Judiciales Por: InfoTec 4.003/07/2020

VICENTIN: EL JUEZ ORDENÓ A LA AFIP LEVANTAR LA PROHIBICIÓN PARA EXPORTAR

El juez a cargo del concurso de acreedores ordena a la Afip levantar suspensiones para exportar e importar a la cerealera y habilitar plantas.

El juez a cargo del concurso de acreedores de la empresa Vicentín ordenó hoy a la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) y a la Dirección General de Aduanas (DGA) levantar las suspensiones que pesan sobre la compañía en el registro de importadores y exportadores y habilitar las plantas cerradas como consecuencia de esas suspensiones.

El juez Civil y Comercial de la 2da. Nominación, Fabián Lorenzini, hizo de esta forma lugar a un planteo de la cerealera para que se levantaran esas restricciones, que los organismos públicos disponen de forma automática ante incumplimientos fiscales, según informaron fuentes judiciales.

El magistrado fundó su decisión en que “las deudas por las cuales se activó el sistema de suspensión e inhabilitación que aquí se reclama, resultan ser anteriores a la presentación de este proceso concursal”.

Esto significa que la deuda con la Afip/DGA que activó la suspensión de las exportaciones e importaciones de Vicentín, deberán ser reclamadas en el marco del concurso preventivo.

Los representantes legales de la Afip señalaron en el expediente que “la suspensión en el registro de importadores y exportadores se efectúa de manera automática por la falta de pago de derechos de exportación y que tanto ello como la inhabilitación de la planta (provocada por la existencia de deuda líquida y exigible), no resultan medidas arbitrarias ni ilegítimas”. 

En su presentación, la Afip aclaró que Vicentín no fue suspendida por la apertura del concurso preventivo, pues la reforma que se introdujo en el artículo 97 del Código Aduanero, la apertura del concurso dejó de ser causal de suspensión del registro de importadores y exportadores.

El juez recordó que en el planteo de Vicentín, la empresa “entiende que prohibirle operar en dicho mercado importa frustrar totalmente su actividad y sin ella se torna imposible cualquier solución concursal o de otro tipo, poniendo en gravísimo riesgo la continuidad de la empresa y el mantenimiento de miles de puestos de trabajo”.

La empresa concursada argumentó que “es la organización agroindustrial más importante del país en el procesamiento de granos oleaginosas, fundamentalmente soja, y uno de los principales productores de aceites crudos, refinados, harinas, lecitinas, biodiesel, glicerina y otros productos”. 

Además, indicó que “más de un 90% de su producción tiene como destino final la exportación, dado que Argentina tiene un mercado interno muy pequeño para el volumen producido y de hecho es el país exportador más importante con casi el 50% del mercado mundial”.

Ante el planteo empresarial, y la aclaración de la Afip/DGA sobre cómo opera el régimen automático de suspensiones del registro oficial, el juez Lorenzini resolvió que “corresponde ordenar a AFIP/DGA que proceda al levantamiento de las suspensiones(…) y a la habilitación de las plantas inhabilitadas (…) originadas por deudas anteriores a la presentación del concurso preventivo”.

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