AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO, LA MUNICIPALIDAD DE REALICÓ BRINDÓ DETALLES

A partir del DNU del Gobierno Nacional, desde el Comité de Emergencia de Realicó se solicita a los vecinos que se cumpla con el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”. Cabe recordar que el mismo rige desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

Locales20 de marzo de 2020InfoTec 4.0InfoTec 4.0
municipalidad de realicó frente amplia

Quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, según se detalla a continuación, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios:

·        Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

·        Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

·        Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

·        Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.

·        Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

·        Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

·        Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

·        Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

·        Personal afectado a obra pública.

·        Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

·        Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

·        Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

·        Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

·        Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

·        Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

·        Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

·        Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

·        Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

·        Servicios de lavandería.

·        Servicios postales y de distribución de paquetería.

·        Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

·        Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

 

Ordenanza municipal

Mediante la Ordenanza N° 03/2020 se restringe el número de clientes en supermercados de hasta 10 personas como máximo. El resto de los rubros hasta 3. Aquellos que aguarden el ingreso deberán hacerlo con una distancia de 2 metros. Los empleadores deberán provisionar de elementos de higiene a sus empleados. 

El personal de delibery está autorizado a repartir a domicilio alimento, medicamento y productos de higiene y limpieza.  

En cuanto a la Planta de Tratamiento de Agua se mantendrá el recorrido de las 72 paradas de provisión de Agua Tratada. La Planta de Tratamiento de Agua abre de 8 a 12 y de 16 a 20 horas y se mantendrá cerrada durante el lunes y martes feriados. El sábado y feriados la Planta ubicada en Barrio Norte estará cerrada y abrirá los demás días de 8:30 a 10:30 a de 16:30 a 18:30. 

Municipio

En cuanto al funcionamiento del municipio se prestarán los servicios esenciales mediante guardias en las siguientes áreas: Dirección de Controles Urbanos y cuerpo de inspectores, Dirección de Servicios Públicos, Dirección de Bromatología y Zoonosis, Guardia de la Secretaria de Desarrollo Social, por último quedarán facultadas las distintas autoridades de cada unidad de organización a afectar el personal necesario para el cumplimiento de los servicios básicos esenciales. 

Para áreas esenciales se establecieron teléfonos de urgencia:

División de Pagos con uso de Sistema de Autogestión de Guías: 2302 605496

Guardia de la Secretaria de Desarrollo Social: 2302 610191

Guardia de la Dirección de Controles Urbanos y cuerpo de inspectores: 2302 615518

 

Prevención

En caso de síntomas (tos seca, fiebre, dolor de garganta y dificultad para respirar), antecedentes de viaje a las zonas de influencia o haber estado con personas que lo hayan hecho, la recomendación es que hagas tu consulta vía telefónica al 107 o al nosocomio local 02331 462057 y evitar asistir al establecimiento. 

Recordemos que el aislamiento es obligatorio para todas las personas que no están contempladas en los puntos anteriores. Respetá la medida y considerá que es un delito contra la salud pública no acatar el aislamiento obligatorio.  

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