Cuándo empieza la veda electora, qué se puede y qué no
Las restricciones comienzan el viernes 10 de septiembre y se extienden hasta luego del proceso electoral. Qué se puede hacer, qué no y cuántas horas dura.
Este domingo 12 de septiembre se desarrollarán en todo el país las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), que definirán quiénes serán los candidatos a senadores y diputados nacionales en las elecciones generales del 14 de noviembre. Como en cada proceso electoral, habrá veda tanto para políticos como para los ciudadanos. Pero, ¿cuáles son las restricciones?
Según el Código Nacional Electoral la veda comenzará a regir en todo el país desde las 8 de la mañana del viernes 10 de septiembre y se extenderá hasta el cierre de las urnas el mismo domingo, pasadas las 18 horas. Las restricciones apuntan a diferentes actividades, días y horarios del acto electoral.
Qué no se puede hacer durante la veda
Al momento en que comienza la veda queda terminantemente prohibido la realización de actos proselitistas hasta el domingo en que cierra la votación. ¿Qué indica esto? Que queda prohibida cualquier tipo de propaganda política por parte de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, incluida la difusión de encuestas o sondeos preelectorales.
A su vez, queda expresamente prohibido durante todo el domingo y hasta tres horas después de finalizado el proceso electoral la realización de espectáculos masivos, independientemente del ámbito en el que sean. La medida incluye espectáculos al aire libre, fiestas teatrales, eventos deportivos y cualquier reunión pública que no refiera al acto electoral.
La venta de bebidas alcohólicas también es un clásico de la veda electoral. Según el artículo 71 del Código Electoral, la misma estará prohibida a partir de las 20 horas del sábado (debe prohibirse 12 horas antes de la apertura de urnas) y hasta tres horas después de finalizado el comicio.
En estas Elecciones PASO 2021 el sobre no deberá cerrarse con saliva.
Otras prohibiciones
Está terminantemente prohibido entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
Está penada por ley la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.
La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente.
Tampoco se podrán publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre.
¿Qué pasa si no se respeta la veda?
Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta. El Código Electoral Nacional establece que “se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas”.
Esa norma también reprime, en el artículo 131, con la misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al “empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto” de prohibición por la autoridad electoral.
La pena prevista para quien “con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo” (artículo 140), es de 2 meses a 2 años de cárcel. Mientras que a quien “utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio” (artículo 141) se lo castigará con hasta 3 años.
A los ciudadanos, además, se les podrá cobrar una multa entre $10.000 y $100.000 si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación. Lo mismo aquellos que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.
En lo que respecta a los candidatos, si no cumplen con la veda, podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.
El artículo 139, en tanto, castiga con hasta 3 años de prisión a quien “con violencia o intimidación impidiere ejercer un cargo electoral o el derecho al sufragio”. También a aquel que “compeliere a un elector a votar de manera determinada”, o al que “suplantare a un sufragante o votare más de una vez en la misma elección”.
Te puede interesar
Milei anunció una “reforma laboral” para “dar previsibilidad a las empresas”
“Va a generar recursos en el sector privado”, sostuvo el mandatario desde San Nicolás.
Un experimento escolar explotó como una granada dejando una niña al borde de la muerte
Una jornada educativa que debía despertar curiosidad y aprendizaje terminó en una verdadera tragedia en Pergamino. Durante una feria de ciencias realizada en el Instituto Comercial de Rancagua, un experimento escolar que simulaba la erupción de un volcán explotó violentamente, dejando 17 heridos, entre ellos una niña de 10 años que lucha por su vida en el Hospital Garrahan con gravísimas quemaduras. MIRÁ EL VIDEO DE LA EXPLOSIÓN.-
OpenAI invertirá 25.000 millones de dólares en un centro de IA en la Patagonia
El proyecto, denominado "Stargate Argentina", se enmarca en el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) y busca posicionar al país como un polo de innovación tecnológica en América Latina.
Resultó herido tras chocar su camioneta con una máquina retroexcavadora en Paraná
El conductor de la Ford Ranger fue derivado de urgencia a un hospital de la zona.
El Riesgo País cayó a 900 puntos tras anuncio del swap
El indicador superó los 1.500 puntos en septiembre
Lealtad con GPS: Cristina tendrá su fiestita el 17 de octubre
Con el lema “Leales de Corazón”, el kirchnerismo lanzó una convocatoria nacional para conmemorar el Día de la Lealtad peronista el próximo 17 de octubre, con una caravana que culminará frente al domicilio de Cristina Fernández de Kirchner, en el barrio porteño de Constitución.