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Una mujer domiciliada en Victorica fue condenada a pagar una multa por ser autora del delito de injurias, al publicar en el muro de su Facebook una serie de publicaciones “a conciencia y con voluntad de desacreditar” a un hombre con quien ella y su esposo habían mantenido una amistad.
Judiciales19 de febrero de 2025VICTORICA | La imputada realizó una serie de comentarios en su red social, durante los primeros días del año, calificando al damnificado de “mala persona, egoísta, mentiroso, quilombero” y expresando que “el pueblo ya se dio cuenta de la mala persona que sos”, “hay que levantar firmas para que seas persona no grata” y “pusiste en peligro a inocentes”, entre otras frases. También lo acusó de “cagar” a su propia familia.
Antes de que el hombre promoviera la querella, le envió dos cartas documentos a la querellada, pero como no obtuvo respuestas el proceso concluyó con el juicio oral.
“La querellada cometió el hecho que se le endilgó. Esto fue así porque, del análisis del material probatorio y también de su descargo, no quedaron dudas que fue quien realizó las publicaciones en su muro de Facebook (…) Asimismo tampoco quedaron dudas del contenido injuriante de sus dichos y que los mismos estuvieron dirigidos a (…) a conciencia y con voluntad de desacreditarlo, quedando acreditado que al menos tres personas tuvieron conocimiento de ello; más allá de que surgió que muchas personas en Victorica también lo tuvieron”, indicó el juez en los considerandos de la sentencia.
Durante los alegatos finales, los querellantes Michel Divoy Martín y Jerónimo Altamirano requirieron que la mujer sea condenada por el delito de injurias y sancionada con la multa máxima de 20.000 pesos. La defensora oficial, María Soledad Trímboli, en cambio, sostuvo que no hubo delito sino “un intercambio de insultos por Facebook” y por eso pidió su absolución y, subsidiariamente, en caso de ser condenada, que la multa fuera la mínima de 1.500 pesos.
La injuria es un delito contra el honor y está descripto en el artículo 110 del Código Penal como “el que intencionalmente deshonrare o desacreditare a una persona física”; acotando que “en ningún caso configurarán delito las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas, ni los calificativos lesivos del honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público”. En el fallo, Pagano dijo explícitamente que este caso no era de interés público. La pena prevista es una multa que va de 1.500 a 20.000 pesos, según lo fijó el Congreso de la Nación.
Al disponer la pena, el magistrado descartó el pedido monetario de la querella argumentando que “la depreciación del peso, desde la redacción del artículo hasta la fecha, no es achacable a la querellada”, y en cambio aplicó el mínimo de 1.500 pesos.
¿Por qué? Porque tuvo en consideración como una circunstancia agravante que fueron varias publicaciones; pero a su vez valoró como atenuantes “la conducta anterior y posterior del querellante contra la querellada, y las consecuencias psicológicas sufridas” por la mujer como “consecuencia del accionar” del hombre.
Por esa última frase fue que Pagano, en la parte resolutiva de la sentencia, dio intervención al Ministerio Público Fiscal de Victorica para que evalúe si el querellante cometió algún delito de acción pública en perjuicio de la condenada, debiendo tenerse en cuenta dos pruebas aportadas por la defensa (un informe elaborado por la Unidad de Violencia de Género de ese municipio y el testimonio de una psicóloga).
Ocurrió que, en su descargo, la mujer adujo durante el debate que las publicaciones fueron en respuesta a una denuncia que el querellante realizó en la policía contra ella y su pareja. Si bien Pagano dijo que las publicaciones de este último en su Facebook “serían difamatorias” contra aquellos, explicó que no podían ser un eximente para la mujer porque fueron posteriores a los hechos investigados; y por eso le dio actuación a la fiscalía de la Cuarta Circunscripción Judicial.​
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Un juez de General Pico dictó una pena de un año de prisión en suspenso para los progenitores de una joven de 15 años, tras comprobarse agresiones físicas y amenazas reiteradas. La condena se enmarca en un acuerdo de juicio abreviado.
El STJ resolvió por unanimidad presentar una denuncia contra el fiscal general de la Tercera Circunscripción Judicial ante el Jurado de Enjuiciamiento. La medida se debe a hechos ocurridos en Victoria, que han tomado relevancia pública.
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El máximo tribunal finalmente rechazó la solicitud que Lijo había presentado ante la Cámara Federal. El máximo tribunal tomó la decisión luego de sumar a Manuel García-Mansilla como nuevo integrante.
En el día de ayer fue finalmente retirado y llevado para desguace uno de los mega motores diésel, generadores de energía que alimentaron durante los años que no hubo red interconectada de electricidad a Realicó. El mismo estaba instalado en la "Sala de Máquinas" de la Cooperativa Eléctrica local, siendo retirado por una empresa recuperadora de materiales.
Un violento choque entre un automóvil y un camión se produjo este sábado por la mañana en la Ruta Nacional 35, a unos 10 kilómetros de Santa Rosa, La Pampa. El conductor del auto quedó atrapado en el vehículo y tuvo que ser rescatado por los bomberos.
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Un grave accidente ocurrió este sábado en Santa Rosa cuando un joven de 21 años se disparó accidentalmente en la cabeza mientras manipulaba un arma de fuego. Aunque fue asistido de inmediato, falleció pocas horas después.
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