido tras allanamientos realizados por la policía.

El gobernador pampeano se reunirá este martes con el ministro del Interior, Diego Santilli, en un nuevo encuentro marcado por la negociación de la deuda previsional con Nación y en un contexto de fuerte pulseada política por la reforma laboral impulsada por Javier Milei. Aunque el diálogo sigue abierto, desde La Pampa descartan cualquier respaldo al proyecto oficial.

Luego de varias jornadas con temperaturas que alcanzaron los 39°C, las precipitaciones registraron 15 milímetros en la localidad. El cambio de masa de aire generó un marcado descenso térmico y un alivio vital para los cultivos de la zona.

El hecho ocurrió durante las primeras horas de este martes. La víctima sufrió lesiones de gravedad, aunque se encuentra fuera de peligro. Por el brutal episodio, la policía ya demoró a un sospechoso. La Justicia aún no aclaró las circunstancias en las cuales se desarrolló el ataque, mientras que versiones extraoficiales darían cuenta de un posible hecho delictivo.

El evento se desarrolló el pasado sábado en un salón sobre la avenida Luro. Según el área de Epidemiología, se investiga si el origen fue una bacteria o virus presente en la comida o el agua. El servicio de catering ya emitió un comunicado ante la situación.

Lilia López, secretaria general de la CTA Autónoma, apuntó contra las políticas nacionales y provinciales. Reclamó la apertura de paritarias y una suma compensadora ante la pérdida del poder adquisitivo: “Muchos fueron al cajero y se encontraron con 0,00 pesos en la cuenta”.

El accidente ocurrió este martes pasado el mediodía. El conductor de una Toyota Hilux perdió el control y terminó con el vehículo volcado sobre la cinta asfáltica. Sufrió politraumatismos y el tránsito permaneció interrumpido durante más de una hora.







